Agencia Tributaria. (Carlos Luján./ Europa Press)

Tras meses de espera, la Agencia Tributaria ha confirmado que dará inicio este mes a las devoluciones a los mutualistas que pagaron de más entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. En febrero se hizo oficial la sentencia del Tribunal Supremo por el que se calculaba que el la entidad pública debía devolver 1.700 millones de euros a los afiliados de las antiguas mutualidades del trabajo por los impuestos que se les cobraron de manera irregular.

Quienes realizaron durante este periodo aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF debían rellenar un formulario de solicitud para recibir sus correspondientes compensaciones. La idea de la Agencia Tributaria es realizar la mayor parte de los pagos durante el mes de agosto, pero el proceso podría extenderse a lo largo de lo que queda de año. El abono a las personas afectadas que hayan realizado la solicitud se realizará de forma automática, con cálculos elaborados por la propia entidad.

Pese a que la Agencia Tributaria no ha informado sobre el número de afectados ni el importe que se destinará a saldar estas compensaciones, desde el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) calculan que el número de afectados es de unos 4,8 millones, lo que supondría la mitad de los trabajadores adscritos a las antiguas mutualidades en diciembre de 1978. Por su parte, los despachos de abogados que defienden los intereses de los mutualistas, consideran que las cuantías a devolver rondan los 2.000 y 4.000 euros por mutualista.

Según la información aportada por la Agencia sobre la gestión recaudatoria, hasta el cierre de junio, el Estado habría devuelto 708 millones a mutualistas de las antiguas mutualidades de trabajo, lo que no llegaría a cubrir ni la mitad de las deudas que el Estado tiene con este colectivo.

El largo camino de los mutualistas

Después de varias sentencias del Tribunas Supremo a lo largo de 2023, la Agencia Tributaria se vio obligada a reconocer el derecho de los pensionistas por jubilación o por incapacidad a la devolución de cantidades abonadas de más en la tributación por IRPF con mutualistas. Para realizar la devolución, la Agencia facilitó a principios de 2024 un formulario online. Sin embargo, los afectados tenían dificultades para aportar toda la documentación reclamada por Hacienda, ya que se trata de pagos realizados hace más de 45 años..

Tras la reclamación, la Agencia Tributaria acordó que sería suficiente con que los los afectados acreditasen su vida laboral entre 1967 y 1978, pero esta decisión cambió cuando la ley para fijar un impuesto mínimo global a las empresas multinacionales introdujo una disposición para modificar las normas de reintegro de las devoluciones a los mutualistas.

Estaos cambios normativos suponían trabas para que los mutualistas recibieran el dinero que les pertenecía por haber pagado de más en el IRPF, por ello tanto el PP como Sumar presentaron sus críticas al Gobierno. Finalmente, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció otro cambio en la normativa, por el que los mutualistas recibirían “de una vez y en un solo pago” el dinero que les correspondía.

El formulario para las devoluciones sigue vigente

El documento para solicitar la devolución del IRPF de los ejercicios de 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos, que abrió el 2 de abril de 2025, sigue activo en la web de la Agencia Tributaria y en su aplicación móvil.

Los interesado deberán acceder al apartado Mutualistas: solicitudes de devolución y completar el formulario, donde deberá identificarse y aportar la documentación que sea necesaria para cada caso. El sistema de la Agencia se encarga de calcular de manera automática la cantidad a devolver para cada persona. Quienes ya presentaron el escrito no deben volver a rellenarlo.