La falta de acceso a condiciones adecuadas para la gestión menstrual continúa siendo un obstáculo significativo para la igualdad de género en Colombia. Según un documento oficial del Gobierno Nacional, esta problemática no solo afecta la salud y el bienestar de las personas menstruantes, sino que también genera barreras en el ámbito laboral, limitaciones salariales y discriminación.
El Ministerio de Minas y Energía implementó una medida que busca atender las necesidades de salud de las mujeres y personas menstruantes en el ámbito laboral.
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Es así como el organismo ha expedido una resolución que permite a estas personas trabajar desde casa hasta tres días al mes durante su periodo menstrual, siempre que exista una condición médica que lo justifique.
Durante el documento, el Ministerio explicó que de acuerdo con el marco legal establecido por la Constitución Política de 1991, los artículos 13, 25 y 49 garantizan la igualdad, el derecho al trabajo y el acceso a la salud.
En este contexto, la habilitación del trabajo remoto para mujeres y personas menstruantes se presenta como una solución que no solo mejora las condiciones laborales, sino que también promueve la equidad y protege el bienestar de este grupo poblacional.
¿Qué dice la resolución?
La Corte Constitucional, en su Sentencia T-398 de 2019, reconoció que la gestión de la higiene menstrual constituye un derecho fundamental. Este fallo resaltó que la menstruación ha sido históricamente un factor de discriminación, lo que exige la implementación de medidas que garanticen la igualdad de derechos.
“Reconoce que la falta de acceso a condiciones adecuadas para la gestión menstrual afecta el derecho al trabajo, generando barreras laborales y limitaciones salariales para las personas menstruantes”, dice en uno de los apartados del documento.
Además, la Corte destacó que este derecho no se limita exclusivamente a las mujeres, sino que también incluye a todas las personas que, independientemente de su identidad de género, experimentan este proceso biológico.
“Que en este sentido, la habilitación del trabajo en casa para quienes presenten sintomatologia que afecte su bienestar, debidamente certificada por el médico tratante de la EPS, constituye un mecanismo idóneo para promover la equidad y el bienestar en el entorno de trabajo”, agregó el documento.