El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) tiene la facultad de embargar bienes de los contribuyentes que tengan deudas impagas. Sin embargo, existen normas que limitan esa potestad. La Carta de Derechos del Contribuyente es la que establece las cláusulas que deben respetarse en cada uno de los procesos.
Cuáles son los bienes que el IRS puede confiscar a los contribuyentes y cuáles están prohibidos tocar
Actualmente, el IRS se encuentra habilitado a tomar medidas para cobrar deudas tributarias. “Los contribuyentes tienen derecho a esperar que cualquier consulta, examen o acción cumpla con la ley y no sea más invasiva de lo necesario”, aseguran las autoridades.
La Carta de Derechos del Contribuyente es un documento pilar que destaca los 10 derechos fundamentales que tienen los contribuyentes al tratar con el Servicio de Impuestos Internos. Allí se detallan que tipo de bienes puede embargar el organismo y cuáles no:
- Entre las acciones posibles del IRS, se encuentra el embargo de salarios. Sin embargo, la cantidad retenida tiene un límite, ya que una parte no puede ser apropiada. La porción protegida equivale a la deducción estándar, más cualquier deducción por exenciones personales.
- El IRS no puede confiscar algunos artículos personales. En la página web oficial se detalla que libros de texto, ropa, correo no entregado y ciertas cantidades de muebles y artículos del hogar no pueden ser pedidas por el organismo.
- Una de las dudas más frecuentes entre los contribuyentes con deudas es si el organismo puede confiscar sus viviendas. Es importante saber que esta acción no es permitida en el “hogar principal”, sin la previa aprobación del tribunal. Para obtener ese permiso, se debe demostrar que no existen alternativas razonables de pago. Si hay formas viables de saldar la mora, un juez puede rechazar la solicitud.
Entre los derechos de los contribuyentes existe la negociación con el IRS para resolver deudas pendientes. Si las personas presentan una oferta de compromiso válida, pueden evitar el embargo. Si la oferta corresponde solo a la cantidad que se debe, no es necesario presentar ninguna documentación financiera.
El modus operandi del IRS en medio de una audiencia
Durante las auditorías, el IRS está obligado a “actuar con límites”. Por ley, las autoridades no pueden solicitar información sobre el estilo de vida de los deudores sin fundamentos claros. Las revisiones deben basarse solo en datos considerados relevantes.
En este sentido, aseguran: “Durante una audiencia de cobro, la Oficina de Apelaciones debe considerar si la acción propuesta por el IRS compensa la necesidad de una recaudación tributaria eficiente y garantiza que las acciones de cobranza no sean más invasivas para las personas de lo que es necesario”.
Las estafas más comunes en las que caen los deudores al IRS
El Servicio de Impuestos Interno reveló en su sitio web cuáles son las diversas estrategias fraudulentas relacionadas con reembolsos, créditos y pagos en las que caen muchos de los contribuyentes.
Una modalidad frecuente ocurre cuando delincuentes se hacen pasar por empleados del IRS a través de correo electrónico, llamadas telefónicas o WhatsApp. Exigen sumas de dinero bajo la advertencia de consecuencias legales y aseguran que la falta de pago provocará arrestos o deportaciones.
Además, los delincuentes intentan obtener datos bancarios o identificaciones personales con el fin de cometer fraudes financieros, por lo que muchas personas acceden a los pedidos en medio de la confusión y terminan con perdidas.