
Un hombre de unos 50 años murió este miércoles tras sufrir un paro cardiorrespiratorio en la vía pública del barrio porteño de Palermo, minutos después de salir de un gimnasio. El episodio ocurrió sobre la calle Soldado de la Independencia, a la altura del 1000, entre Gorostiaga y la avenida Olleros. Pese a la intervención del Sistema de Atención Médica de Emergencias (SAME) y a los intentos previos de un vecino por asistirlo, los médicos no lograron revertir el cuadro.
El hombre concurría con regularidad a sus clases en el gimnasio de una cadena, ubicado sobre la calle Migueletes. Ese miércoles, al terminar su rutina deportiva, caminó por Gorostiaga y dobló por Soldado de la Independencia. Fue allí donde se desplomó sobre la vereda.
Antes de que llegara el SAME, un vecino intentó practicarle maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP). Cuando los equipos médicos de emergencia llegaron al lugar, ya era tarde. Al llegar, los profesionales también realizaron maniobras de reanimación, pero constataron el fallecimiento en el sitio. La identidad de la víctima se mantuvo bajo reserva.
Minutos después del deceso, llegó al lugar el padre del hombre fallecido, quien sufrió una crisis nerviosa. Ante esa situación, se solicitó una segunda ambulancia del SAME para asistirlo. Tras ser evaluado por los médicos, permaneció en el lugar con pautas de alarma. En el hecho interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 44.
En la Ciudad de Buenos Aires, los gimnasios están regulados por la Ley N° 139, que establece una serie de requisitos para su funcionamiento. Entre ellos, deben contar con profesores de Educación Física habilitados para supervisar las actividades, estar adheridos a un servicio de emergencias médicas y capacitar a su personal en técnicas de RCP y primeros auxilios. La normativa también prevé que los usuarios deben cumplir con condiciones de aptitud antes de realizar actividad física, un punto que fue objeto de modificaciones legislativas en los últimos años.
La Ley 27.159, en su artículo 11, de Prevención Integral de la Muerte Súbita, establece que quienes intervengan de buena fe para asistir a una persona que sufre un paro cardiorrespiratorio quedan eximidos de responsabilidad por esa acción.














