El Ministerio de Economía dispuso la ampliación de tres emisiones de deuda en pesos para cancelar compromisos vinculados a contratos de obra pública y transporte.
La operación tendrá un valor efectivo máximo de $221.119.509.519 y se realizará a través de una canasta de títulos del Tesoro con vencimientos entre el 30 de octubre de 2026 y el 30 de abril de 2027.
La medida fue firmada el 2 de octubre por el secretario de Finanzas, Federico Furiase, y el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, a través de la Resolución Resolución Conjunta 59/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial.
La resolución no autoriza un pago en efectivo. En cambio, el Estado entregará bonos y letras del Tesoro a las empresas que tengan acreencias reconocidas por contratos de obra pública bajo las áreas de Transporte y Obras Públicas.
Como la cancelación se hará con letras y bonos capitalizables, el Estado no desembolsará efectivo en el momento de saldar esas deudas de obra pública. Los intereses de esos títulos se acumulan al capital y se pagan junto con el monto principal cuando vence cada instrumento.
Por eso, bajo el criterio de caja, la operación no implica un pago inmediato que empeore el resultado fiscal del momento ni el déficit primario; en cambio, reemplaza una obligación pendiente por deuda pública con vencimientos en octubre de 2026, enero de 2027 y abril de 2027. De todos modos, no elimina el compromiso: traslada su cancelación hacia esas fechas y aumenta las obligaciones financieras del Tesoro.
El esquema planteado por el equipo económico apunta a dar mayor certeza a las empresas contratistas, resolver disputas judiciales y regularizar las obligaciones pendientes de la obra pública.
No obstante, desde la óptica del Palacio de Hacienda, su aplicación debe respetar las metas de equilibrio fiscal y ordenamiento de las finanzas estatales. Para acceder al mecanismo, las compañías deberán renunciar de manera expresa a los reclamos que aún mantengan.
Saldar deudas de obra pública y contratos extinguidos
La operatoria está vinculada al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública, creado en julio de 2026 por la Secretaría de Coordinación de Infraestructura.

Ese régimen alcanza a contratistas con créditos a favor del Estado por certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios correspondientes al período entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025. También incluye obligaciones pendientes de contratos de obra pública que hayan sido extinguidos desde 2024.
Según la resolución, los títulos se entregarán a su “valor técnico”, calculado al día hábil anterior a la fecha en que se concrete cada entrega. Ese valor toma en cuenta las condiciones financieras de cada instrumento, como el capital acumulado hasta ese momento.
Cómo se realizarán los pagos
El monto total se distribuirá entre tres instrumentos de deuda pública en pesos:
- El 33% corresponderá a la Letra del Tesoro Nacional Capitalizable con vencimiento el 30 de octubre de 2026, cuya ampliación tendrá un límite de valor nominal original de $60.000 millones.
- Otro 33% se integrará con el Bono del Tesoro Nacional capitalizable con vencimiento el 15 de enero de 2027, con un máximo de valor nominal original de $51.000 millones.
- El 34% restante será cubierto con el Bono del Tesoro Nacional Capitalizable que vence el 30 de abril de 2027, por hasta un valor nominal original de $60.000 millones.
La suma de los límites nominales de los tres títulos asciende a $171.000 millones. Sin embargo, la resolución establece que la cancelación podrá alcanzar un valor efectivo de hasta $221.119 millones, ya que los instrumentos serán considerados según su valor técnico al momento de la entrega.
La resolución indica que la operación se financiará con créditos presupuestarios asignados al Ministerio de Economía, dentro del programa destinado a atender deudas de la Secretaría de Transporte y de la Secretaría de Obras Públicas.
Las secretarías de Finanzas y de Hacienda señalaron que la emisión se encuentra dentro de las autorizaciones previstas en la Ley de Presupuesto 2026. Esa norma habilita al Poder Ejecutivo a realizar operaciones de crédito público y a emitir Letras del Tesoro que se cancelen dentro del mismo ejercicio financiero.
La medida también autoriza a funcionarios de distintas áreas de la Oficina Nacional de Crédito Público a firmar la documentación necesaria para instrumentar la entrega de los títulos a los acreedores alcanzados por el régimen.













