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Le negaron la prisión domiciliaria al acusado del caso Rocío Alvarito: su conducta ante la Justicia y qué dicen las pericias claves

M.A.G., el acusado en la investigación por la muerte de Rocío Alvarito, la joven de 26 años que falleció en enero tras caer del balcón de la vivienda que alquilaba junto a su pareja en La Plata, sufrió un nuevo revés judicial. La Justicia le rechazó nuevamente un pedido de prisión domiciliaria, por lo que seguirá bajo arresto en la Alcaidía Departamental Roberto Pettinato.

Así lo resolvió Pablo Raele, titular del Juzgado de Garantías N°3 de La Plata, quien además ordenó que M.A.G. realice una entrevista con un psiquiatra para determinar la necesidad de un tratamiento en la especialidad y dispuso su participación en actividades y talleres sobre problemáticas interpersonales con perspectiva de género, con el fin de “reelaborar sus concepciones respecto a las masculinidades hegemónicas y las problemáticas de género”.

El sospechoso está imputado por los delitos de abandono de persona seguido de muerte y privación ilegal de la libertad agravada. Su defensa había solicitado el beneficio de arresto domiciliario con base en informes médicos y sociales. Al pedido se opusieron tanto el fiscal subrogante Gonzalo Petit Bosnic como los abogados de los padres de la víctima, Nancy Ayala (representada por María Belén Faure y Morena Gallastegui) y Julio Alvarito (representado por Cristian Ariel González, Gastón Leandro Jesser y Sebastián Iturria).

Rocío y el acusado convivían en un departamento en La Plata

En la resolución, a la que accedió Infobae, el juez consideró que se mantienen los motivos que llevaron a dictar la prisión preventiva. Entre los principales argumentos, indicó que persiste el riesgo de fuga y de entorpecimiento del proceso.

A esa conclusión arribó, por un lado, teniendo en cuenta la elevada expectativa de pena y la autonomía económica de M.A.G. En esa línea, el magistrado destacó que el acusado es propietario y responsable de una empresa dedicada a la restauración y venta de pisos, y que la eventual venta de ese emprendimiento familiar podría generarle ingresos suficientes para sostenerse fuera del alcance judicial.

Según consta en la resolución, el hecho de contar con un domicilio y apoyo familiar no elimina el peligro de fuga, ya que la posibilidad de obtener dinero en efectivo, sumada a la gravedad del proceso y la expectativa de pena, incrementa ese riesgo.

Por otra parte, Raele analizó la conducta procesal del imputado durante la investigación, dado que obstaculizó el acceso a evidencia digital al eliminar registros de llamadas de un celular laboral y aportar seis claves incorrectas para desbloquear su teléfono: por este motivo, la pericia a ese aparato aún no pudo realizarse.

“También pondero la circunstancia de que el imputado retuviera el celular de la víctima, se lo entregara a su madre, y luego ésta a instancias del personal policial hace entrega del mismo, lo que enerva una conducta colaborativa para con la investigación por parte del imputado”, agregó.

Los abogados de la familia de Rocío, además de este comportamiento, remarcaron que transmitió distintas versiones de lo ocurrido a personas que luego declararon como testigos y buscó instalar un relato favorable.

M.A.G. está imputado por abandono de persona seguido de muerte y privación ilegal de la libertad agravada

El juez también fundamentó su decisión en los informes periciales incorporados a la causa. Según el análisis psicológico oficial, M.A.G. presenta “bajo nivel de tolerancia a la frustración, lo que puede conducirlo a comprometerse en conductas de acción”.

Además, “privilegia sus deseos y necesidades, carece de autocrítica y es incapaz de responsabilizarse de sus conductas”. “Es preciso aclarar que dichos mecanismos son inconscientes, y que tienen la función de mantener al sujeto alejado de situaciones, recuerdos o representaciones psíquicas que pudieran generarle desbordes anímicos”, completaron los especialistas.

En el informe se agrega que “en su discurso se pone de manifiesto que utiliza la lógica patriarcal, intenta solapadamente, en algunos tramos de la entrevista, exponer las actitudes de su ex pareja como la responsable de las situaciones de violencia entre ellos, dando a entender que era víctima de manipulaciones y escenas conflictivas en las que su responsabilidad se encuentra ausente”.

La joven tenía 26 años

En tanto, la pericia psiquiátrica concluyó que M.A.G. “no presenta ningún proceso psicopatológico en actividad” y que “conserva indemne sus funciones intelectuales básicas y superiores que le permiten mantener su capacidad de elección”, recomendando la continuidad del abordaje terapéutico.

El caso

Rocío murió el 29 de enero tras caer de un balcón

El 29 de enero pasado, Rocío, de 26 años, murió tras caer del balcón del segundo piso del departamento que compartía con M.A.G. Según la investigación, la joven y el acusado mantuvieron una fuerte discusión esa mañana y, minutos después, ella cayó al vacío. En ese momento solo se encontraban ambos en el interior de la vivienda.

En su declaración ante la Justicia, M.A.G. sostuvo que la pelea se originó cuando decidió terminar la relación y que Rocío, alterada, rompió objetos y quiso abandonar el departamento. El imputado relató que ella intentó salir por el balcón y que, al ver la situación, intentó sujetarla de los brazos sin éxito. También aseguró que bajó al piso de abajo para intentar asistirla, pero ya era tarde.

En tanto, el padre de la joven declaró que, poco antes del hecho, el acusado lo había llamado para pedir que fuera a buscar a Rocío.

Durante la instrucción, la causa sumó un elemento clave: un video grabado por la propia Rocío con su celular en los instantes previos a la caída, donde la joven se muestra angustiada, denuncia violencia de parte de su pareja y exhibe marcas en sus brazos.