Las tenencias en dólares, en cuenta o en efectivo, pueden incluirse en el REIBP con una tasa fija del 0,45% (Reuters)

Desde la expansión del ahorro minorista hacia la Bolsa y el sistema financiero, muchos pequeños inversores comenzaron a preguntarse cómo afectan sus decisiones de inversión a los impuestos. El rendimiento de un bono, el cobro de dividendos o los dólares en una cuenta bancaria no tienen el mismo tratamiento fiscal. La normativa vigente establece diferencias según el instrumento, la fuente de la renta y la moneda en que se mantuvo el capital.

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, hay que analizar caso por caso: “Los títulos públicos argentinos están completamente exentos, tanto en Ganancias como en Bienes Personales. No importa si son nacionales, provinciales o municipales.”

Aclarando que esta nota se concentra exclusivamente en el tratamiento impositivo al que están sujetas las personas físicas (no empresas), el esquema de impuestos que se aplican a las inversiones financieras se concentra en dos tributos: el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales, administrados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Bonos y títulos públicos

Los bonos, letras y demás títulos públicos emitidos por el Estado nacional, las provincias o los municipios no generan cargas tributarias para las personas físicas. Están exentos del Impuesto a las Ganancias tanto por los intereses como por la venta o la devolución del capital. Tampoco integran la base imponible de Bienes Personales al 31 de diciembre.

En este punto, la regla es uniforme: el inversor que mantuvo o vendió bonos argentinos dentro del mercado local no debe pagar ninguno de los dos tributos.

Obligaciones Negociables

Las Obligaciones Negociables (ONs) —deuda emitida por empresas privadas— tienen un tratamiento similar, aunque con una distinción clave según la moneda. “Las obligaciones negociables emitidas en pesos están exentas en ambos impuestos. Si la ON está emitida en dólares, ahí sí queda alcanzada por Bienes Personales”, detalló Domínguez.

De ese modo, los rendimientos y ventas de ONs no tributan Ganancias, pero su tenencia en moneda extranjera se suma a la base imponible del impuesto patrimonial. Las ONs en pesos, en cambio, quedan exentas también en Bienes Personales.

Acciones que cotizan en la Bolsa local

Las acciones de empresas argentinas listadas bajo regulación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) mantienen un tratamiento particular. “Las acciones que cotizan en la Bolsa local no pagan Ganancias cuando se venden. Y los dividendos tienen una retención del siete por ciento que hace directamente la sociedad emisora”, indicó el especialista.

Los bonos y títulos públicos argentinos están exentos de todos los tributos (Reuters)

Esa retención del 7% sobre dividendos es definitiva, por lo que el accionista no debe tributar adicionalmente en su declaración. En Bienes Personales, las acciones tampoco se computan, ya que las sociedades pagan un impuesto equivalente por cuenta de sus accionistas.

Certificados de Depósito Argentino (Cedears)

Los Cedears representan acciones extranjeras, como las de Apple o Coca-Cola, pero se compran y venden en el mercado local. En estos casos, la renta tiene tratamiento mixto: la venta de Cedears está exenta del Impuesto a las Ganancias, pero los dividendos que pagan las empresas del exterior se consideran renta de fuente extranjera y tributan según la escala progresiva del impuesto.

“El Cedear es un título argentino, pero representa una acción del exterior. Por eso la venta está exenta, pero los dividendos que se cobran están gravados como renta extranjera y entran en la escala del impuesto a las Ganancias”, precisó Domínguez.

En Bienes Personales, los Cedears se incluyen dentro del patrimonio imponible al cierre del año.

Fondos Comunes de Inversión

Los Fondos Comunes de Inversión (FCI) dependen de la composición de sus activos. Si el 75% o más del portafolio está conformado por instrumentos exentos —como títulos públicos o ONs en pesos—, el fondo también queda exento. “En los fondos comunes de inversión hay que mirar la composición. Si el setenta y cinco por ciento o más de los activos del fondo están exentos, entonces el fondo también lo está. Si no, está gravado”, explicó Domínguez.

El mismo criterio aplica para Bienes Personales: los FCI con mayoría de activos exentos no tributan; los que no alcanzan ese porcentaje quedan gravados de manera proporcional.

Cajas de ahorro y cuentas remuneradas

Las cajas de ahorro en pesos están exentas en Ganancias. Los intereses que puedan generar, por mínimos que sean, no tributan. En Bienes Personales, los saldos en pesos al 31 de diciembre no se incluyen dentro de la base imponible.

En el caso de las cajas de ahorro en dólares, las tenencias están exentas tanto de Ganancias como de Bienes Personales. En el caso de las cuentas remuneradas en dólares, que cada vez más bancos ofrecen, los intereses sí están gravados con Ganancias.

Las acciones locales no pagan Ganancias por venta, pero sí tienen una retención del 7% sobre dividendos (Reuters)

Ese régimen especial, conocido como REIBP (Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales), permitió el año pasado ingresar un monto fijo del 0,45% sobre las tenencias en dólares —ya sea en cuenta o en efectivo— y cerrar así la obligación impositiva del año. “El REIBP era opcional. Se paga el cero coma cuarenta y cinco por ciento sobre lo que se tiene en dólares y con eso se cierra el impuesto de Bienes Personales de ese año, sin importar después cómo se mueva el tipo de cambio”, agregó el tributarista.

Las cuentas remuneradas, por su parte, asimilan su tratamiento a los plazos fijos. “Están exentas la tenencia de bienes personales y gravados los intereses en dólares, exentos los intereses en pesos”, afirmó.

Depósitos a plazo fijo

Los plazos fijos en pesos están exentos del Impuesto a las Ganancias para personas humanas. También están exentos en Bienes Personales.

En los plazos fijos en dólares, el tratamiento es el siguiente: exentas las tenencias en Bienes Personales pero gravados los intereses con Ganancias.

Tenencia de dólares billete

Los dólares en efectivo guardados fuera del sistema financiero también están gravados en Bienes Personales.

De esa manera, tanto los dólares en cuentas bancarias como los conservados físicamente pueden acogerse al mismo régimen especial, siempre que el contribuyente lo declare en la presentación anual.

El análisis muestra que la mayor parte de los rendimientos financieros locales están exentos de Ganancias, mientras que Bienes Personales sigue siendo el impuesto de mayor impacto sobre los ahorros, especialmente en moneda extranjera. El REIBP, creado para simplificar el cumplimiento y fijar un valor uniforme, se volvió una alternativa recurrente para quienes mantienen dólares tanto en cuentas como fuera del sistema.