
Luis Aboy fue condenado a cadena perpetua hace más de 20 años por el asesinato de las hermanas Buamscha en Junin de los Andes en 2005 y durante las útimas semanas solicitó la libertad condicional. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación de Neuquén dictó una resolución unánime este martes prohibiendo la posibilidad de acceder a cualquier beneficio.
El tribunal, integrado por Andrés Repetto, Mauricio Macagno y Estefanía Sauli, afirmó que la legislación provincial es inequívoca. En este marco, la defensa de Aboy, a cargo de su abogada particular, había fundamentado el pedido en dos argumentos: informes favorables sobre la conducta penitenciaria del interno y antecedentes recientes donde otros jueces de garantías habilitaron la revisión de condenas perpetuas cumplidos 20 años de prisión.
En si opinión, el juez Andrés Repetto sumó que los magistrados que autorizaron revisiones tras 20 años de cumplimiento “pasan por encima de la Constitución Provincial”, que limita la facultad de conmutar o modificar una sentencia firme únicamente al gobernador.
El punto central del fallo reciente residió en la interpretación de la ley provincial. El Tribunal de Impugnación enfatizó que la revisión de las condenas perpetuas solo es válida al cumplirse 35 años de prisión efectiva, conforme a la normativa vigente. La decisión refutó el argumento de la defensa sobre supuestas jurisprudencias automáticas, indicando que “una resolución dictada en otra causa no obliga a un juez a adoptar la misma postura”.
Según informó el medio LM Neuquén, la solicitud formal se presentó el 16 de marzo de 2026 ante la jueza de ejecución Raquel Gass. La magistrada rechazó el recurso de inmediato, postura que fue ratificada por un tribunal de revisión en los primeros días de abril. Ante la impugnación de la defensa, la querella y la Fiscalía insistieron en que la única vía de reducción de pena corresponde a una decisión del poder ejecutivo provincial, como lo establece el artículo 214, inciso 14, de la Constitución de Neuquén.
La condena de Aboy por el crimen
Aboy fue sentenciado en diciembre de 2008 por la ex Cámara de Juicio de Zapala, al ser considerado culpable del homicidio a sangre fría de Olga y Teresa Buamscha, de 71 y 73 años. De acuerdo con la causa penal, él y un cómplice no identificado ingresaron a la vivienda situada detrás de la panadería de la familia, con el objetivo de apoderarse de dinero. En el proceso, las víctimas fueron asesinadas.
La reconstrucción judicial precisó que Teresa Buamscha, quien recientemente había llegado desde Temuco, Chile, fue atacada mientras descansaba en su dormitorio. Sufrió graves heridas infligidas con arma blanca —una de ellas cortó su arteria aorta—, lo que provocó su muerte horas después. Olga, por otro lado, fue sorprendida en el pasillo contiguo a su dormitorio, donde recibió una brutal golpiza antes de ser degollada.
La acusación fiscal afirma que “el atacante se dirigió a la habitación donde se encontraba Olga Buamscha a la que sorprendieron en el pasillo que une su dormitorio con el living de la casa y le propinaron golpes, cortes y puntazos con armas blancas en diferentes partes de su cuerpo, para luego degollarla”.
El proceso judicial contra Luis Aboy agotó todas las instancias posibles tras diversas presentaciones y apelaciones de su defensa. La condena quedó firme en 2011, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el último recurso excepcional.
El histórico de la causa suma un elemento distintivo: Aboy protagonizó dos fugas mientras estaba bajo custodia. En 2011 escapó de la Unidad de Detención 41 de Junín, logró llegar a Bariloche y reiniciar su vida bajo una identidad falsa hasta ser recapturado más de un año después. Su segundo intento, en 2013, implicó ocultarse en un mueble en la U11 de la capital neuquina, un plan que resultó frustrado tras diez días de búsqueda y vigilancia policial.











