Una de las noticias de la jornada del 18 marzo es el día cívico decretado por el presidente Gustavo Petro para que trabajadores salieran a manifestarse a favor de la reforma laboral planteada desde el Ejecutivo.
En declaraciones a RCN Radio, Gustavo Bolívar, director del Departamento de Prosperidad Social, se refirió a la presencia de manifestantes en las calles.
“El Congreso tiene que mirar esta movilización y tomarla en serio, porque lo que le está diciendo el pueblo al Congreso es que no los representan. Lo que están haciendo es legislar para unos poderes, para unas élites, para sus financiadores. Esto es una notificación de que la gente está inconforme con sus decisiones. Hay gente para llenar la Plaza de Bolívar tres veces si quieren”, señaló.
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Para ese mismo medio también habló Martha Carvajalino, ministra de Agricultura que, mientras caminaba con la marcha, expresó:
“Estamos acompañando a la ciudadanía en una convocatoria legítima para que se discuta la reforma laboral, para que en caso de que el Congreso la archive los derechos de los trabajadores y los aprendices lleguen a la consulta popular”, expresó Carvajalino.
Iván Velásquez, exministro de Defensa, dio a conocer las razones por las que salió a marchar: “Porque creo en las reformas, porque creo que con la participación del pueblo esas reformas saldrán adelante, porque es el apoyo a la participación ciudadana en los asuntos del Estado, porque estoy de acuerdo con la consulta popular”, señaló.
Así se decretó el día cívico
Por intermedio del decreto 0302, firmado por el jefe de Estado, además de los ministros del Interior, Armando Benedetti; el de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo; del titular de la cartera de Trabajo y director (e) del Departamento Administrativo de la Función Pública, Antonio Sanguino, y de Educación, Daniel Rojas Medellín, se reglamentó la declaratoria en mención, que cobijará a las instituciones del orden público.
“Declarar como ‘Día Cívico para la Participación Ciudadana’ el próximo 18 de marzo de 2025, con motivo de garantizar el legítimo derecho de la ciudadanía de expresarse públicamente en favor de las reformas sociales que mejoren su vida y garanticen su dignidad”, se leyó en el documento en mención, con el que establecieron los términos en los que se adelantará el día.
Según se indicó, las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como del descentralizado, deberán tomar las medidas necesarias para que sus servidores públicos puedan suspender sus actividades laborales y la atención al público. Como resultado, el 18 de marzo de 2025 será considerado un día no hábil en el ámbito laboral.
“Se exhorta a las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, a los entes autónomos y a las Ramas del poder legislativo y judicial, y a la ciudadanía en general a acoger lo dispuesto en el presente decreto, siendo autónomas en decidir si establecen como día no hábil el 18 de marzo de 2025, en el marco del Día Cívico para la Participación Ciudadana”, se expresó en el decreto. Así, se deja claro que no será una medida vinculante, sino que dependerá de cada entidad si se acoge o no a la medida.
¿Qué entidades no podrán sumarse al Día Cívico?
De acuerdo con lo que se precisó en el documento, los funcionarios y entidades responsables de la prestación de servicios públicos esenciales, como policía, salud pública, emergencias, atención y prevención de desastres, movilidad, seguridad y orden público, deberán continuar con sus funciones de manera habitual, sin interrupciones.
En su argumentación, se expresó por parte del Gobierno nacional que en las elecciones del 19 de junio de 2022, “la ciudadanía en Colombia ejerció su derecho al voto y eligió un Gobierno con el compromiso de impulsar sus propuestas y llevar a cabo las reformas esperadas”.
Del mismo modo, citó la Sentencia C-045 de 1996, de la Corte Constitucional, en la que definió el orden público como “derecho ciudadano”; además de la Sentencia C-009 de 2018, en la que la Corte señaló que “la reunión y la manifestación en espacios públicos (. . .) constituyen un mecanismo útil para la democracia”. A su vez, el artículo 37 de la Constitución Política, en el que prevé el derecho fundamental a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente.