01/06/2023 Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones. ECONOMIA Carlos Luján - Europa Press

La campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024, a realizarse en 2025, llega con importantes modificaciones que afectan a diversos aspectos del proceso. Desde nuevos métodos de pago hasta cambios en los límites de ingresos y obligaciones para colectivos específicos, estas novedades están diseñadas para simplificar el trámite para algunos contribuyentes y ampliar las obligaciones para otros.

El período para presentar la declaración de la Renta comenzará el próximo 2 de abril de 2025 y finalizará el 30 de junio de 2025. Este plazo es ligeramente más temprano en comparación con campañas anteriores, permitiendo a los contribuyentes disponer de más tiempo para gestionar su IRPF y el impuesto sobre el patrimonio. Como en años previos, la presentación podrá realizarse por internet mediante el programa Renta Web o a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Nuevos métodos de pago: Bizum, tarjetas y más

Una de las novedades más destacadas es la ampliación de las opciones de pago. Por primera vez, los contribuyentes podrán pagar el importe de la declaración mediante Bizum, una alternativa rápida y ampliamente utilizada en España. Además, seguirán disponibles las transferencias bancarias y, como novedad adicional, el uso de tarjetas de crédito o débito. Esta medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, ofreciendo opciones más accesibles y alineadas con los hábitos digitales de los ciudadanos.

Límites de ingresos para la presentación: cambios significativos

  • Trabajadores con salarios inferiores a 22.000 euros

Para la campaña de 2025, se incrementa el límite de ingresos que exime de la obligación de presentar la declaración de la Renta. Las personas con un único pagador y rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales no tendrán que realizar este trámite.

En el caso de contar con dos o más pagadores, se eleva el límite de los ingresos provenientes del segundo y siguientes pagadores a 2.500 euros, frente a los 1.500 euros establecidos anteriormente. Este cambio pretende aliviar las obligaciones tributarias de los trabajadores con rentas más bajas y reducir la carga administrativa para este grupo.

  • Parados y beneficiarios de prestaciones por desempleo

A partir de 2025, las personas que reciban prestaciones por desempleo estarán obligadas a presentar la declaración de la Renta, incluso si sus ingresos no alcanzan el mínimo exento. Este cambio busca aumentar la transparencia y el control sobre las prestaciones, asegurando que se declare cualquier ingreso percibido por este concepto.

  • Justificación en el BOE

Estas modificaciones están respaldadas por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que señala que estas medidas tienen como objetivo principal reducir las obligaciones tributarias de los perceptores de rentas más bajas y ajustar la normativa a las necesidades actuales de los contribuyentes.

Otros puntos importantes

  • Campañas de información y soporte: Se espera que la Agencia Tributaria intensifique sus esfuerzos para informar a los contribuyentes sobre estas novedades.
  • Compatibilidad con la app móvil: La incorporación de Bizum y otras herramientas de pago será directamente accesible desde la aplicación oficial, agilizando los procesos para los usuarios digitales.
  • Subvenciones específicas: Además de las prestaciones por desempleo, cualquier otra ayuda o subvención percibida en 2024 deberá ser declarada según las condiciones generales del IRPF.