La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles un repelente de mosquitos por inconvenientes administrativos.
La medida se hizo oficial mediante la publicación de la Disposición 3282/2025 en el Boletín Oficial que establece la suspensión de la elaboración, comercialización, distribución en todo el territorio nacional y en plataforma de ventas electrónica y publicidad de todos los lotes del producto “IBERIA. Aire Pur. Repelente de Mosquitos con aceite de citronella. Ecológico 0% Insecticida.”, por carecer de registro de habilitación y en consecuencia ser un producto ilegítimo.
Además, se instruyó un sumario sanitario a la firma con domicilio en la calle Cuyo N° 2728/90 de la localidad de Martínez, partido de San Isidro, provincia de Buenos Aires, con RNE N° 010045128, y al licenciado Daniel Carmelo Calbosa.
En su considerando, la norma señala que el Departamento de Control de Mercado, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) recibió una consulta acerca de la comercialización del producto.
Asimismo, ese departamento verificó que no se encontraba inscripto ante la ANMAT, por lo que se citó a la firma a fin de que realizara el reconocimiento del producto señalado.
Sobre ello, los representantes de la empresa reconocieron ser los fabricantes y, por ello, los fiscalizadores de la DEGMPS les solicitaron que informen acerca de lotes, vencimiento y cantidad de unidades elaborados y envasadas y número de unidades de producto por lote en stock de la firma; también se indicó el retiro de mercado del producto de la primera línea de comercialización a lo que informaron los lotes elaborados con los correspondientes datos de cantidades y fechas de vencimiento.
En tanto, la DEGMPS mencionó que el producto no sería pasible de registro ante el organismo en virtud de varios factores. Entre ellos, que la aplicación el producto es en forma continua sin que pueda ser interrumpido de modo previsto cuando resulte necesario, así como que el producto muestra una forma de presentación semejante a un aromatizante y que el aceite de citronella posee una repelencia de muy corto alcance. En tal sentido, aplicar un mecanismo que no resulte efectivo puede provocar el descuido de medidas que disminuyan la incidencia de picaduras, sobre todo de mosquitos vectores de enfermedades.
Por otra parte, realizaron una inspección en el marco de la solicitud de reinscripción del certificado nacional de establecimiento de la firma, en la cual fue inhibida de elaboración y comercialización de producto domisanitarios por incumplimientos a la normativa vigente. Posteriormente, se realizó una inspección de Buenas Prácticas de Fabricación y control para el seguimiento de las medidas correctivas de la inspección previa, en la que se verificó que la firma se encontraba elaborando y comercializando productos domisanitarios a pesar de encontrarse inhibida en forma preventiva, lo cual fue confirmado por el Director Técnico.
Ayer, la ANMAT aplicó una medida similar sobre dos medicamentos. Se trata de Capecitabine Capegen 500 mg, 100 tablets, Lote CT0004, Vto: 12/2027 y Capacitabine Gentavin 500 mg, 100 tablets, Lote GC0002, Vto: 12/2027.
De acuerdo con las investigaciones llevadas a cabo por el Departamento de Control de Mercado, Laboratorio ECZANE reportó un incidente significativo: el robo de medicamentos durante el transporte desde su planta elaboradora hacia otro depósito de su propiedad. Este suceso ha generado preocupaciones dado que el laboratorio posee la titularidad en Argentina del medicamento CAPEXAN, cuyo principio activo es capecitabina.
Los productos sustraídos presentan una particularidad distintiva: no han sido registrados para su comercialización en el territorio argentino. Estos medicamentos fueron fabricados con el propósito exclusivo de ser exportados a la República de Filipinas. Como resultado, los estuches de los productos robados están etiquetados en inglés, lo cual indica su destino internacional.
La situación subraya la importancia de los protocolos de seguridad en la cadena logística, especialmente para productos que, debido a su falta de registro local, están destinados a mercados extranjeros.