Esta será la primera vez que se utilizará una consulta popular para definir el futuro de las reformas - crédito Luisa González/REUTERS/César Carrión/Joel González/Presidencia de la República

En la noche del martes 11 de marzo de 2025, el presidente Gustavo Petro anunció una consulta popular para que los colombianos decidan si deben prosperar dos de sus iniciativas de gobierno: la reforma laboral y la reforma a la salud.

El pronunciamiento se debe al inminente hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado de la República, debido a que ocho senadores firmaron la ponencia de archivo de la iniciativa.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel.

La decisión del mandatario causó revuelo en el territorio nacional, debido a que esta es la primera vez que se utilizará este mecanismo para determinar el futuro de las reformas.

La consulta popular fue creada en la Constitución de 1991, pero se utilizó por primera vez en 1998. La última vez que se usó esta medida fue para llevar a cabo la ‘consulta anticorrupción’, promovida por la entonces senadora de la Alianza Verde, Claudia López.

Claudia López, exsenadora de Colombia y exalcaldesa de Bogotá - crédito Colprensa

La consulta popular tuvo como objetivo principal impulsar reformas legislativas para combatir la corrupción en el país, motivo por el cual propuso siete medidas específicas que buscaban mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública.

Entre estas medidas se incluyeron la reducción de salarios a altos funcionarios públicos, el fortalecimiento del control sobre los recursos del Estado, y la creación de un sistema más riguroso para castigar la corrupción.

Las votaciones se llevaron a cabo el domingo 26 de agosto de 2018. Y contó con el apoyo de partidos como Colombia Humana, Partido Liberal, Partido Conservador, Cambio Radical y Polo Democrático.

Claudia López, Angélica Lozano, Antonio Navarro y Antonio Sanguino, hoy ministro de Trabajo en el Gobierno Petro, entregaron en 2017 a la Registraduría 4.312.653 firmas para llevar a cabo la denominada ‘consulta anticorrupción’.

Angélica Lozano, senadora de Colombia por el partido Alianza Verde votando en 2018 en la 'consulta popular' - crédito Colprensa

El órgano electoral tuvo 45 días para confirmar la autenticidad de las firmas, que debía tener como mínimo 1.762.080 para convocar al pueblo colombiano a las urnas.

El 5 de junio de 2018, el Senado de la República aprobó con 84 votos positivos la consulta, que contó con el apoyo del Gobierno nacional.

Para que los siete puntos fueran aprobados, se necesitaba la participación de 12′231.314 de ciudadanos, es decir, la tercera parte del censo electoral. Asimismo, cada uno de los puntos debía tener 6′130.000 votos positivos.

Los siete puntos de la ‘consulta anticorrupción’ fueron los siguientes:

  • Reducir el salario de congresistas y altos funcionarios del Estado.
  • Cárcel a corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado.
  • Contratación transparente obligatoria en todo el país.
  • Presupuestos públicos con participación de la ciudadanía.
  • Congresistas deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión.
  • Hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y extinguirles el dominio.
  • No más atornillados en el poder: máximo tres periodos en corporaciones públicas.

De acuerdo con El Tiempo, la ‘consulta anticorrupción’ tuvo un costo de 310.479 millones de pesos en 2018.

La jornada electoral contó con la participación de 11.674.951, una de las más altas en Colombia. Para que la ‘consulta anticorrupción’ prosperara, faltaron cerca de 500.000 votos.

La Ley 134 de 1994 titulada “Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana”, se definió que la consulta popular se puede llevar a cabo cuando hay una decisión de trascendencia nacional, por lo que para el ámbito nacional, el Presidente de la República, junto con sus ministros y con el concepto favorable del Senado, puede promoverla.

La consulta popular no implica aprobar o rechazar normas específicas, sino tomar decisiones políticas que guíen la acción gubernamental - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

En ningún caso se podrán realizar consultas populares que modifiquen la Constitución, tampoco se puede convocar para aprobar un proyecto de articulado específico ni para convocar a una Asamblea Constituyente, a menos que se pretenda reformar la Carta Magna por el procedimiento del artículo 376 de la Constitución.

La norma también contempla consultas en el nivel departamental o municipal, en cuyo caso son los gobernadores o alcaldes quienes pueden convocar, con la autorización previa de las asambleas o concejos, según corresponda.