La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio que, dados los cambios que sufrió durante todo 2023, sigue generando dudas entre los dueños de autos y motos.
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Según el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el trámite deben hacerlo aquellos autos que tengan más de tres años de antigüedad de patentados o más de 60.000 kilómetros recorridos. En el caso de las motos, la deben realizar aquellas que tengan más de un año de patentamiento, radicadas en territorio capitalino.
Una vez que los autos 0km realicen su primera inspección, la VTV tendrá una vigencia de dos años. Pasado ese plazo, y siempre y cuando no hayan superado los 80.000km recorridos, volverán a tener una vigencia de dos años. En el mejor de los casos y sin haber superado el kilometraje mencionado, el trámite se volverá anual pasados los ocho años del patentamiento inicial.
Desde octubre, en la Ciudad de Buenos Aires se incorporaron otros vehículos al listado de exentos: los destinados a servicios municipales, unidades pertenecientes al cuerpo de bomberos, autos de personas con discapacidad, quienes deberán presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) para acceder a la exención, y jubilados, pensionados o mayores de 65 años que sean titulares de un vehículo y perciban hasta dos haberes mínimos jubilatorios.
En cuanto a la provincia de Buenos Aires, la norma tiene sutiles diferencias. El trámite lo tienen que hacer aquellos vehículos que tengan dos años de antigüedad o bien hayan superado los 60.000 kilómetros recorridos.
¿Qué te controlan en la VTV?
En la Verificación Técnica Vehicular se revisa: la emisión de gases, los ruidos del vehículo, el sistema de dirección y tren delantero, el frenado, el sistema de suspensión, el chasis, los neumáticos, las llantas, las luces, el kit de seguridad con el matafuego y la documentación del vehículo, entre otros ítems.
¿Cuándo me corresponde hacer la VTV?
El último número de patente coincide con el mes en el que hay que hacerla. Quedan afuera enero y diciembre, meses que se dejan libres para personas con la oblea vencida.
- Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
- Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
- Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
- Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
- Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
- Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
- Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
- Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
- Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
- Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre.