El pasado 19 de junio, tres organizaciones ambientales presentaron una demanda judicial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la provincia de Santiago del Estero y el Estado Nacional. La acción, impulsada por Aves Argentinas, la Fundación Vida Silvestre Argentina y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), denuncia el grave daño ambiental colectivo generado por la obra pública conocida como “Nuevo Canal de la Patria”, construida en el norte del país para abastecer de agua a zonas rurales.

Según estas entidades, el canal de hormigón, que atraviesa 250 kilómetros desde el río Salado hasta la localidad de Quimilí, fue mal diseñado: sus paredes lisas e inclinadas impiden que los animales que caen accidentalmente puedan salir, convirtiéndolo en una “trampa mortal”.

“La demanda por daño ambiental se funda en una obra pública que ha sido mal diseñada (nunca se tuvo en cuenta los efectos graves que produce sobre los animales y la biodiversidad) y luego de construida nunca fue monitoreada ni corregida”, dice José Esain, abogado de la organización Aves Argentinas.

El mapa del canal (site.panedile.com)

“Una trampa mortal”

“El canal fue diseñado para abastecer agua para consumo humano y desarrollo ganadero. Fue construido por medio de una excavación en tierra a fines de los ‘70, pero no cumplía sus objetivos por tener deficiencias técnicas y falta de mantenimiento”, dice un comunicado conjunto de las organizaciones ambientalistas.

También explica que por causa de esas deficiencias, e intento de subsanarlas, durante 2020 el Gobierno de Santiago del Estero, con financiamiento del Estado Nacional, construyó un nuevo canal que abarca unos 180 kilómetros, desde su toma de agua en el río Salado hasta la localidad de Quimilí; y sumaron un segundo ramal que eleva su extensión a 250 km totales.

Pero lo que parecía ser una solución definitiva se convirtió en todo lo contrario. “Fue diseñado con paredes de hormigón resbaladizas e inclinadas, convirtiéndose en una trampa mortal para animales y un peligro para las personas», explican los ambientalistas.

Cientos de animales caen al intentar cruzar o cuando buscan tomar agua, al no poder salir, mueren ahogados. Aunque el canal cuenta con algunos dispositivos como esclusas o escaleras, no son suficientes para que los animales puedan salir del canal, especialmente los de tamaño mediano o pequeño.

Diseñado con paredes de hormigón resbaladizas e inclinadas, convirtiéndose en una trampa mortal para animales y un peligro para las personas, explican los ambientalistas (Angela Galarza / Reporte Ciudadano)

“Esto es especialmente crítico, dado que la obra se ubica en la ecorregión del Chaco Seco, una de las regiones más amenazadas del planeta: está entre los sitios con mayor deforestación del mundo y los niveles más altos de degradación ambiental. Además, particularmente, Santiago del Estero lideró la deforestación a nivel nacional entre 2009 y 2023: en ese período, el 27.9% de la deforestación en Argentina ocurrió en la provincia, donde se desmontaron 1.223.750 hectáreas de bosques nativos. De esta forma, las especies ya presionadas por este grave contexto ahora encuentran otra amenaza para su subsistencia», dicen desde las ONG.

Por eso, entre 2023 y 2025, Fundación Vida Silvestre Argentina, Aves Argentinas y el Centro para el Estudio y Conservación de las Aves Rapaces en Argentina (CECARA), realizaron numerosos viajes al territorio para hacer relevamientos que les permitieron documentar la muerte de más de 250 animales de al menos 40 especies —entre mamíferos, aves, reptiles y anfibios— en apenas seis meses.

Entre los afectados se encuentran especies en estado de conservación vulnerable, como el oso hormiguero gigante (Myrmecophaga tridactyla), la tortuga terrestre argentina (Chelonoidis chilensis), el pecarí de collar (Pecari tajacu) y el mataco bola (Tolypeutes matacus). Además, el canal actúa como una barrera física que fragmenta el hábitat, interrumpe el desplazamiento natural de la fauna y afecta el flujo genético de poblaciones aisladas, aumentando el riesgo de extinción local. A esto se suma el riesgo sanitario que representa la descomposición de animales dentro del cauce, lo que podría comprometer la calidad del agua que consumen las comunidades cercanas.

Un oso hormiguero que cayó en el canal (Angela Galarza)

Además de esas muertes, —aseguran—el canal fragmenta el hábitat, actuando como una barrera que “impide el desplazamiento natural de la fauna, limitando su acceso a recursos, aislando poblaciones y restringiendo el flujo genético, lo que aumenta la probabilidad de extinción local”. Es tan severo ese impacto que también atenta contra especies protegidas y declaradas monumentos naturales en provincias vecinas como Chaco, Formosa y Córdoba.

Según detallan, un factor de alta preocupación es la “potencial contaminación del agua”. “La gran mortandad de animales y su consecuente putrefacción dentro del canal podría alterar la calidad del agua. Esto representa un riesgo significativo para la salud pública de las poblaciones que dependen del canal para su consumo y abastecimiento”.

Las organizaciones que en junio interpusieron la demanda aseguran que ya agotaron todas las vías para que los organismos responsables adopten medidas correctivas, pero las respuestas fueron escasas e ineficaces después de que los animales comenzarán a morir en grandes cantidades.

El canal es una

La demanda

Ante la falta de respuestas efectivas —incluso luego de la Resolución N.º 53/24 emitida por la Defensoría del Pueblo de la Nación el 13 de diciembre de 2024, que intimó al gobierno nacional y provincial a adoptar medidas correctivas sobre la infraestructura—, las tres organizaciones presentaron la acción judicial ante la Corte tras múltiples advertencias e informes técnicos que no fueron respondidos con políticas eficaces.

Esa demanda cuenta con el respaldo de estudios científicos elaborados por especialistas de instituciones como la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA, la Universidad Nacional de Misiones, la Universidad Nacional del Comahue y el CONICET. En el escrito, solicitan la implementación de un Plan de Recomposición del ambiente afectado por el Canal de la Patria, que incluya el monitoreo sistemático para registrar muertes de fauna y el estado del agua; la zonificación del trazado mediante un mapa general que identifique tramos para entubamiento y localización de bebederos; el diseño y ejecución de obras de mitigación con plazos definidos; y la elaboración de un plan de gestión ambiental integral que permita evaluar resultados y aplicar correcciones.

El objetivo central es mitigar los daños sin afectar el abastecimiento de agua, evitando al mismo tiempo la extinción de especies amenazadas. Con esa meta, las organizaciones buscan que la Corte impulse soluciones de fondo, basadas en evidencia técnica y científica, y que el caso siente un precedente en materia de conservación ambiental y desarrollo sostenible. En ese sentido, advierten que el canal, tal como fue diseñado, representa un riesgo severo para la biodiversidad del Chaco Seco, una ecorregión crítica y con altos niveles de deforestación.

El canal (Denise Griguol)

“Esta es una obra pública mal diseñada y nunca monitoreada. El daño ambiental, conforme al artículo 41 de la Constitución Nacional, obliga a recomponer”, señaló José Esain, abogado de Aves Argentinas y patrocinante de la demanda. También remarcó: “El modelo de desarrollo sostenible, que es el programa ambiental constitucional, obliga a armonizar el desarrollo humano con la protección del ambiente y el Canal de la Patria es un buen ejemplo de esto: debe existir porque sirve para el desarrollo de la región del Chaco Seco, pero debe existir sin comprometer la biodiversidad de esa ecorregión».

Desde FARN, el coordinador de Legales, Cristian Fernández alertó que la infraestructura “fragmenta el hábitat y bloquea el movimiento natural de la biodiversidad chaqueña. Urge rediseñarla para garantizar el acceso al agua —como derecho humano fundamental— sin destruir la vida que depende de estos ecosistemas”. Para Manuel Jaramillo, director de Vida Silvestre, “el acceso al agua no puede garantizarse a costa de impedir la circulación de fauna nativa ni poner en riesgo a los animales domésticos. La calidad bromatológica del agua y la conservación de la naturaleza deben ser consideradas en el desarrollo de obras de infraestructura y en los estudios de impacto ambiental y mitigación que de ellas deriven”.

Por su parte, Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, remarcó que, si bien la obra busca mejorar el bienestar de las comunidades locales, “su diseño genera un grave perjuicio ambiental”. Ahora, será la Corte Suprema quien determine si la infraestructura vulnera principios constitucionales vinculados al ambiente y la biodiversidad.

Qué dice la Resolución 53/24

Con fecha del 13 de diciembre de 2024, la Resolución N.º 53/24 de la Defensoría del Pueblo de la Nación advierte sobre graves irregularidades e impactos ambientales derivados del “Nuevo Canal de la Patria” en Santiago del Estero. Señala que el Estudio de Impacto Ambiental fue aprobado sin evaluación técnica adecuada ni procesos de participación ciudadana, y que la autoridad provincial otorgó el Certificado de Aptitud Ambiental cuando la obra ya estaba en ejecución. Además, denuncia la muerte masiva de animales —incluidas especies en peligro de extinción—, la fragmentación de hábitats naturales y el riesgo sanitario derivado de la acumulación de cadáveres en el cauce, lo que podría afectar la calidad del agua.

Frente a este panorama, la Defensoría instó al gobierno nacional y provincial a realizar una evaluación externa e independiente sobre los impactos actuales y potenciales de la obra, y a implementar medidas urgentes para evitar nuevas muertes de fauna. También recomendó adoptar procesos de debida diligencia ambiental en todas las obras financiadas con fondos públicos, y establecer mecanismos de salvaguarda que permitan detectar y corregir daños ambientales durante todo el ciclo del proyecto. El organismo subrayó que la planificación y ejecución de infraestructura no pueden hacerse a costa de los ecosistemas ni de los derechos de las comunidades que dependen de ellos.

Como parte de su análisis, la Defensoría también cuestionó el rol del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), organismo nacional que financió la obra, por no haber evaluado debidamente los impactos ambientales ni haber exigido correctivos. Consideró que la omisión de las autoridades provinciales constituye una irregularidad grave que invalida el certificado ambiental y contraviene los principios constitucionales de prevención, precaución y recomposición. En ese sentido, esta resolución busca sentar un precedente en la obligación del Estado de asegurar que las obras públicas se desarrollen bajo estándares de sostenibilidad, transparencia y protección de la biodiversidad.