El Gobierno oficializó el aumento para junio en las tarifas finales de gas natural por redes (Imagen Ilustrativa Infobae)

Con la llegada de junio, diversos servicios esenciales registraron aumentos que impactan directamente en el bolsillo de los consumidores. La electricidad, el gas, el transporte, los combustibles, el agua, la educación y los peajes aplicaron nuevas tarifas, algunas ya definidas por los entes reguladores y otras en proceso de implementación. Este jueves, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) aprobó una nueva metodología de ajuste periódico de tarifas para las diferentes distribuidoras de gas natural del país.

Entre ellas se encuentra Metrogas S.A., una de las principales distribuidoras de gas, que abarca la Ciudad de Buenos Aires y parte del Conurbano bonaerense.

La decisión, formalizada mediante la Resolución 363/2025, establece la actualización de los cuadros tarifarios que regirán para los usuarios residenciales y comerciales de la empresa a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

La resolución, firmada por el interventor del ENARGAS, Carlos Alberto María Casares, responde a las instrucciones de la Secretaría de Energía y del Ministerio de Economía, encabezado por el ministro que solicitó continuar con el sendero de actualización de precios y tarifas del sector energético para el mes de junio de 2025.

Los aumentos para junio son entre 2,6% y 2,8% promedio en las tarifas finales de gas natural por redes.

La premisa con la que trabaja la Secretaría de Energía es que los incrementos estén en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec y no tengan un gran impacto en el bolsillo de los hogares.






El texto oficial indica que “las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS)”.

La decisión se apoya en la Revisión Quinquenal de Tarifas (RQT) de Metrogas, que estableció un esquema de aumentos mensuales y consecutivos durante 31 meses, en línea con las directrices del Ministerio de Economía.

La resolución actual aprueba la segunda cuota de ese incremento, que se suma a la actualización de los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fijados por la Secretaría de Energía para los consumos realizados a partir de junio de 2025.

El ENARGAS también incorpora en la metodología de ajuste la reciente modificación del Numeral 9.4.1.1. de las Reglas Básicas de las Licencias (RBL), que permite la actualización mensual de las tarifas de transporte y distribución de gas, siempre que las licenciatarias presten su consentimiento. Metrogas ya manifestó su conformidad con este nuevo esquema. Según el documento, la autoridad regulatoria “establecerá un mecanismo no automático de adecuación con el objetivo de mantener la sustentabilidad económica-financiera de la prestación y la calidad del servicio”.

La premisa con la que trabaja la Secretaría de Energía es que los incrementos estarán en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec y no implicarán un gran impacto en el bolsillo de los hogares (Imagen Ilustrativa Infobae)

Durante la Audiencia Pública N° 106, celebrada el 6 de febrero de 2025, el ENARGAS presentó la propuesta de ajuste periódico, basada en una combinación de indicadores que reflejan la evolución de precios mayoristas y minoristas. Todas las licenciatarias del sector solicitaron la implementación de ajustes mensuales, lo que fue comunicado a la Secretaría de Energía. Posteriormente, modificó el marco regulatorio para habilitar estos ajustes, bajo los principios de gradualidad y previsibilidad, con el objetivo de evitar saltos tarifarios abruptos.

La resolución también instruye a Metrogas a reflejar en las facturas los nuevos precios del gas en PIST y las bonificaciones vigentes para los usuarios residenciales de los niveles 2 y 3, conforme lo dispuesto por la Secretaría de Energía. El texto aclara que “para el consumo base de los usuarios Residenciales Nivel 2 y Nivel 3 se aplicarán las bonificaciones establecidas, o las que se establezcan en el futuro, por la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº 465/24 al valor consignado a los usuarios Residenciales Nivel 1, como así también el límite de consumo de la categoría por sobre el cual se aplicará un precio diferenciado, si correspondiere”.

Las boletas de energía incluyen cuatro componentes: precio de la electricidad o gas, transporte, distribución e impuestos. El subsidio es la compensación del Tesoro, a través de Cammesa, a las generadoras por el costo de la energía que no pagan los usuarios. El esquema de segmentación vigente clasifica a los hogares en tres niveles: Nivel 1 (altos ingresos), que pagan el costo pleno; Nivel 2 (bajos ingresos), con mayor bonificación; y Nivel 3 (ingresos medios), con un descuento menor.