La Cámara Nacional Electoral determinó que los fondos que dijo que aportó el empresario de la construcción Angelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri, a la campaña electoral del Frente para la Victoria no fueron detectados en los informes de gastos de esa campaña.

Calcaterra viene diciendo que los pagos que efectuó a funcionarios del kirchnerismo no eran coimas para mantener sus contratos de obra pública, sino aportes de la campaña electoral. Tal es así que la Cámara de Casación resolvió que la causa por esos pagos debe tramitar en la Justicia electoral. La fiscalía de Raúl Pleé apeló esa medida y la Casación analiza ahora si la mantiene o la revoca.

El empresario Ángelo Calcaterra

Ahora, la Cámara Electoral, que analiza la legalidad de la rendición de gastos de la campaña del Frente de Todos de 2015 terminó de revisar esos pagos y concluyó que no hay pruebas de aportes de campaña por parte de Calcaterra y de Javier Sánchez Caballero, su exejecutivo.

Se trata de la campaña a la cual -en el proceso penal conocido como la causa de los cuadernos de las coimas– Calcaterra y Sánchez Caballero dijeron haber aportado los fondos que motivaron su imputación por el delito de cohecho.

La Cámara Nacional Electoral destacó que -más allá de las consideraciones que podrían hacerse sobre la decisión de Casación,- es fundamental tener en cuenta que, según lo dicho en el proceso penal, se habrían hecho aportes de campaña en negro, en forma subrepticia, en múltiples ocasiones y por montos millonarios.

La Cámara ya había dictado una sentencia en 2018 desaprobando la rendición de cuentas del Frente para la Victoria, pero ordenó profundizar la investigación sobre la legalidad de los fondos recibidos y los gastos realizados.

Ahora que el caso retornó para su revisión, señaló que tras nueve años de investigación, no se ha hallado ningún elemento concreto que vincule las deficiencias en las rendiciones de cuentas del Frente para la Victoria 2015 con los desembolsos de Calcaterra y Sánchez Caballero.

La sentencia del máximo tribunal electoral, firmada por Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, estableció que las medidas no permiten afirmar que los fondos que motivaron la acusación penal por el caso cuadernos hayan sido utilizados en la campaña electoral.

Entre los argumentos que respaldan esta conclusión, se detallan las tareas del Cuerpo de Auditores Contadores (dependiente de la Cámana Nacional electoral) para evaluar los ingresos y gastos de campaña.

Se realizaron auditorías en las que se recabaron datos de diversas fuentes mediante diferentes técnicas, como monitoreos en Internet y redes sociales, auditorías de publicidad, y circularización a terceros. Con esa información, se cruzaron datos y documentos para detectar movimientos de fondos que no coincidan con la rendición de cuentas.

En el caso, entre otras medidas, se pidieron a la Cámara de Casación las evidencias (testimonios y documentos) en los que se basó para considerar como aportes de campaña los desembolsos de Calcaterra y Sánchez Caballero. Sin embargo, esos elementos no fueron presentados.

Asimismo, se resalta que la actuación de la jueza de primera instancia María Servini, del fiscal electoral Ramiro González y de las partes evidencia la falta de elementos que sustenten la hipótesis de que los desembolsos fueran aportes para la campaña electoral.

En relación con el avance de la causa penal, los jueces aclararon que una posible conexión entre el financiamiento de actividades partidarias y hechos investigados como delitos — basada en las afirmaciones de los imputados — no impide la prosecución del proceso penal.

Al respecto, explicaron que la competencia electoral en el control de las rendiciones de cuentas partidarias no implica la privación de respuesta penal a delitos comunes asociados a irregularidades en las rendiciones presentadas.