
Un tribunal de Pergamino absolvió al padre y a los abuelos de una menor tras un extenso juicio por presunto abuso sexual infantil, al considerar que la menor fue víctima de manipulación materna y que no existieron pruebas físicas ni psicológicas del ataque. La decisión refleja la profundidad del conflicto familiar.
La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Pergamino que se conoció este viernes se apoyó en una evaluación minuciosa de las declaraciones de la menor en Cámara Gesell, los distintos peritajes psicológicos y los testimonios médicos y escolares.
El fallo, con la firma del juez Guillermo Burrone, subraya un “conflicto familiar extremo y crónico” entre madre y padre, con antecedentes de más de 30 procesos judiciales, y sostiene que la acusación de abuso se construyó bajo una fuerte presión emocional ejercida por la madre sobre la niña.
La envergadura del caso quedó marcada no solo por la cantidad de litigios previos, sino por el peso que adquirió la declaración de la propia menor, quien se retractó de sus acusaciones clave ante la terapeuta infantil: “Yo mentí; mi papá no me pega ni me toca”.
Esta confesión ocurrió tanto por teléfono como en una sesión privada, donde la niña explicó que su motivación era “vivir todos los días con su mamá”. El tribunal entendió esta retractación como un indicio concluyente del “estado de vulnerabilidad extrema” y del “conflicto de lealtades insoportable” al que estaba sometida.
A lo largo del proceso, todas las pruebas médicas forenses resultaron negativas: no se hallaron lesiones, desgarros ni signos de maltrato. Además, las pediatras que atendieron a la menor declararon que jamás constataron signos de abuso e incluso advirtieron sobre la búsqueda insistente de certificados por dolencias inexistentes, que habrían servido para bloquear el contacto con el padre.
El análisis psicológico ocupó un lugar central
Los peritajes sobre el padre y los abuelos indicaron personalidades integradas, sin rasgos compatibles con la agresividad o perversión. En contraste, los informes sobre la madre concluyeron que la mujer presenta un trastorno límite de la personalidad (TLP), con perfil de rigidez, búsqueda permanente de conflicto y una tendencia a obstaculizar el vínculo padre-hija.
El fallo también puso el foco sobre la fiabilidad limitada de los peritos ofrecidos por la parte acusadora. El testimonio de una licenciada fue descartado por incumplir la necesaria objetividad: la psicóloga trabajó simultáneamente como perito de parte y terapeuta tratante de la menor, pese a advertencias y amonestaciones de la Asesoría de Incapaces y el Juzgado de Familia.
La influencia materna resultó ser un elemento decisivo en la postura judicial. Según la terapeuta que actuó en la cámara Gesell, la niña se sentía “obligada a mentir por la influencia de los padres”, siendo crucial “en particular, su mamá quería que mintiera”. Ante la psicóloga, la menor expresó temor a las represalias maternas y describió reproches como: “Sos la peor hija del mundo, yo pensé que me amabas”.
“Hiperjudicialización”
A lo largo de más de 10 años, el expediente acumuló más de 30 procesos judiciales, y la niña fue considerada por el juez como un “botín de guerra” en el conflicto de adultos.
El tribunal evaluó que la menor estaba expuesta a una “tensión insoportable de lealtades”, lo que contaminó sus relatos incluso durante la declaración en cámara Gesell.
El fallo fue terminante en su fundamento: la duda razonable sobre la veracidad de la acusación no pudo ser vencida por la fiscalía. El juez Burrone detalló: “Los elementos de cargo seleccionados por la fiscalía carecían de otras evidencias externas que los respaldaran, lo que impedía reconstruir con certeza la materialidad de los delitos”.
Las consecuencias legales del veredicto fueron inmediatas. El tribunal ordenó el cese de todas las restricciones que pesaban sobre el padre y los abuelos, dejando sin efecto cualquier prohibición de contacto. Este punto desoyó el pedido de la abogada Laura Abal, representante de la parte acusadora, quien había solicitado mantener la prohibición.
En uno de los pasajes clave, el juez Burrone resolvió: “Disponer el cese de las restricciones impuestas a los acusados en esta sede”. El tribunal aclaró que este fallo penal no implica automáticamente un cambio en el régimen de tenencia, ya que ese aspecto debe decidirlo el fuero de Familia, aunque elimina el fundamento legal para la existencia de restricciones de contacto fundadas en la presunta existencia de abusos.
Cabe recordar que, durante el conflicto, la situación de tenencia de la menor osciló: en 2018 el cuidado estuvo exclusivamente a cargo del padre, mientras que en 2022, tras una nueva cámara Gesell, la madre recuperó la tenencia y se impuso una prohibición de contacto al padre, ahora descartada por el fallo penal.