Juan Pazo y José Luis Espert presentaron el proyecto de ley hace algo más de dos meses

El Gobierno anunció a principios de junio un proyecto de ley de presunción de “inocencia fiscal” y a más de dos meses de ese anuncio la iniciativa ni siquiera empezó a ser discutida en el Congreso. Mientras, una de las medidas incluidas como la puesta en marcha de un esquema nuevo de impuesto a las Ganancias, arrancó con lentitud y cuenta con algo más de 10 mil inscriptos.

El titular de ARCA, Juan Pazo, y el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, José Luis Espert, presentaron el 5 de junio pasado el Proyecto del Principio de Inocencia Fiscal, que tenía como fin darle un marco jurídico amplio a una serie de medidas que semanas atrás había anunciado el Gobierno nacional, que relajaban el umbral a partir del cual el fisco realizaba controles automáticos de información para distintas operaciones como depósitos en bancos o compras.

A grandes rasgos, el texto de ley propuso cambios en los plazos de prescripción del delito de evasión tributaria a 3 años y limitaba la posibilidad de que ARCA inicie denuncias penales, aunque también eleva las multas por incumplimientos.

También se planteó un reajuste de los montos mínimos para configurar delitos penales tributarios. Por ejemplo, el umbral para fraude fiscal sube de $1,5 millones a $100.000.000, para apropiación indebida de tributos de $2 a $200 millones y para aprovechamiento indebido de beneficios fiscales de $100.000 a $10 millones.

En el Gobierno estimaban que la actualización de los umbrales por los cuales el fisco puede investigar el delito de evasión reduciría casi la totalidad de las denuncias actuales. En despachos oficiales mencionan que hay vigentes 6.652 denuncias penales, pero que con los nuevos montos, que empiezan en los 100 millones de pesos para la evasión simple, podrían quedar firmes algo menos de 200.

ARCA tuvo 10 mil inscriptos al régimen simpilficado de Ganancias

Para los especialistas, este proyecto de ley funcionaba como una suerte de “bloqueo” necesario en términos jurídicos para que una serie de medidas anunciadas anteriormente por el Gobierno para promover el uso de dólares no declarados empiecen a circular en la economía. Hubo, incluso, declaraciones de provincias en las que adherían a los principios de esta iniciativa, pero en el Congreso el tema quedó en un segundo plano y la cercanía de las elecciones postergó su discusión al menos hasta el fin de los comicios y a la espera de la nueva conformación del parlamento.

Régimen simplificado de Ganancias

Una medida asociada fue la puesta en marcha de un régimen simplificado de impuesto a las Ganancias. Según Juan Pazo, en declaraciones a A24, hubo algo más de 10 mil inscriptos en este esquema nuevo, una posibilidad que se abrió a comienzos de junio y que quedará abierta durante los próximos meses ya que opera para el ejercicio 2025 cuyas declaraciones juradas se presentan ante el fisco a mediados de 2026.

Si bien esa medida fue lanzada y ejecutada, restan algunas cuestiones puntuales para delimitarla que están o bien en el proyecto de ley presentada o con reglamentaciones adicionales que todavía restan ser publicadas. El proyecto enviado al Congreso delimita quiénes podría ingresar en el régimen nuevo de Ganancias y sería aplicable a personas humanas con ingresos de hasta 1.000 millones de pesos y patrimonio de hasta $10.000 millones.

Otro elemento que precisó el proyecto de ley tiene que ver con el criterio de “discrepancia significativa”, esto es, a partir de qué montos, ARCA podría considerar que hay una diferencia marcada entre la declaración jurada y lo que el fisco tiene como información sobre ese contribuyente. En resumen, esa discrepancia será considerada como tal si existiese una distancia de un 15% entre lo declarado y lo que estipula el organismo recaudador.

Respecto a la cantidad de inscriptos en los primeros dos meses de vigencia del régimen simplificado de Ganancias, esas 10 mil personas es una porción muy menor del universo potencial. Según estima Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, “son pocos”, considerando que, de acuerdo a sus cálculos en base a los últimos datos en detalle que datan de 2022, hay al menos unos 400 mil autónomos que presentan declaración jurada de Ganancias y otros entre 400 mil y 900 mil trabjadores en relación de dependencia.

Juan Pazo junto al equipo económico y Manuel Adorni, en ocasión de la presentación de las medidas para el uso de dólares bajo el colchón

De todas formas, dijo Domínguez, “la información que ARCA tiene que poner respecto a la declaración jurada en el micrositio de su web no está. Entonces la realidad es que no se sabe bien cómo es el procedimiento de presentación. Se sabe que no va a ir ni el consumido ni los bienes en el país exterior del año anterior ni siguiente”, mencionó ante Infobae.

“No hay apuro en adherirse porque hay tiempo hasta antes de la presentación de la declaración jurada en junio del año que viene. Entonces es como que la mayoría de la gente no se ha adherido, no porque el régimen no le interesa sino porque no sabe bien cómo es, quiere ver y hay tiempo”, concluyó.

Una de las modificaciones prometidas tenía que ver con una reglamentación para incluir a las ganancias obtenidas no solo de fuente argentina sino también extranjera. En un decreto inicial, el Gobierno había restringido el alcance del esquema a las rentas de fuente argentina, pero el proyecto de ley no repitió esa limitación.

ARCA prevé, y fuentes del fisco reiteraron que aún está en preparación, una normativa complementaria que se publicará para incorporar también las ganancias generadas en el extranjero. El inconveniente es que, mientras el fisco cuenta con información interna sobre los contribuyentes para determinar el monto del impuesto en la declaración jurada, no sucede lo mismo con los ingresos provenientes del exterior.

ARCA inauguró un régimen nuevo de Ganancias que comenzará a utilizarse en 2026 (Foto: ARCA)

Por definición, cuando un exportador presta servicios desde Argentina y factura al exterior, esa renta se considera de fuente argentina. Solo se clasifica como renta extranjera a los beneficios derivados de inversiones realizadas fuera del país de las que el contribuyente obtiene rendimientos.

No obstante, debido a las restricciones cambiarias de los últimos años, muchos de los que facturan en el exterior terminaban recurriendo a mecanismos financieros alternativos para acceder a las divisas, lo que los posicionaba —según el criterio de ARCA— como contribuyentes con ingresos en el exterior.

En muchos casos, esas personas optaban por mantener los dólares fuera del país e invertirlos en activos como acciones o criptomonedas, que pueden generar dividendos o rendimientos. Esas ganancias, al tratarse de distribuciones, pasan a considerarse rentas del exterior. Por ese motivo, quedarían excluidos del régimen simplificado del impuesto a las Ganancias hasta tanto se publique la nueva normativa.

El uso de dólares en las transacciones minoristas habituales no terminó de despegar con fuerza en lo que va del año, a pesar de distintas medidas y declaraciones de intención del Gobierno de que la economía necesitaba remonetizarse con los dólares ya ahorrados. A fines de febrero, por ejemplo, implementó reglamentaciones para permitir el cobro con dólares en todos los comercios.

Según datos del Banco Central, se registraron en junio 1,5 millones de transacciones en dólares por un monto de USD 2.373 millones, un aumento de 46% interanual. En febrero mismo, antes de la puesta en marcha de esa autorización, se habían registrado 1,9 millones de operaciones por USD 2.947,1 millones.