
Damián Manusovich, ex futbolista convertido en empresario inmobiliario, enfrenta un pedido de indagatoria por la muerte de Lourdes Antonini, ocurrida el 4 de diciembre de 2025 por la tarde en la calle Chivilcoy al 3600, en el barrio porteño de Villa Devoto.
Un cartel de un desarrollo en la cuadra se desplomó sobre la cabeza de Lourdes y aplastó su cuerpo. El cartel -una mezcla de empalizada de obra y cubo publicitario- promocionaba el proyecto Seirén, con 23 unidades a la venta. Los transeúntes que pasaban por la cuadra corrieron a asistir a Lourdes. Así, retiraron uno de los paneles del cubo que cubría su cuerpo. La autopsia determinó que falleció al instante, con un fuerte traumatismo de cráneo que le provocó una hemorragia interna.
El proyecto Seirén, descubrió la Justicia, le pertenecía a la desarrolladora MMCV. Manusovich, precisamente, es la cabeza visible de la firma. La imputación que enfrenta el ex San Lorenzo y Vélez no es menor: el fiscal Andrés Madrea, a cargo de la investigación, lo acusa del delito de homicidio culposo por su presunta negligencia en la situación.
Dos acusados -un maestro mayor de obras y un licenciado en seguridad e higiene vinculados a la obra- ya habían sido detenidos tras la muerte de Antonini. Otros siete sospechosos vinculados al proyecto -entre ellos el arquitecto de la obra y la cabeza de la firma constructora- fueron incluidos en el pedido de indagatoria de Madrea, que será tratado en los próximos días por el juez del caso, Darío Bonnano.
Para el fiscal y el juez, ese cubo estaba fuera de todo reglamento urbano vigente. Pero el caso no sólo se trata de una violación de código. Madrea fundamenta su acusación con una pericia clave, realizada por el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, que inspeccionó la escena en la calle Chivilcoy horas después del hecho.
La pericia de Bomberos
Los restos del cubo que mató a Lourdes seguían allí cuando los especialistas llegaron, rotos en la calle. Se tomaron sus medidas. Descubrieron que medía más de 2,30 metros de alto, conformado por paneles de fenólico de más de 20 kilos cada uno. El render que se encontraba en su interior fue hallado dentro del predio. Un segundo cubo, apoyado sobre la misma estructura, se mantenía en pie, montado sobre una marquesina publicitaria preexistente.
La estructura que sostenía el cubo se había derrumbado, lo que causó la caída de la estructura. Los peritos notaron rápidamente que algo faltaba. “Carencia de cruces de san Andrés (con forma de X) para rigidizar la misma”, anotaron.
“Sobre la banquina no deben colocarse cargas, debe ser regular y mayor a un metro de ancho”, continuaron. La tierra sobre la que la estructura se sostenía también era el problema. “Se aprecia de la excavación existente que el talud del terreno debería tener un ángulo máximo de 45° para la estabilización del mismo, situación que no se aprecia en el lugar», siguió el reporte entregado al fiscal.

Luego, identificaron el tercer problema. El terreno -vinculado al expediente EX-2023-26150159-GCABA de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro del Gobierno porteño- ya había sido ampliamente removido hasta los cimientos de la casa contigua. “Se observa llenado de hormigón en pilotes sobre terreno utilizando maquinaria en cercanías al sector del hecho”, apuntaron los peritos. Una retroexcavadora fue hallada dentro del lugar.
Así, se identificaron los tres factores del derrumbe: estructura pobre, talud inexistente y tierra removida alrededor. Sobr este tercer punto, el reporte final concluyó: “La maquinaria mencionada genera una combinación de peso, vibración y esfuerzos sobre el terreno, destacando que si el borde no tiene talud, la vibración puede fracturar y aflojar las capas superiores, provocando deslizamientos”.

Finalmente, el Cuerpo de Bomberos recomendó a la Justicia determinar si el cartel que mató a Lourdes estaba en regla con la ley 2936 que regula la publicidad en espacios urbanos.
La Dirección General de Permisos y Ferias del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del GCBA informó que “no existe ningún permiso de uso otorgado vigente, y/o solicitud en trámite para la instalación de un vallado publicitario (cartelera porta afiche según ley 2936) para la parcela ubicada en Chivilcoy 3661”.
La muerte de Antonini y el derrumbe del cartel repercute más allá de la causa en Tribunales. El Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, que regula la actividad, inició un expediente interno contra el arquitecto imputado por faltas a la ética y designó a otro arquitecto para que realice su propia pericia técnica.