
Los parámetros que determinan quiénes deben pagar el Impuesto a las Ganancias se actualizaron de forma automática luego de la publicación del índice de inflación de diciembre. Esta actualización, que se aplicará durante el primer semestre del año, modifica los mínimos no imponibles y los valores a partir de los cuales empleadores deben retener el tributo de los salarios de los trabajadores en relación de dependencia.
Cabe recordar, que el Impuesto a las Ganancias no alcanza a todos los trabajadores. Solo está sujeto al tributo una vez que los ingresos superan cierto umbral o “piso”. Ese piso depende de la situación familiar del contribuyente y se calcula tomando en cuenta el salario bruto y luego restando aportes previsionales y otras deducciones personales.
Según las proyecciones elaboradas con los datos disponibles hasta ahora, para el período que va de enero a junio de 2026:
- Un trabajador soltero sin hijos estará alcanzado por Ganancias si su remuneración bruta supera los $2.998.725 mensuales, lo que equivale, tras deducciones, a un neto de $2.488.942.
- Un trabajador soltero con un hijo comenzará a pagar el impuesto cuando su salario en mano supere $2.692.757.
- Si tiene dos hijos, el umbral en neto se ubica en $2.896.573.
- Para un contribuyente casado con dos hijos, el piso neto se estima en $3.300.726.
Estos valores reflejan las cifras preliminares comunicadas por especialistas en impuestos y se basan en la actualización por inflación, aunque todavía están pendientes de publicación oficial por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Actualización automática por inflación
La normativa vigente establece ajustes semestrales de los mínimos no imponibles y las escalas de Ganancias en función de la inflación acumulada. El objetivo de estos ajustes es evitar que más trabajadores queden alcanzados por el tributo solo por el efecto de la inflación sin que sus ingresos reales aumenten proporcionalmente.
La inflación de diciembre de 2025 fue del 2,8%, lo que posibilitó aplicar un aumento del 14,2% en las escalas del Monotributo y en los parámetros de Ganancias tomando como referencia la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor en los últimos seis meses.

Si bien estos incrementos aún deben ser formalizados en el Boletín Oficial y publicados por ARCA, los especialistas coinciden en que las actualizaciones semestrales permiten ajustar los umbrales para seguir el ritmo de la inflación.
Aunque los nuevos valores se calculan en base a la inflación y a la normativa vigente, su aplicación efectiva depende de la publicación oficial de las tablas. Hasta que ARCA realice la difusión formal, los empleadores continuarán practicando las retenciones de Ganancias con los valores que estaban vigentes respecto al segundo semestre de 2025.
Una vez que ARCA publique los nuevos cuadros, las empresas deberán adecuar sus sistemas de liquidación de sueldos. Si en algún caso ya se practicaron descuentos con valores previos desde el 1° de enero de 2026, las firmas deberán recalcular y volver a liquidar lo retenido en exceso, generando devoluciones a los trabajadores cuando corresponda.
Cómo quedan las escalas del Monotributo
La actualización por inflación también impactó en las escalas del Monotributo, que se ajustan de manera automática dos veces por año. A partir de enero de 2026, los topes de facturación anual y los valores del impuesto integrado y de los aportes previsionales se incrementaron en línea con la variación del índice de precios acumulado en el segundo semestre de 2025.
De este modo, todas las categorías del régimen simplificado registraron un aumento del 14,2% en sus parámetros. Esto implica que los monotributistas pueden facturar más sin cambiar de categoría, siempre que no superen los nuevos límites establecidos para cada escala.
La categoría A mantiene el tope de facturación anual más bajo, mientras que la categoría K continúa siendo la de mayor límite permitido dentro del régimen. Además del incremento en los topes, también se actualizaron los importes mensuales a pagar, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y el componente destinado a la obra social.
Las nuevas escalas rigen desde el 1° de enero de 2026, aunque su aplicación práctica depende de la publicación oficial de las tablas actualizadas por parte de ARCA.