Juan Daniel Oviedo, exdirector del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) y excandidato a la Alcaldía de Bogotá Juan Daniel Oviedo, que oficiaba como concejal de Bogotá gracias al Estatuto de la Oposición, ya no podrá seguir ejerciendo como cabildante distrital. Y todo tras la decisión tomada en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que tumbó su posesión en el órgano legislativo distrital.
De acuerdo con el tribunal, que había admitido el proceso en contra del concejal en febrero de 2024, Oviedo incurrió en una inhabilidad al contratar con el Estado en un periodo no menor a un año, antes de asumir como concejal. Decisión que difiere de lo determinado en su momento por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que en decisión del 26 de septiembre de 2023, a menos de un mes para los comicios del 29 de octubre del mismo año, salvó en su momento la candidatura del aspirante independiente.
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En ese sentido, se ordenó la cancelación de la credencial del político para el periodo 2024-2027; aunque tal decisión parece haber acelerado la intención del estadístico de abandonar el Concejo, pues su intención sería aspirar a la presidencia en la jornada que se lleve a cabo el último domingo de mayo de 2026. La demanda contra la curul de Oviedo fue interpuesta por el abogado Luis Humberto Guidales, de la Veeduría Transparencia Electoral; el mismo que había acudido al tribunal electoral sin éxito.
“Declárase la nulidad parcial del acto electoral mediante el cual se declaró al señor Juan Daniel Oviedo Arango como Concejal de Santa Fe de Bogotá Distrito Capital, por el grupo significativo de ciudadanos ‘Con Toda por Bogotá’, para el periodo constitucional 2024-2027, contenido en los formularios E-26 ALC y E-26 CON expedidos por la Comisión Escrutadora el 8 de noviembre de 2023; de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, se leyó en el referido fallo.
¿Por qué se cayó la curul de Juan Daniel Oviedo como concejal de Bogotá?
La determinación tiene su origen en el contrato que firmó Oviedo el 20 de junio de 2023 por el alquiler al Fondo Nacional de Garantías (FNG), de una oficina de 89 metros cuadrados que la entidad utilizaba como bodega. Aunque en su defensa el joven político indicó que no estaba recibiendo ningún tipo de beneficio político, a juicio del tribunal, en su sección primera, se encontraron méritos suficientes para declarar nula su presencia en el cabildo.
“La nulidad electoral es de carácter objetivo, pues revisan si hizo o no hizo la acción. Y la acción la hizo, que fue firmar el contrato. Por consiguiente, lo que hace el tribunal es revisar si reúne los requisitos y por esta razón, se le da la nulidad electoral al señor Oviedo por haber incurrido en esta prohibición de la firma del contrato dentro del tiempo inhabilitante”, expresó Guidales, al ser consultado por Infobae Colombia.
Este es el segundo concejal del país que, posesionado por la vía del Estatuto de Oposición, que pierde su presencia en la entidad. El primero fue Juan Carlos Upegui, segundo en las elecciones a la Alcaldía de Medellín, que ganó Federico ‘Fico’ Gutiérrez, y que alcanzó a ejercer como cabildante opositor en la capital antioqueña; sin embargo, el Tribunal Administrativo de Antioquia tumbó su llegada, debido a que incumplió con uno de los requisitos en su campaña: que ninguno de sus familiares en primer grado de consanguinidad haya sido designado en un cargo de administración, un año antes de la jornada electoral.
Ahora lo que viene es la apelación del equipo jurídico del concejal Oviedo; con ello, se continuaría con el proceso en el Consejo de Estado, ente que entraría a tomar una decisión de fondo sobre el particular.