El productor musical Nacho Cano durante la rueda de prensa posterior a su detención. Ricardo Rubio/Europa Press)

El Decanato de los Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid ha concluido que no hubo amaño en la elección del juzgado que investiga al productor musical Nacho Cano por delitos contra los derechos de los trabajadores y contra los ciudadanos extranjeros. En un informe al que ha tenido acceso en exclusiva Infobae España, el Decanato recalca que “no se puede manipular” el reparto aleatorio de los atestados policiales que se judicializan.

El entorno del productor y el musical Malinche sostiene que hubo irregularidades en la elección del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, el mismo que “sorprendentemente” investiga por delitos fiscales a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, a la que el productor musical ha apoyado personal y políticamente.

Según la denuncia de los abogados de Nacho Cano, el atestado policial fue entregado por los agentes de forma extraordinaria en mano -lo habitual es la vía digital- en los Juzgados de Plaza de Castilla el pasado 10 de julio, día posterior a la detención del productor, ya que ven “inverosímil” que entrara el día anterior porque el documento se cerró “a las 23:50 horas” y existe una distancia de más de seis kilómetros entre la comisaría y la sede judicial.

A las 09:55 horas del día 10 se registró en el Decanato y fue repartido al Juzgado de Instrucción número 19 a las 10:04 horas, tan solo nueve minutos después. Esto, a juicio de la defensa, demuestra que el día del arresto “ya se sabía qué juzgado y qué magistrada (María Inmaculada Iglesias) se iba a encargar de la instrucción de la causa”.

Ante esta “grave acusación”, la propia jueza ordenó al Decanato que investigase lo ocurrido. La conclusión del informe que firma la magistrada decana de Plaza de Castilla, María Jesús del Barco, es rotunda: “no se puede manipular” el reparto de los atestados porque es una “aplicación informática” la que lo ejecuta “sin que el funcionario pueda determinar el órgano al cual ha de ser repartido el asunto”.

Cronología de los hechos

En el informe también se explica la cronología del reparto del atestado policial elaborado por los investigadores de la Comisaría de Policía Nacional del distrito Centro de Madrid. El Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) que ha investigado lo sucedido expone el día 9 de julio “se estaban repartiendo todos los asuntos entrantes en formato papel”. Señala que las 09:55 horas no recoge el momento de presentación del atestado por parte de la Policía, sino “el momento en que se empieza con el examen y lectura del atestado” para su reparto.

“Tras su clasificación”, prosigue, “el mismo reparto se hace aleatoriamente entre los juzgados de esta capital ese mismo día a las 10:04 horas” a través de una “aplicación informática” llamada OFRE. Ese día, los atestados podían recaer en tres juzgados diferentes, por lo que la probabilidad de que fuera a parar al que dirige la magistrada María Inmaculada Iglesias era de un 33,3 %.

Ante esta resolución, el entorno de Malinche sostiene que el informe del Decanato incurre en “falsedades” e “incongruencias”. La Policía, dicen, no pudo entregar el atestado el día 9 como refleja la primera parte del informe del Decanato. Entonces, si entró el día 10 -así lo creen-, denuncian que el reparto fue demasiado veloz. Asimismo, rechazan que el Decanato no haya practicado un análisis forense para esclarecer lo ocurrido.

Los abogados de Nacho Cano han denunciado a la jueza María Inmaculada Iglesias por prevaricación y otros delitos contra sus “derechos fundamentales”, entre ellos el “derecho al juez ordinario predeterminado por la ley” al considerar que el reparto del atestado policial fue “irregular”.