
Ariel García Furfaro, el principal acusado en la causa que investiga la producción y distribución de fentanilo de HLB Pharma contaminado con al menos dos tipos de bacterias, y presuntamente vinculado a la muerte de 114 pacientes, amplió su indagatoria ante el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, durante 6 horas. Mañana continuará respondiendo preguntas y exponiendo su versión de los hechos.
Es el acto procesal defensivo principal. Como ya hizo el jueves pasado, el propietario de Laboratorios Ramallo y de HLB Pharma deslinda responsabilidades en la cadena de producción y control, y plantea la hipótesis de un posible sabotaje por parte de un ex colaborador, Andrés Quinteros, con quien mantiene una profunda enemistad y acusaciones cruzadas.
Además le solicitó al juzgado que investigue las razones que llevaron a la contaminación del producto en su laboratorio. Como por ejemplo, establecer si se quitaron de manera intencional los filtros de la máquina envasadora de las ampollas de fentanilo, valuada, según dijo, en tres millones de dólares.
La defensa del imputado, detenido en el Penal de Marcos Paz y asistido por el penalista Gastón Marano, sostiene que, entre la abundante documentación recopilada por los investigadores, no existe una hipótesis concluyente sobre cómo las bacterias Klebsiella pneumoniae y Ralstonia pickettii ingresaron a las ampollas del medicamento, que por normativa del Instituto Nacional de Medicamentos y en cumplimiento de buenas prácticas, deberían ser estériles.

Razones del juez
En la resolución dictada el 25 de septiembre de 2025, de 401 fojas, mediante la cual procesó a los 14 presuntos responsables del fentanilo mortal, Kreplak explicó que la contaminación de las ampollas se produjo en el momento de su fabricación en Laboratorios Ramallo S.A. Señala que los ensayos bioquímicos demostraron la presencia de las mencionadas bacterias en las ampollas, lo que constituye adulteración del medicamento.
El juez descartó la posibilidad de una contaminación después de la fabricación, ya que el diseño del envase —ampollas de vidrio selladas— impide su alteración una vez envasado el producto en el laboratorio.
Kreplak detalló que la contaminación fue consecuencia directa de deficiencias críticas en el proceso productivo, derivadas de un relajamiento generalizado de los controles y de la inobservancia deliberada de las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF).
Entre los errores señalados por peritos y el propio magistrado figuran tiempos excesivos de permanencia del personal, insuficientes ensayos de esterilidad —un solo ensayo para hasta ocho lotes con la misma solución de lavado—, escasa cantidad de muestras de control en relación al total producido, intervalos breves entre ciclos de sanitización, controles de calidad laxos o inexistentes, defectos en los envases y antecedentes previos de contaminación bacteriana.
El juez concluye que estas desviaciones introdujeron un riesgo significativo de contaminación y que no hay posibilidad real de que se haya producido fuera del laboratorio. Por este motivo, situó el origen exclusivamente en el proceso industrial dentro de la planta, resultado de las fallas mencionadas y del incumplimiento de los estándares regulatorios exigidos para este tipo de medicamentos.

La versión de García Furfaro
Para la defensa del propietario de los laboratorios, las razones presentadas por el magistrado son insuficientes. Además, argumenta que no se investigaron otras hipótesis viables. En la audiencia de ayer, García Furfaro ilustró su postura con una metáfora: si un colectivo atropella personas y el chofer asegura que “le cortaron los frenos, no andaban”, la Justicia debe realizar una pericia para determinar si los frenos fueron cortados adrede, si estaban gastados o si el chofer cometió un error.
Según este razonamiento, el imputado sostiene que no corresponde encarcelar al chofer, a dos pasajeros y al dueño de la línea sin explicar el motivo por el cual el colectivo no frenó.
Anteriormente, el detenido manifestó: “No hay posibilidad de que esta contaminación exista si no fue un atentado o si sacaron los filtros intencionalmente”, y volvió a acusar a su ex colaborador Quinteros como supuesto responsable de la maniobra.
Sostuvo: “Yo no fui, no hice nada. Si el fentanilo está contaminado… alguien la puso”, y agregó: “La máquina del fentanilo (de Laboratorios Ramallo) costó más de 3 millones de dólares y funcionaba perfectamente. No hay posibilidad de que esta contaminación exista si no fue un atentado o sacaron los filtros intencionalmente. Teníamos tres filtros, la ley pide dos. Si nadie sacó los filtros, no pudieron haber pasado esas bacterias. Con una pericia en la máquina, el sistema informático va a revelar qué pasó con los filtros y pido que se haga esa pericia”.
Las bacterias involucradas son Klebsiella pneumoniae y Ralstonia pickettii, asociadas a infecciones graves en hospitales, especialmente en pacientes vulnerables. Su presencia en un medicamento inyectable, que debería ser completamente estéril, es considerada crítica.

Los reclamos de la defensa
En el juzgado y en la fiscalía intervinientes, algunos sostienen que su estrategia defensiva resulta repetitiva.
El empresario reiteró su impugnación al laboratorio privado donde se realizaron los primeros análisis, al que definió como “un laboratorio de la competencia”, el cual, según él, comenzó a facturar varios millones de dólares más desde que HLB Pharma dejó de operar en el mercado. Insistió también en el impacto económico: los precios de los medicamentos subieron entre tres y seis veces más desde que el Clan Furfaro salió de la comercialización y producción de fármacos.
El imputado afirmó que existen informes enmendados a mano o con fechas alteradas, y sugirió que los hospitales podrían haber intentado cubrir su propia responsabilidad ante las muertes de pacientes en terapia intensiva.
Sobre este punto, el Cuerpo Médico Forense sostuvo: “La infección —producida por el fentanilo contaminado— constituyó un factor desencadenante o agravante significativo instalado en un cuadro clínico complejo con múltiples comorbilidades, que contribuyó en el desenlace fatal”.
La defensa interpreta que el Cuerpo Médico Forense no vinculó ninguna muerte mediante un nexo causal directo. Según reconstruyó este medio, es muy difícil que se pueda establecer científicamente en un cien por ciento.
En la ampliación de su indagatoria, el empresario manifestó su voluntad de que las instalaciones de HLB Pharma sean vendidas para indemnizar a las víctimas en las eventuales demandas civiles. El juez ya impuso un embargo récord a sus bienes por un billón de pesos.

Kreplak atribuyó a los 14 procesados el presunto delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas (hoy se les imputan 114), en calidad de coautores, en concurso real con el delito de adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también como coautores. La imputación penal se apoya en los artículos 45, 55, 200 y 201 bis del Código Penal y 306 del Código Procesal Penal de la Nación.
En el caso de algunos imputados, como la madre de Ariel y Diego García, Nilda Furfaro, la acusación es en calidad de partícipe necesaria de los mismos delitos.
La resolución judicial establece que la conducta imputada comprende tanto la adulteración activa del fentanilo contaminado como la omisión de recuperar el producto adulterado, lo cual originó un peligro concreto para la salud pública y derivó en los decesos investigados. La expectativa de pena se ubica entre 10 y 25 años de prisión.














