Tal como había anticipado en su discurso durante la apertura de sesiones ordinarias, la Oficina del Presidente informó que Javier Milei enviará al Congreso un DNU para sellar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Este mecanismo se encuentra bajo la orden de una ley que fue sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández y que obliga al Poder Ejecutivo a recurrir al Legislativo en este tipo de situaciones.
Durante la gestión de Fernández, el exministro de Economía, Martín Guzmán, impulsó la Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública [27.612] para prevenir y evitar endeudamientos en moneda extranjera. La medida fue dispuesta para prevenir y evitar que se repitiera un endeudamiento como el que gestionó ante el FMI el gobierno de Mauricio Macri.
En este contexto, se impuso: “Dispónese que todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente”. Con este legislación, cada acuerdo debe pasar por las dos cámaras y perderá validez en caso de ser rechazado por ambas.
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— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) March 6, 2025
Incluso, en consecuencia a las críticas que Macri recibió por tomar deuda con el FMI, el Fondo dejó en claro en muchas ocasiones que está a favor de que las negociaciones con la Argentina estén respaldadas por el Congreso. Julie Kozack, la vocera de la entidad internacional, explicó que el tratamiento del nuevo acuerdo en el Parlamento no fue un pedido suyo, aunque señaló: “Una fuerte apropiación y un amplio apoyo son clave para el éxito del programa“.
Cómo sigue el tratamiento del DNU
Tras el anuncio oficial del Gobierno, expresado a través de un comunicado, el Presidente debe firmar el documento -junto con sus ministros- y enviarlo al Congreso, donde será tratado en la Bicameral de Trámite Legislativo.
La bicameral puede tratarlo o no. En caso de que opte por hacerlo, solo puede pronunciarse a favor o en contra y dictaminar, y el DNU pasará directamente a cada cámara. En cambio, si decide no tomarlo, tanto el Senado como Diputados poseen la facultad necesaria para llamar a una sesión y tratarlo.
Si el documento es aprobado en al menos una cámara, ya es considerado una ley, mientras que solo perderá validez en caso de ser rechazado por ambas cámaras. También continuará con vigencia si no es tratado ni por el Senado ni por Diputados. Sin embargo, en caso de resultar negativo, no puede volver a ser tratado durante el periodo parlamentario actual.
Según informó Chequeado, hubo casos en los que la Corte Suprema de Justicia invalidó algún DNU por considerar que en realidad no existía tal urgencia. De todas formas, se trató de casos aislados, y hasta que fueron dados de baja, los decretos continuaron en vigencia.