La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó el nuevo Sistema de Fondo de Cese Laboral, una herramienta alternativa al tradicional esquema de indemnización por despido. La medida se formalizó mediante el decreto 847/2024, en línea con lo establecido por la Ley de Bases, y se incorpora como una opción dentro de las Convenciones Colectivas de Trabajo.
El régimen se diseñó para permitir que las partes firmantes de una relación laboral—empleadores y trabajadores—acuerden anticipadamente el uso de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) como mecanismos para cubrir los costos derivados del cese de la relación laboral. Esta modalidad no sustituye automáticamente el régimen indemnizatorio de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, sino que opera como una alternativa opcional.
La CNV, encargada de la implementación y fiscalización de la medida, indicó que los FCI de Cese Laboral podrán conformarse con aportes mensuales realizados por los empleadores, y eventualmente por los trabajadores, si así lo establece la negociación colectiva. Los aportes serán de carácter voluntario y estarán afectados exclusivamente al objetivo de cubrir el cese de la relación laboral.
El régimen define que los fondos acumulados serán inembargables mientras permanezcan en el fondo, y una vez transferidos al trabajador, quedarán sujetos a su libre disponibilidad, sin posibilidad de realizar nuevas suscripciones. Los fondos podrán constituirse a nivel individual (por empresa) o a nivel sectorial, según lo pactado en las convenciones colectivas.
Uno de los puntos centrales del nuevo sistema es que solo podrán suscribir cuotas partes los trabajadores y empleadores adheridos al régimen. Las entidades depositarias deberán garantizar la separación patrimonial y la identificación clara del objeto de estos fondos.
En cuanto a la administración de los fondos, las sociedades gerentes tendrán autonomía para definir las políticas de inversión dentro del marco normativo general. No habrá limitaciones en cuanto a la cartera de activos elegibles, aunque deberán priorizar la seguridad y liquidez de las inversiones para garantizar el cumplimiento del objetivo principal del fondo.
Además de los FCI, la norma habilita la utilización de Fideicomisos Financieros. Estos estarán autorizados a recibir aportes exclusivos de empleadores y trabajadores y no estarán obligados a publicar prospectos en el sitio web de la CNV. Esta flexibilidad busca promover la participación de estructuras más pequeñas o aquellas que no cotizan en los mercados secundarios.
Los FF permitirán incluir a múltiples fiduciantes, algo que favorece la implementación del régimen en sectores donde los empleadores tienen menor capacidad operativa individual. También se podrán utilizar figuras como fiduciarios financieros registrados, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la CNV para su funcionamiento.
El presidente de la CNV, Roberto Silva, señaló que la puesta en marcha de este sistema tiene el objetivo de modernizar el esquema indemnizatorio, adaptándolo a las necesidades del mercado laboral y financiero. Destacó además que la normativa surgió de un proceso de consulta pública que permitió recoger aportes de diversos actores del sistema financiero.
La nueva estructura también facilita la canalización del ahorro interno hacia instrumentos de inversión, en línea con las recomendaciones de organismos multilaterales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), que impulsa reformas que fortalezcan el mercado de capitales doméstico y promuevan el desarrollo de instrumentos de deuda de largo plazo.
Un esquema voluntario
Uno de los puntos más relevantes de la reglamentación es que la implementación del sistema es enteramente voluntaria. Aquellos sectores que decidan no adoptarlo seguirán rigiéndose por el esquema clásico de indemnización por despido, lo cual preserva la vigencia de la normativa laboral actual.
El sistema contempla que los montos acumulados puedan ser utilizados por el trabajador en caso de desvinculación, sin que el empleador deba realizar un desembolso adicional. Esta previsibilidad resulta especialmente valorada por el sector empresarial, que busca evitar los impactos financieros imprevistos asociados a despidos.
Al mismo tiempo, el sistema promueve una administración profesional de los recursos, lo que podría generar rendimientos positivos en el tiempo y, eventualmente, resultar en mayores sumas a favor del trabajador al momento del egreso.
Según lo establecido por la CNV, las entidades administradoras deberán remitir reportes periódicos sobre el estado de los fondos, el cumplimiento de los objetivos de inversión y el nivel de riesgo asumido. Esta obligación de transparencia apunta a garantizar la seguridad jurídica del nuevo régimen.
El decreto aclara que, aunque los fondos puedan generar rendimientos, no se considerarán parte del salario y, por lo tanto, no estarán sujetos a las cargas sociales habituales. Esta exención busca aumentar el atractivo del instrumento para ambas partes.
El texto también deja en claro que, en caso de fallecimiento del trabajador, los fondos acumulados se transferirán a sus herederos legales sin necesidad de trámite sucesorio complejo, lo que reduce costos y tiempos para las familias.
En el plano operativo, la CNV elaboró una guía detallada para la constitución y funcionamiento de estos instrumentos, incluyendo los requisitos de inscripción, la documentación a presentar y los procedimientos de supervisión. Asimismo, se establecieron plazos máximos para la devolución de fondos una vez terminada la relación laboral.
La nueva normativa fue bien recibida por varios actores del mercado de capitales, quienes destacaron que estos instrumentos podrían dinamizar la oferta de fondos temáticos, generar nuevas oportunidades de inversión y canalizar de manera eficiente el ahorro privado.
Expectativas de adhesión
Sin embargo, algunos especialistas plantearon que la efectividad del sistema dependerá en buena medida del grado de adhesión que logre en los distintos sectores. La necesidad de consensuar su implementación a través de negociaciones colectivas introduce un componente político que puede ralentizar su adopción generalizada.
La medida aparece en un contexto en el que el Gobierno busca reducir los costos laborales sin eliminar derechos adquiridos, promoviendo al mismo tiempo el desarrollo del mercado de capitales nacional. El equilibrio entre ambas metas será uno de los factores determinantes para la evaluación futura del nuevo régimen.
Por otro lado, la posibilidad de constituir estos fondos también puede representar una herramienta útil para sectores con alta rotación laboral, que requieren mecanismos más flexibles y previsibles para enfrentar contingencias.
La CNV anticipó que publicará actualizaciones periódicas sobre la evolución de los fondos registrados, así como informes de supervisión que serán de acceso público. Esta medida busca reforzar la confianza de empleadores y trabajadores en la viabilidad del sistema.
En paralelo, algunos sindicatos comenzaron a analizar la viabilidad del régimen y su posible inclusión en las futuras rondas de negociación. Desde el sector empresarial, también se iniciaron consultas para evaluar el impacto fiscal, contable y operativo de estos fondos en las estructuras de costos.
El nuevo marco normativo se suma a un conjunto de reformas orientadas a dotar de mayor previsibilidad al sistema laboral y financiero, sin alterar de forma obligatoria las estructuras jurídicas vigentes. La voluntariedad sigue siendo la piedra angular de la propuesta.