
La Legislatura de San Luis aprobó la reforma constitucional impulsada por el gobernador Claudio Poggi, que habilita la elección de 52 convencionales para modificar la Carta Magna provincial, que data de 1987. Es el primer paso para que se modifique el modelo político de Adolfo y Alberto Rodríguez Saá, que recurrieron a la reelección indefinida para conservar y alternarse en el poder.
Ayer, la Cámara de Diputados provincial dio la sanción definitiva con 30 votos a favor y 13 en contra, después de que el Senado avaló el proyecto. Ahora bien, la ley no modifica aún la Constitución: declara la necesidad y conveniencia de reformarla y fija los puntos de temario que podrá tratar la Convención Constituyente.
La Convención Constituyente deberá definir la redacción final de los temas autorizados por la ley. Además del límite a las reelecciones en la gobernación, el proceso de reforma constitucional apunta a eliminar las elecciones legislativas de medio término, cambios en el mandato de los jueces y otros cargos judiciales, y nuevas disposiciones sobre la autonomía provincial.
El gobernador Poggi anunció la aprobación de la reforma tiene el objetivo de “fortalecer la institucionalidad en los tres poderes del Estado”. “Felicitaciones a todos los que realizaron su aporte de ideas y felicitaciones a los Senadores y Diputados Provinciales que la defendieron y votaron. Un día histórico para la provincia de San Luis”, compartió en sus redes sociales.

Los cambios en la reelección
La iniciativa habilita la modificación de 23 artículos constitucionales, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro capítulos.
Uno de los cambios previstos alcanza al artículo 147. La propuesta, similar al que establece la constitución de Estados Unidos para el Presidente, establece la prohibición de una nueva reelección para quien haya ocupado la gobernación durante dos períodos, sean consecutivos o alternados.
En caso de prosperar esa reforma, ya no se podrá replicar la experiencia de los hermanos Rodríguez Saá en el distrito cuyano. Adolfo, quien reformó la constitución en 1987 para habilitar la reelección indefinida, tuvo cinco mandatos (1983–1987; 1987–1991; 1991–1995; 1995–1999; 1999–2001). Alberto tuvo cuatro mandatos (2003–2007; 2007–2011; 2015–2019; 2019–2023).

Ahora bien, Claudio Poggi tendría, en principio, una posibilidad de ejercer un tercer mandato. Es que el mandato 2023-2027 será considerado como el primer período para aplicar ese límite.
El proyecto también plantea que las cámaras de Diputados y Senadores se renueven de manera completa cada cuatro años, en coincidencia con la elección de gobernador. Las sesiones ordinarias se extenderían del 15 de marzo al 31 de diciembre.
Mandatos legislativos hasta 2031
Para aplicar el nuevo sistema electoral, la ley prevé que los legisladores elegidos en 2025 permanezcan en sus cargos hasta 2031. Sus mandatos, que vencían originalmente en 2029, serán prorrogados por una cláusula transitoria.
Desde las elecciones de 2031, la renovación total de ambas cámaras se realizaría cada cuatro años. El mismo mecanismo alcanzaría a los Concejos Deliberantes de los municipios.
La eliminación de las elecciones legislativas de medio término busca concentrar las votaciones provinciales en una misma fecha, que es un viejo anhelo del peronismo y de otros sectores políticos. Según el proyecto, el cambio permitiría reducir los costos de organizar comicios cada dos años y evitar la sucesión permanente de campañas electorales durante las gestiones.

La iniciativa también sostiene que la unificación del calendario facilitaría la planificación de políticas de mayor plazo y reduciría la frecuencia con la que la ciudadanía debe concurrir a las urnas.
Los cambios en la Justicia
La reforma habilita la separación del Ministerio Público del Poder Judicial. La estructura quedaría bajo una doble conducción, integrada por una Defensoría General y una Procuración General.
El texto contempla además la creación de un Consejo del Ministerio Público. Ese órgano intervendría en la selección de integrantes inferiores del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, además de contar con un Jurado de Destitución propio.
Pero el punto tal vez más llamativo es las condiciones para ejercer el cargo. Se establece un límite de 75 años para integrantes del Poder Judicial, el Ministerio Público y el Tribunal de Cuentas. Al llegar a esa edad, la continuidad en el cargo podría analizarse mediante una nueva designación, con acuerdo del Senado y a propuesta del Poder Ejecutivo.

También se prevén cambios en el Consejo de la Magistratura, que incorporaría representantes de la academia y del Senado. El organismo elaboraría un orden de mérito a partir de los concursos de antecedentes. La terna elevada al Poder Ejecutivo tendría carácter vinculante y solo podría alterarse por motivos fundados.
La propuesta fija, además, una permanencia mínima de cuatro años para que magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público accedan a nuevas funciones.
Por otro lado, el proyecto eleva de tres a cinco años el requisito de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales para acceder a la magistratura.

La iniciativa incorpora una cláusula federal que reafirma las competencias no delegadas al Gobierno federal, el poder de policía y tributario provincial sobre establecimientos de utilidad nacional ubicados en San Luis y la participación de la provincia en estudios, planes y decisiones de la Administración federal. También contempla el debate de un nuevo régimen de coparticipación.
El proyecto habilita un capítulo sobre relaciones intergubernamentales e internacionales, con facultades para celebrar convenios de inversión y cooperación directa. La fecha límite para presentar el Presupuesto provincial pasaría del 31 de agosto al 30 de septiembre.














