A partir del 30 de marzo, el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez implementará nuevos requisitos migratorios, los cuales serán aplicados tanto a nacionales como extranjeros. La Superintendencia Nacional de Migraciones ha oficializado estas medidas, que incluyen el prerregistro migratorio, el enrolamiento biométrico y el control secundario más riguroso en casos de irregularidades. Estas exigencias buscan agilizar los procesos migratorios, reforzar la seguridad y prevenir fraudes documentales, mejorando la experiencia tanto para los pasajeros como para las autoridades.
Además, los nuevos requisitos abarcan normas específicas para los menores que viajan al exterior, así como para los residentes extranjeros que desean mantener su calidad migratoria. En el caso de los residentes que permanezcan fuera del país por más de 183 días consecutivos, se requerirá una autorización de estadía fuera del país para evitar la pérdida de su residencia.
¿Cuáles son los nuevos requisitos migratorios para viajeros en el Perú?
Los nuevos requisitos para los viajeros que ingresen o salgan del Perú, establecidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones, incluyen varias medidas que buscan agilizar y fortalecer el control migratorio. Entre las principales exigencias se encuentran el prerregistro migratorio, el enrolamiento biométrico y el control secundario.
En cuanto al prerregistro, tanto nacionales como extranjeros deberán llenar un formulario, que estará a disposición de las plataformas digitales habilitadas por Migraciones, con un plazo de 48 horas antes de su viaje y antes de pasar por los puestos de control migratorio.
El enrolamiento biométrico será otro de los pasos obligatorios. Este registro, tanto para peruanos como para extranjeros, tiene como objetivo reforzar la seguridad y prevenir fraudes documentales. Además, los oficiales migratorios contarán con la facultad de realizar un control secundario más riguroso en casos de sospecha de irregularidades, lo que incluirá la posibilidad de solicitar apoyo policial si se detectan inconsistencias o situaciones sospechosas.
Adicionalmente, los viajeros deberán cumplir con diversas normativas, como presentar documentos válidos (por ejemplo, pasaportes con al menos seis meses de vigencia) y comportarse adecuadamente en los puntos de control. Las empresas de transporte internacional también deberán adherirse a estas nuevas disposiciones. En caso de no cumplir con estas exigencias, Migraciones podrá aplicar las sanciones correspondientes según el Decreto Legislativo N° 1350, que incluyen multas y la expulsión del país.
Estos son los nuevos requisitos para que menores viajen al exterior
Para que un menor de edad, ya sea nacional o extranjero con residencia en el Perú, pueda viajar al exterior, deberá contar con una autorización notarial de viaje válida por 90 días o una autorización judicial. Sin embargo, esta autorización no será necesaria si el menor viaja con ambos padres. Tampoco se requiere si viaja con el padre o madre sobreviviente, en cuyo caso debe presentar el acta de defunción del progenitor fallecido y el acta de nacimiento del menor.
Si el menor ha sido reconocido por solo uno de los padres, podrá viajar con el progenitor que lo reconoció, siempre y cuando se presente una copia simple del acta de nacimiento.
Además, si el menor es peruano, reside en el extranjero y estuvo en el Perú por menos de 183 días, no será necesario contar con una autorización notarial. En este caso, el menor deberá presentar su pasaporte emitido por el país de residencia, su carné de extranjería o algún otro documento oficial que acredite su residencia en el extranjero.
Requisitos para mantener la calidad migratoria de los residentes extranjeros
Los extranjeros con residencia en Perú que permanezcan fuera del país más de 183 días consecutivos en un año, o los residentes permanentes que superen los 365 días en dos años, deberán obtener una autorización de estadía fuera del país para mantener su calidad migratoria.
Si no cuentan con esta autorización, perderán su residencia y solo podrán ingresar al país con una visa diferente, advirtió el estudio Olaechea al diario El Peruano.
El bufete también aclara que si la residencia vence mientras el extranjero está fuera del país, podrá ingresar con la residencia vencida siempre que no haya superado los 183 días fuera del territorio peruano o tenga la autorización correspondiente. En caso de que un extranjero sea inadmitido, será reembarcado en coordinación con las empresas de transporte internacional. Además, se precisa que los extranjeros mayores de edad que excedan su tiempo de permanencia en el Perú deberán pagar una multa antes de salir del país, excepto los ciudadanos ecuatorianos.