Las compras de hasta $10 millones ya no requerirán identificación del comprador, sin importar el medio de pago (Imagen ilustrativa Infobae)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) elevará a partir de mañana los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales, entre otras entidades, deben informar las transferencias, transacciones, saldos, consumos e inversiones que realizan sus clientes. Es parte del paquete de medidas que anunció hoy el Gobierno de Javier Milei para reducir la carga administrativa de las personas que operan dentro del sistema formal.

Usted va a poder usar los dólares sin dejar los dedos marcados. Nadie tiene por qué saber de dónde los sacó. Si hubo un robo, se debe combatir el robo. Pero no generar una distorsión económica para combatir un delito”, mencionó la semana pasada el Presidente como anticipo de las medidas que delineaba el equipo económico.

El titular de ARCA, Juan Pazo, explicó hoy durante el anuncio en Casa Rosada que el objetivo es simplificar el sistema, eliminar controles considerados innecesarios y actualizar los montos mínimos mensuales de reporte para alinearlos con estándares internacionales. También aclaró que, en este caso, los cambios comenzarán a regir desde este viernes.

Los montos no representan prohibiciones de movimientos, pero sí un umbral por el cual el organismo recibe de manera automática un alerta de parte de supermercados, comercios, bancos, sociedades de bolsa, y puede pedir a partir de esa información que el contribuyente demuestre el origen de los fondos, con el fin de asegurarse de que provengan de actividades legítimas y declaradas.

En otras palabras, por debajo de esos niveles, los movimientos financieros no suelen entrar en el radar del fisco. En algunos casos también se eliminó directamente el régimen de información: compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales, operaciones notariales, compra-venta de vehículos, pago de expensas, transferencias de inmuebles y consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía.

Esto no quiere decir que los movimientos por montos inusuales o muy elevados no puedan ser motivo de investigación de otras unidades, como la Unidad de Información Financiera (UIF). Es el caso del Reporte de Operación Sospechosa de Lavado de Activos / Financiación del Terrorismo (ROS/RFT), una herramienta que nutre a la UIF de información valiosa para la investigación, detección y combate del Lavado de Activos/Financiación del Terrorismo.

Las compras de hasta $10 millones ya no requerirán identificación del comprador, sin importar el medio de pago (EFE)

Uno de los cambios más significativos es el nuevo umbral para transferencias y acreditaciones bancarias. Hasta ahora, las entidades informaban a partir de $1.000.000. Con la actualización, el nuevo mínimo se eleva a $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.

También se modificó el régimen de extracciones en efectivo. Antes se reportaba cualquier extracción, sin importar el monto. Con la nueva normativa, sólo deberán informarse las extracciones superiores a $10.000.000, tanto para personas físicas como para jurídicas. “Sacabas mil pesos del cajero y se informaba de su operación. A partir de ahora, cumpliendo con estándares internacionales, eso cambia”, indicó Pazo.

En cuanto a los saldos bancarios al final del mes, el mínimo también se incrementó. El nuevo piso pasa a ser de $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el umbral oscilaba entre $700.000 y $1.000.000, dependiendo del tipo de entidad.

Otro punto central de la actualización corresponde a los plazos fijos. Antes, las entidades debían reportar las colocaciones superiores a $1.000.000. Desde la implementación del nuevo esquema, sólo deberán informarse los plazos fijos mayores a $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Uno de los cambios más significativos es el nuevo umbral para transferencias y acreditaciones bancarias

En relación con las transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, el nuevo umbral de información también se elevó. El mínimo sube de $2.000.000 a $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas. Esta medida incluye a todas las plataformas de pago y servicios financieros digitales autorizados por el Banco Central.

El régimen sobre tenencias de instrumentos financieros como bonos y acciones en Alycs (Agentes de Liquidación y Compensación) también experimentó un cambio de criterio. Anteriormente, se informaban todas las operaciones sin importar el monto. Con la nueva disposición, sólo deberán reportarse las tenencias superiores a $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Finalmente, ARCA redefinió los límites para las compras como consumidor final, por caso, en un supermercado. Hasta ahora, las personas que realizaban compras en efectivo por más de $250.000 o con otros medios de pago por $400.000 debían identificarse y presentar su documento. Desde la modificación, el nuevo umbral se establece en $10.000.000 para cualquier medio de pago, sin obligación de identificación previa.

Juan Pazo, Luis Caputo y Federico Bausili en el anuncio de hoy en Casa Rosada

Pazo justificó estas decisiones afirmando que buscan terminar con lo que consideró “controles absurdos” heredados de gestiones anteriores. “Hasta hoy, cuando una persona realizaba como consumidor una compra por más de 250 mil pesos en efectivo o 400 mil pesos en cualquier otro medio de pago, tenía que identificarse, presentar documento, eso se acabó”, remarcó. También hizo referencia al “ejemplo icónico durante el kirchnerismo” sobre la compra en supermercados, donde los clientes fraccionaban pagos para evitar identificarse.

Regímenes de Información derogados

El Gobierno también anunció que derogará los siguientes Regímenes de Información:

  • Régimen informativo para compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. Hasta hoy las administradoras de tarjetas de crédito le informan a ARCA todas las compras que hace una persona usando ese medio de pago. Desde ahora no se van a informar más, por lo que el monto de los consumos personales va a estar resguardado como toda información privada.
  • El CITI escribanos (Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes), un sistema de información implementado por la ex AFIP, a través del cual los escribanos debían reportar mensualmente determinadas operaciones notariales. Desde ahora, los escribanos ya no deberán reportar ninguna operación a ARCA.
  • El régimen informativo de compra-venta de vehículos usados (rodados). Desde ahora, los concesionarios no deberán reportar ninguna operación a ARCA.
  • El régimen informativo de pago de expensas (actualmente informaba a partir de 32 mil pesos). A partir de ahora, las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas a ARCA.
  • Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). A partir de ahora, el vendedor de una propiedad o el agente inmobiliario no deberá reportar más a ARCA cuando ponga la propiedad a la venta
  • El régimen de consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía. A partir de ahora, los proveedores de servicios públicos y telefonía, no deberán reportar más a ARCA dichos consumos.

Además, se prohibirá a los bancos solicitar Declaraciones Jurados (DDJJ) de impuestos nacionales, pudiendo las personas negarse y acudir a Defensa del Consumidor si fuera necesario.