SBS avanza en el proceso de intervención de dos cooperativas y decide disolverlas. - Crédito Composición Infobae/Andina

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) continúa con el proceso de fiscalización a cooperativas de ahorro y crédito. Tras haber intervenido dos de ellas, ahora ha decretado la disolución de estas entidades financieras, una que se localiza en Cusco y otra en Chancay.

La institución ha tomado la decisión tras no levantarse las causales que dieron origen a su intervención. Para una muestra de su impacto en los ahorros: mientras la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credysolución reportó un patrimonio negativo de -S/400 mil 112,14, para la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay este fue de -S/3 millones 791 290,57. Sin embargo, las coopac aún no desaparecerán del todo, sino que pasarán por un proceso de liquidación antes.

“Conforme al numeral 9.6 del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, la resolución de disolución no pone término a la existencia legal de la COOPAC, la que subsiste hasta que concluya el proceso liquidatorio o quiebra y, como consecuencia de ello, se inscriba su extinción en el Registro Público correspondiente”, señalan las dos resoluciones que disuelven estas empresas.Anteriorente, la Resolución SBS 03997-2024 formalizó el régimen de intervención a Credi Chancay. - Crédito Composición Infobae/Andina/Credi Chancay

SBS disuelve coopac de Chancay

Como se recuerda, en noviembre el 2024, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) decidió intervenir la Cooperativa de Ahorro y Crédito (Coopac) Credi Chancay, debido a la pérdida total de su capital social y reserva cooperativa.

Según la SBS, la cooperativa fue solicitada a presentar sus estados financieros correspondientes a los meses de junio y julio de 2024, como parte de las inspecciones regulares. En abril de este año, Credi Chancay reportó un saldo en caja de S/ 4,4 millones y un patrimonio contable de un S/ 1 millón. Sin embargo, al cierre de junio, la situación cambió, y la entidad presentó un saldo en caja de solo S/ 444, cuentas por cobrar por S/ 4,5 millones y un patrimonio contable de S/ 907.364.

Así, dado que vención el plazo para que los socios de la coopac acrediten su levantamiento de las observaciones que dieron origen a las causales y la intervención, la entidad ha sido excluida del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, y se ha declarado su disolución.

La SBS ha disuelto más de 30 cooperativas, cuidando el ahorro de los ciudadanos. - Crédito Composición Infobae/Andina/rangizzz-Fotolia

SBS también disuelve coopac de Cusco

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) también disolvió la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credysolución, por no levantar las observaciones que llevaron a esta institución a intervenirla por encontrarse incursa en la causal de “pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa”, establecida en la Ley General.

La Coopac se encontraba listada en el registro de la SBS desde el 5 de julio de 2019, y es de Cusco provincia. Pero al 30 de junio de 2024, en base de la información financiera reportada por la Cooperativa y la acción de supervisión de la SBS, se detectó que su patrimonio negativo ascendía a -S/400 mil 112,14, lo que mostraba “la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa”.

“Ante esta situación, corresponde a esta Superintendencia disponer la intervención de la COOPAC Credysolución y adoptar las acciones necesarias, conforme al marco legal y regulatorio vigente, a fin de, entre otros, proteger los intereses de los socios de la Cooperativa”, señaló la SBS en su momento.

Ahora tras no haberse aclarado las observaciones no solamente esta entidad será disuelta, sino, como sucede con Credi Chancay, también será excluida del registro de la SBS. Sin embargo, se debe entender que esto no significa que ya se ponga término a la existencia legal de estas entidades. “Conforme al numeral 9.6 del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, la resolución de disolución no pone término a la existencia legal de la COOPAC, la que subsiste hasta que concluya el proceso liquidatorio o quiebra y, como consecuencia de ello, se inscriba su extinción en el Registro Público correspondiente”.