Hace unos días se dio a conocer que los migrantes que llegaron a Estados Unidos bajo el permiso de permanencia temporal o parole para ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela podrían ser deportados, debido a que la Administración de Joe Biden no renovará el plazo establecido de dos años de estancia. Sin embargo, existen opciones con las que pueden regularizar su estatus.

El programa fue implementado por el gobierno de EE.UU. en abril de 2022 para ucranianos que huían de la guerra. En octubre de ese mismo año, los venezolanos fueron incluidos. En tanto que, para los primeros meses de 2023 sumaron a cubanos, haitianos y nicaragüenses. Esa es la razón por la que los nacidos en Venezuela serán los primeros afectados por la determinación de no otorgar más tiempo de estancia legal.

Los nacionales de Venezuela y otros países latinoamericanos pueden solicitar entrar a Estados Unidos con un parole

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que los extranjeros que estén en Estados Unidos después de que se haya cancelado su parole, por lo general, son remitidos al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) para procedimientos de inmigración, lo que podría tratarse de una deportación.

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Armando Olmedo, consejero legal de inmigración de Televisa Univision, destacó que el programa no ha sido eliminado, y sigue vigente. “Lo que ha sucedido es que se van a cumplir dos años del primer grupo que recibió el beneficio, que son los venezolanos”, precisó. Debido a que son los primeros que deben buscar ajustar su estatus migratorio, estas son las opciones que podrían usar:

1. Estatus de Protección Temporal

Los venezolanos que ingresaron a EE.UU. antes del 31 de julio de 2023 califican para el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), pero quienes hayan llegado después de esa fecha no.

Los venezolanos que ingresaron a EE.UU. antes del 31 de julio de 2023 califican para el Estatus de Protección Temporal (AP Foto/Marco Ugarte, Archivo)

El secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puede designar un país al TPS debido a condiciones en dicha nación que impidan a los ciudadanos regresar de manera segura, y Venezuela es una de esas naciones. El Uscis es quien se encarga de procesar las solicitudes a los migrantes elegibles que ya están en EE.UU.

Para conservar la protección, el beneficiario debe volver a registrarse durante cada periodo de reinscripción.

2. Matrimonio

Una green card o residencia permanente por matrimonio permite a la pareja de un ciudadano o residente estadounidense vivir y trabajar legalmente en el país.

3. Petición de familiar

El Uscis señala que el formulario I-130, pedido de Familiar Extranjero, lo puede utilizar un ciudadano estadounidense o residente permanente legal que necesita demostrar la relación cualificada que tiene con un familiar elegible, al que se le denomina “el beneficiario” que desea inmigrar o permanecer en Estados Unidos y solicitar green card.

“En muchos de estos casos son personas que al pedirles el parole ya tenían un proceso establecido en sus países, o sea, ya había comenzado una petición de familia”, explicó Olmedo.

Los beneficiarios del parole pueden optar por otras vías legales para quedarse en EE.UU.

4. A través de un empleador

El Uscis señala que: “Un empleador estadounidense puede patrocinar a un extranjero dentro o fuera de Estados Unidos que cualifique bajo una o más de las categorías de visas de inmigrante basadas en empleo (EB, por sus siglas en inglés)”. Generalmente, el formulario I-140 se puede utilizar para solicitar que un trabajador extranjero se convierta en un residente permanente legal de EE.UU.

5. Asilo

Los extranjeros también pueden llegar a calificar para el asilo si demuestran que han sido víctimas de la persecución o tienen un “temor creíble” de regresar a su país por circunstancias como: la opinión política, la religión, la pertenencia a un grupo social particular, o la raza.

Para utilizar esta vía, el migrante debe presentar el formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, dentro del plazo de un año a partir de la fecha de llegada a Estados Unidos.