
El Juzgado Federal N°2 de Córdoba procesó al dueño de una clínica de fertilización asistida por trata de personas con fines de explotación reproductiva.
Se trata de José Pérez Alzaa, director de la clínica Fecundart. La fiscalía lo acusa de captar mujeres en condiciones de extrema vulnerabilidad para que actuasen como gestantes a cambio de dinero.
También quedaron bajo procesamiento una empleada administrativa de la clínica y un abogado, señalados como parte de la maniobra.
De acuerdo al comunicado del Ministerio Público Fiscal (MPF), la maniobra consistía en identificar mujeres con necesidades económicas urgentes a partir de la base de datos de donantes de óvulos de Fecundart. Primero recibían una compensación pequeña por donar gametos. Después, les ofrecían contratos de gestación por sumas cercanas a los 10 mil dólares.
Las autoridades judiciales remarcaron que los acusados impulsaban los tratamientos con pleno conocimiento de la situación de vulnerabilidad de las mujeres. En algunos casos, realizaron transferencias embrionarias sin autorización judicial previa. Según la investigación, la clínica interrumpió el seguimiento médico de una víctima luego del parto, cuando la mujer presentó complicaciones de salud.
En la estructura de la maniobra, el abogado sospechoso administraba un “stock” de gestantes y coordinaba las relaciones con quienes buscaban acceder a la gestación por sustitución. Impartía instrucciones para que las mujeres simularan amistades previas con los comitentes ante la Justicia de Familia.
En el peritaje de su teléfono, la Justicia halló mensajes en los que les indicaba qué debían memorizar antes de las audiencias y sugería no hablar más de lo imprescindible.

En uno de los casos, una víctima de 33 años fue ofrecida como gestante solo 45 días después de haber dado a luz bajo el mismo procedimiento. El MPF señaló que ocultar este dato la expuso a riesgos médicos graves.
En otra situación, el letrado le pidió a una de las mujeres que modificara su foto de WhatsApp y se retirara las uñas postizas para causar mejor impresión ante una pareja interesada.
El juez federal Alejandro Sánchez Freytes dictó un embargo de $1.051.200.000 sobre los bienes de los imputados, con el objetivo de asegurar reparaciones para las víctimas. También procesó a los acusados por reducción a la servidumbre y explotación agravada por abuso de la situación de vulnerabilidad. El abogado sumó la acusación de falsedad ideológica.
En el fallo, el magistrado subrayó que la gestación por sustitución no constituye delito cuando existe fin solidario y consentimiento libre, pero advirtió que la explotación comercial bajo abuso de poder sí configura trata de personas. Para Sánchez Freytes, en este caso se comprobó la captación de víctimas a través de bases de datos y redes sociales, además del aprovechamiento de la situación económica extrema para obtener beneficios.
Por otra parte, el juez sobreseyó al director de otra clínica investigada, ya que en ese establecimiento se exigía autorización judicial previa para cada tratamiento y el consentimiento era analizado por equipos interdisciplinarios de la Justicia. No obstante, el MPF apeló esa decisión ante la Cámara Federal de Córdoba.
También fueron sobreseídos dos empleadas, dos abogados y un inspector municipal, porque el juez consideró que no conocían la maniobra de captación.













