Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid tendrá que dirimir si el acusado de matar en abril de 2023 a su pareja con un destornillador en el transcurso de un rito esotérico estaba enajenado en el momento de los hechos, lo que podría llevar a eximirle de responsabilidad penal o a la reducción de la condena a imponer.

El juicio ha arrancado este lunes con la selección del tribunal de jurado. En su escrito, el fiscal solicita catorce años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y una eximente incompleta por alteración psíquica.

A su llegada, los letrados de la defensa y de la acusación particular han declinado realizar declaraciones a los medios. Previsiblemente, el abogado defensor se inclinará por solicitar una eximente completa por alteración psíquica.

El crimen se cometió después de haber ingerido el procesado sustancias tóxicas en un piso de Puente de Vallecas y en el transcurso de un posible rito esotérico. Esa misma mañana y antes del crimen, el acusado grabó y difundió en redes sociales un vídeo en el que mostraba un cuadro con la imagen de Jesucristo y decía «lo siento mucho».

El escrito del fiscal señala que sobre las siete de la mañana del 2 de abril de 2023, el acusado mantuvo una discusión con su pareja sentimental P. L. G. E., en el domicilio donde residían ambos ubicado en Madrid, en el transcurso de la cual le asestó en diversas partes de la cabeza y el cuerpo, varios golpes y puñaladas.

En total le ocasionó hasta 71 lesiones, 14 lesiones contusas, 3 incisas, 30 lesiones punzantes, 22 lesiones inciso punzantes y 2 lesiones de otro tipo, «lo que le supuso un sufrimiento innecesario».

A consecuencia de la agresión la víctima falleció ese mismo día, presentando múltiples heridas por arma blanca, con hemorragia de focos múltiples tanto externa como interna, conduciendo a una severa pérdida de volumen sanguíneo y fracaso de la función vital circulatorita como causa inmediata de la muerte.

El acusado en el momento de los hechos, presentaba trastorno psicótico no filiado y probable psicosis inducida por tóxicos, lo que determinaba que sus facultades cognitivas y volitivas se encontraran muy notablemente menoscabadas. G. D. O está privado de libertad por esta causa desde el día 2 de abril de 2023.

La Fiscalía pide, además, que en caso de que se dicte sentencia condenatoria y se acuerde la sustitución de la pena privativa de libertad por expulsión, se proceda al cumplimiento inmediato de la pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario en tanto se ejecutan los trámites de la expulsión, que deberá hacerse efectiva en el plazo más breve posible y, en todo caso, dentro de los treinta días siguientes.