Ángel Di María (AP Foto/Armando Franca)

La noticia de la semana -y seguramente del mes y una de las más importantes del año para el fútbol argentino– es la confirmación del regreso de Angel Di María a Rosario Central, después de 18 años. Los hinchas felices y el país entero celebran el regreso de “Fideo”. Pero de esto ya están todos al tanto. Por eso, quiero hablar de otras cosas.

El regreso de Di María a la Argentina tiene ramificaciones y efectos que exceden en mucho lo estrictamente deportivo y, en este contexto, quiero hablar de lo que tiene que ver con su planificación patrimonial, un aspecto que, espero, no esté descuidando.

¿A qué me refiero? A que un individuo con nacionalidad argentina que regresa al país después de haber vivido en el exterior –juegue, o no, al fútbol y sea, o no, campeón del mundo- recupera su condición de pagador de impuestos local apenas vuelve a tener su centro de intereses vitales en el país. Es decir, su vivienda habitual, hijos menores en escuelas, trabajo en relación de dependencia presencial, entre otras cuestiones.

Y, algo para tener en cuenta es que, aunque la pérdida de la residencia fiscal argentina no es automática, su recuperación sí lo es, y no depende, por lo tanto, de ningún trámite o comunicación a las autoridades fiscales.

Hay muchas opciones dentro de la ley que permiten hacer más eficientes los patrimonios y que podrían haberse utilizado en este caso

En términos prácticos, y yendo a este caso concreto, eso implica que Ángel Di María no solamente va a pagar el impuesto a las ganancias en Argentina por cualquier ingreso que tenga, ya sea en el país o en el exterior, pudiendo darse, obviamente, el caso de doble tributación, sino que además va a pagar Bienes Personales sobre todos sus activos, ya sea que se encuentren en París, Madrid, Lisboa o Argentina.

Espero que Di María, sus managers y asesores financieros estén atentos y hayan planificado esta movida desde hace algún tiempo. Espero también que hayan modificado la estructura legal patrimonial del jugador para adaptarla a la nueva situación que se creará en breve con la mudanza.

Hay muchas opciones dentro de la ley que permiten hacer más eficientes los patrimonios y que podrían haberse utilizado en este caso. Ojalá así haya sido para que Di María pueda concentrarse en disfrutar este tramo final de su carrera, en lugar de perder tiempo y dinero lidiando con las autoridades fiscales locales.

Cierro con dos reflexiones o aclaraciones finales que responden de alguna manera a comentarios que he leído en redes sociales al tocar este tema:

  1. A aquellos que comentan que nada de esto importa porque se trata de una decisión tomada con el corazón y que en ocasiones la pasión puede más que la razón, les cuento que una cosa no tiene nada que ver con la otra. Nadie critica la decisión del fideo de regresar a Argentina o jugar en el club de sus amores, pero esa decisión, como cualquier otra en la vida, se puede adoptar con o sin planificación, y los resultados son bien diferentes.
  2. A quienes recuerdan casos de jugadores extranjeros que se radicaron en el país y no tuvieron que pagar impuestos por activos o ingresos de fuente no argentina (caso contrario, ¿les parece que Daniele de Rossi, Cavani o Ander Herrera o habrían fichado para Boca?), les aclaro que -aunque muchos no lo sepan- en Argentina tenemos nuestra propia “Ley Beckham”.

Aunque la pérdida de la residencia fiscal argentina no es automática, su recuperación sí lo es, y no depende, por lo tanto, de ningún trámite o comunicación a las autoridades fiscales

En efecto, el régimen tributario argentino contempla, como muchos otros en el mundo, la figura del “o residente con permanencia en el país por motivos laborales”, un régimen legal que aplica a individuos que residen en el país por motivos laborales, entre seis meses y cinco años, siempre y cuando no sean nacionales argentinos.

¿Qué deben pagar exactamente los jugadores extranjeros que caen dentro de esta clase especial de pagadores de impuestos? Simplemente, el impuesto a las ganancias por las rentas de fuente local y el Impuesto a los Bienes Personales por el patrimonio que posea en Argentina. Pasados cinco años, la cosa cambia.