
En un contexto de morosidad récord, el plazo para que las entidades financieras se sumen al Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal impulsado por el Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires finaliza este viernes y solo cuatro bancos se adhirieron hasta el cierre de esta nota.
El esquema porteño, diseñado para ofrecer mejores condiciones a quienes enfrentan vulnerabilidad financiera y necesitan refinanciar deudas en mora, cuenta con la adhesión de Ciudad, Santander, ICBC y Supervielle.
La iniciativa surge tras la sanción de la Ley N° 6.959, aprobada recientemente por la Legislatura porteña, que establece nuevas condiciones para la refinanciación de deudas originadas en préstamos personales y consumos con tarjetas de crédito, siempre que hayan sido registradas hasta el 1° de junio del presente año. El objetivo es facilitar la accesibilidad a la refinanciación para los habitantes de CABA que cumplen con los requisitos establecidos.
“El programa permitirá que las familias porteñas refinancien sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día. Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable”, sostuvo Jorge Macri, jefe de Gobierno.

Cómo funciona
El programa establece un plazo mínimo de devolución de 24 meses y fija una tasa que no podrá superar el 35% de Tasa Nominal Anual (TNA). Estas condiciones representan el piso, por lo que las entidades financieras pueden ofrecer términos más favorables si lo consideran conveniente. La medida busca aliviar la presión financiera sobre las familias que, por diferentes motivos, no lograron cumplir con sus compromisos crediticios en tiempo y forma.
Para acceder al beneficio, los solicitantes deberán demostrar que sus deudas se originaron exclusivamente en préstamos personales y tarjetas de crédito otorgados por entidades financieras, encontrarse en situación de mora 2 o 3 en el Banco Central (es decir, entre 60 y 180 días de atraso), tener ingresos familiares inferiores a diez salarios mínimos y acreditar que los compromisos mensuales de deuda representan más del 30% de sus ingresos mensuales. Además, deberán contar con domicilio real en Ciudad de Buenos Aires con una antigüedad mínima de dos años.
Los préstamos otorgados solo podrán utilizarse para saldar deudas que los clientes mantengan con el Banco Ciudad o con otras entidades bancarias reguladas por el BCRA. Quedan fuera de esta posibilidad las deudas con billeteras virtuales o entidades financieras que no sean bancos, sectores donde el nivel de morosidad ha experimentado un aumento considerable.
El programa excluye a quienes sean propietarios de más de un inmueble, posean vehículos con una antigüedad menor a cinco años —salvo aquellos utilizados para actividades laborales debidamente acreditadas—, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro, tengan activos financieros que excedan el total de la deuda reclamada o hayan comprado divisas durante el período en el que se generaron las deudas.
Las entidades financieras que adhirieron al programa recibirán un beneficio fiscal consistente en la reducción del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones.
La norma sancionada por la Legislatura también incorporó una disposición para que el Banco Ciudad, mediante la firma Ciudad Microempresas, ofrezca una línea de crédito específica para refinanciar a emprendedores y trabajadores no registrados que tengan deudas con la entidad al 1 de junio de 2026. Esta línea estará sujeta a los mismos parámetros mencionados anteriormente y comprenderá a quienes tengan atrasos superiores a 60 días e inferiores a 180 días.
Requisitos
- Registrar deudas originadas en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
- Estar calificado en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (deudas con atraso entre 60 y 90 días) o en Situación 3 (deudas con atraso entre 90 y 180 días) días, al 1° de junio de 2026.
- Tener ingresos mensuales del grupo familiar inferiores a diez (10) salarios mínimos, lo que en la actualidad equivale a 3.678.000 pesos.
- Acreditar que las cuotas adeudadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
- Tener domicilio real en CABA con una antigüedad mínima de 2 años.
Al mismo tiempo, hay otras 5 condiciones que excluyen a los interesados. No podrán recibir los préstamos del Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal:
- Dueños de más de un inmueble.
- Propietarios de automóviles con una antigüedad menor a cinco (5) años, excepto aquellos destinados a actividades laborales.
- Titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrados.
- Tenedores de activos financieros (plazos fijos, títulos, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, acciones, moneda extranjera u otros) que excedan el total de la deuda reclamada.
- Toda persona que haya comprado dólares durante el período en que se generó la deuda a refinanciar.













