Absolvieron a Stella Natalia Sánchez, la madre acusada de dejar a su hijo con lesiones gravísimas

Stella Natalia Sánchez, la mujer que fue juzgada en la provincia de Córdoba por haberle provocado a su hijo de por entonces dos meses de vida un daño cerebral irreparable, fue absuelta este miércoles por el beneficio de la duda, según pudo saber Infobae. El niño, que hoy tiene 12 años, no puede valerse por sí mismo a causa de las secuelas que le provocó haberse caído de una mesa cuando estaba en el huevito.

El veredicto llegó 12 años después del hecho en el marco de un juicio donde la Justicia debía determinar si Sánchez fue negligente, como consideró la fiscal Milagros Gorgas al pedir 3 años de prisión condicional porque debería haber previsto lo que podía suceder; o actuó con intencionalidad, como pretendía el padre del niño: su abogado, Gustavo Núñez, había solicitado una pena de 7 años de cárcel por lesiones gravísimas agravadas por el vínculo.

La resolución estuvo a cargo de los jueces de la Cámara Primera del Crimen de Córdoba, quienes finalmente coincidieron con la defensa de Sánchez, representada por Hugo Luna, y definieron su absolución por el beneficio de la duda. Para el abogado de la acusada, ese era el único camino posible, según dijo en sus alegatos.

La querella le adelantó a este medio que apelará la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia.

El nene y sus tíos, Mariela y Diego, quienes lo cuidan y lo crían

“El tribunal dice que tiene dudas, pero no tenía dudas en diciembre cuando me ofrecían que la imputada había dicho que aceptaba la responsabilidad y la comisión del hecho, pero pedía tres años de ejecución condicional. O sea que, en aquel momento, la Cámara sabía que la imputada se hacía cargo de su responsabilidad penal y ahora dice que tienen dudas del hecho. O sea, es realmente insólito“, expresó Núñez.

La tía del niño, Miriam, quien lo cuida, se quejó tras el fallo: “He quedado shockeada por la decisión de la Cámara. Inconcebible lo que hicieron. O sea, pruebas hay, estaban los testimonios de los médicos… No sé cuál es la duda que han tenido. Es lamentable. Me parece totalmente injusto”.

El caso

Todo sucedió en 2014. El niño nació prematuro y pasó sus primeros 23 días de vida en una incubadora. Luego, se fue a la casa de su mamá, que no vivía con el padre del bebé, Mariano Gómez. Fue el 14 de marzo de ese año, y cuando el chiquito tenía dos meses, que ocurrió la tragedia.

Stella Natalia Sánchez lo llevó de urgencia al hospital de Santa Rosa de Río Primero de Córdoba. De allí lo derivaron al Hospital de Niños de la ciudad capital. Ella dijo que el perro de raza manto negro tiró el huevito: había dejado al bebé en la mesa del living para ir al baño y fue entonces que escuchó que lloraba, pero no le creyeron y la acusaron de maltrato infantil.

El bebé sufrió dos fracturas de cráneo que le dejaron con secuelas neurológicas severas: nunca habló ni caminó y come solo papillas. Según las pericias, las lesiones observadas eran compatibles con sacudidas, golpes y caída al piso en forma intencional.

Y la madre por ese entonces quedó detenida y el bebé pasó bajo la tutela de su padre, pero al cuidado de la tía Miriam. El 1° de abril de 2014 fue imputada de maltrato infantil: incluía golpes, zamarreos y arrojamiento.

La acusación se modificó en 2022 y se sacaron los zamarreos. 12 años después se sentó en el banquillo acusada del delito de lesiones gravísimas agravadas por el vínculo.

En el juicio, la fiscal planteó “un hecho diverso” y le bajó la imputación con penas de 3 a 15 años de prisión a un dolo eventual, que va de 3 a 6 años. O sea, consideró que la mujer debió prever que podía causarle lesiones gravísimas a su hijo.

Hay que recordar que Núñez, antes de los alegatos, pidió la nulidad de la recalificación de la fiscal, que incluía el dolo eventual y bajaba la pena a condicional, pero se la rechazaron.

“Entiendo que, luego de todo lo visto y debatido en las audiencias de este juicio, como así también de las conclusiones emitidas por las partes, el planteo defensivo ha sido contundente para demostrar que no existe prueba objetiva, concreta y certera para afirmar que la acusada es la autora del delito que se le endilga. Es por ello que esperamos un fallo favorable”, le había explicado a este medio el abogado defensor Luna. Y los jueces, con dudas, le dieron la razón.