El próximo 5 de noviembre serán las elecciones presidenciales en Estados Unidos. En algunos estados, como Texas, es cultural y socialmente aceptable poseer armas de fuego. Para tal motivo, se debe adquirir una licencia especial denominada “Texas Handgun License”. Este documento con foto, como otros tantos, ¿sirve para emitir un sufragio?

Los votantes en Texas pueden usar su licencia de armas para identificarse en las urnas

Cuáles son los documentos válidos para votar en Texas

Votar en Texas requiere una identificación válida. Entre ellas, la licencia de armas de fuego es uno de los documentos aceptados como oficial para sufragar. Sin embargo, no es el único tipo de identificación y existen varias alternativas que los votantes pueden presentar al llegar a las urnas.

El estado de la Estrella Solitaria exige que los votantes presenten una identificación con fotografía aprobada para poder emitir su voto de manera regular. Según el Gobierno de Texas, hay siete tipos de documentos que cumplen con este requisito:

  1. Licencia de conducir emitida por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (DPS, por sus siglas en inglés)
  2. Certificado de identificación electoral emitido por el DPS
  3. Tarjeta de identificación personal emitida por el DPS
  4. Licencia de armas de fuego emitida por el DPS
  5. Tarjeta de identificación militar de Estados Unidos con fotografía
  6. Certificado de ciudadanía estadounidense con fotografía (no tiene fecha de vencimiento)
  7. Pasaporte de Estados Unidos, en formato de libro o tarjeta

Estos documentos permiten a los ciudadanos votar sin necesidad de realizar procedimientos adicionales. La mayoría de ellos deben estar vigentes, aunque se aceptan ciertos documentos expirados, dependiendo de la edad del votante. Por ejemplo, los ciudadanos de entre 18 y 69 años pueden presentar identificaciones que hayan expirado hasta cuatro años antes, mientras que los mayores de 70 pueden usar documentos caducados por más tiempo.

Los votantes sin una identificación válida pueden presentar una Declaración de Impedimento Razonable acompañada de un documento de respaldo

¿Qué pasa si un ciudadano no tiene una de las siete identificaciones aceptadas?

En el caso de los ciudadanos que no posean ninguna de las identificaciones mencionadas, o que no puedan obtener una, la ley permite el uso de documentos complementarios. Estos votantes deben presentar una “Declaración de impedimento razonable”, que es un documento firmado donde se explica por qué no pudieron obtener una identificación con fotografía válida.

Además de esta declaración, deben acompañar alguno de los siguientes documentos de respaldo:

  • Copia de un documento gubernamental con el nombre y la dirección del votante (incluyendo el certificado de registro electoral)
  • Factura de servicios públicos actual
  • Estado de cuenta bancario
  • Cheque del gobierno
  • Cheque de pago
  • Certificado de nacimiento original o copia certificada

En Texas, se aceptan varias formas de identificación con foto para votar, como la licencia de conducir o el pasaporte

Esta opción permite a los votantes participar en las elecciones sin la necesidad de una identificación fotográfica oficial, siempre que proporcionen una razón válida por la cual no pudieron obtenerla. El propósito es facilitar la participación electoral para quienes enfrentan obstáculos para cumplir con el requisito de la identificación fotográfica.

¿Qué pasa si olvido mi identificación el día de la elección?

Es común que algunos votantes olviden llevar su identificación el día de la votación. En este caso, si el sufragante posee una de las siete formas de documentación, pero no las tiene a mano, puede optar por votar de manera provisional. Es decir, la boleta quedará en espera y solo será contada si, dentro de los seis días siguientes, el ciudadano presenta su identificación en la oficina del registro electoral de su condado.

Otra opción es regresar al centro de votación antes del cierre de las urnas y presentar la identificación olvidada, lo que permite al ciudadano emitir su voto regular en lugar de uno provisional.