El personal de la Gendarmería Nacional recibe en enero lo indicado en la grilla de la última resolución emitida por el Ministerio de Seguridad. En el mencionado documento están detallados los sueldos según la jerarquía a partir del 1° de diciembre, por lo que los empleados del sector reciben el primer mes del año el mismo monto que el mes pasado.
A través de la resolución 1270/2024 se determinó el monto de los haberes de enero para las distintas categorías de esta fuerza de seguridad. “Fíjase, a partir del 1° de noviembre de 2024 y del 1° de diciembre de 2024, el haber mensual y los importes correspondientes al suplemento particular por funciones de prevención barrial y de la compensación por recargo de servicio para el personal con estado militar de gendarme en actividad de la Gendarmería Nacional”, detalla el artículo 1 de la normativa.
La resolución del Ministerio de Seguridad, que fue publicada en el Boletín Oficial el 27 de noviembre, indica el motivo del reajuste para determinados cargos: “Resulta necesario actualizar el valor de la compensación por “Recargo de Servicio” que percibe el personal de la Gendarmería Nacional, de la Prefectura Naval Argentina, de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Policía Federal Argentina”.
Además, se dieron a conocer los nuevos importes correspondientes al complemento por responsabilidad jerárquica que perciben el Director o la Directora Nacional y el Subdirector o la Subdirectora Nacional de la Gendarmería Nacional.
Salarios de Gendarmería Nacional: cuánto ganan en enero
El personal de la Gendarmería Nacional Argentina ganan en enero los siguientes montos, según el cargo que ocupen:
- Comandante general: $2.185.953,24
- Comandante mayor: $1.989.971,23
- Comandante principal: $1.786.451,45
- Comandante: $1.469.865,11
- Segundo comandante: $1.206.043,17i
- Primer alférez: $ 1.017.598,93
- Alférez: $903.970,09
- Subalférez: $821.791,00
- Suboficial mayor: $1.271.648,08
- Suboficial principal: $1.150.812,81
- Sargento ayudante: $1.046.193,47
- Sargento primero: $951.084,95
- Sargento: $864.622,68
- Cabo primero: $786.020,64
- Cabo: $714.564,17
- Gendarme: $649.603,81
- Gendarme II: $590.548,91
Cuánto ganan los gendarmes con funciones de prevención barrial en enero 2025
En tanto, los gendarmes que cumplan tareas de prevención barrial cuentan con un esquema suplementario especial para calcular sus ingresos:
- Comandante general: $912.265,41
- Comandante mayor: $793.275,92
- Comandante principal: $680.923,38
- Comandante: $587.004,62
- Segundo comandante: $501.710,71
- Primer alférez: $436.269,69
- Alférez: $400.248,10
- Subalférez: $370.597,94
- Suboficial mayor: $537.352,14
- Suboficial principal: $502.198,26
- Sargento ayudante: $469.345,71
- Sargento primero: $434.579,25
- Sargento: $391.514,41
- Cabo primero: $340.445,73
- Cabo: $318.174,02
- Gendarme: $297.359,12
- Gendarme II: $284.920,97
Requisitos de ingreso a la Gendarmería Nacional Argentina
- Ser argentino, nativo o por opción.
- Poseer el Documento Nacional de Identidad actualizado.
- Tener entre 17 a 25 años de edad al 31 de diciembre del año en curso de su postulación (los postulantes menores de edad deberán presentarse acompañados de ambos padres o tutores indefectiblemente, con documentación que lo acredite).
- Poseer una estatura: femenino: entre 1,60 y 1,85 cm y masculino: entre 1,66 y 1,95 cm.
Tatuajes permitidos:
- Todos aquellos que, sin ser ofensivos u obscenos, no estén reñidos con el uso del uniforme.
- Aquellos que puedan quedar disimulados o cubiertos mediante el empleo del uniforme de gimnasia (pantalón corto, remera mangas cortas con cuello redondo y/o medias).
- Aquellas marcas que se localicen a cinco centímetros por encima del pliegue del codo y que puedan ser cubiertas por la palma de la mano.
- Las marcas que se sitúen a cinco centímetros por encima de la rodilla y que puedan ser cubiertas por la palma de la mano.
Tatuajes no permitidos
- Aquellos tatuajes que sean visibles en rostro, cuello y/o cráneo, o en otra parte del cuerpo, que sean visibles circunstancialmente con el uso de cualquier uniforme reglamentario de la fuerza.
- En cualquier parte del cuerpo que no puedan ser cubiertos completamente por la palma de la mano y cuya interpretación de leyenda escrita o significado simbólico de los mismos impliquen: cualquier tipo de discriminación, obscenidades, ofensas, etc.
- Aquellos tatuajes que presenten las características señaladas precedentemente y que se encuentren en proceso de remoción.