El Gobierno quiere fomentar las inversiones con un nuevo artículo de la reforma laboral.

El debate por la reforma laboral que se discute en el Congreso incluyó un artículo en la Ley de Impuesto a las Ganancias que establece un régimen especial para extranjeros que obtienen la ciudadanía argentina por inversiones relevantes en el país.

Esta modificación, parte del nuevo paquete legislativo, determina que estas personas no serán consideradas residentes fiscales únicamente por su naturalización, lo que genera interrogantes entre tributaristas que sospechan que la medida podría estar dirigida a beneficiarios concretos.

La semana pasada, la Cámara de Diputados abordó el proyecto de reforma laboral y el diputado de Unión por la Patria, Guillermo Michel, expuso el esquema normativo propuesto para quienes acceden a la ciudadanía a través de inversiones. De acuerdo con el artículo 194, la Ley de Impuesto a las Ganancias incorpora un agregado en el artículo 116: se aclara que las personas humanas extranjeras que obtienen la ciudadanía argentina por naturalización, gracias a inversiones relevantes, no serán consideradas residentes fiscales solo por ese motivo.

La norma precisa que, a efectos exclusivos del inciso b) del artículo 116, los extranjeros que adquieren la ciudadanía mediante inversiones continuarán siendo considerados de nacionalidad extranjera, salvo que ya fueran residentes permanentes al momento de obtener la ciudadanía. Así, se introduce una excepción en el tratamiento fiscal que, hasta ahora, equiparaba el estatus de los naturalizados con el de los ciudadanos nativos.

De qué depende la “residencia fiscal”

Noelia Girardi, gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, aportó una visión técnica. En diálogo con Infobae, Girardi explicó: “La norma establece que esa naturalización no implica, por sí sola, que la persona pase a ser considerada residente fiscal en Argentina”. Según la especialista, “tener ciudadanía argentina no significa automáticamente tener que tributar como residente. La residencia fiscal sigue dependiendo de otros criterios, como la permanencia en el país por más de 12 meses, y no del simple hecho de haberse naturalizado”.

El Gobierno quiere que la reforma laboral se trate el próximo 27 de febrero en el Senado tras los cambios en la Cámara de Diputados.

El concepto de residencia fiscal resulta central para determinar la extensión de las obligaciones tributarias. En Argentina, los residentes fiscales tributan bajo el criterio de renta mundial, es decir, deben declarar y pagar impuestos por las ganancias obtenidas tanto en el país como en el exterior; los no residentes solo tributan por rentas de fuente argentina. Girardi advirtió: “Si la obtención de la ciudadanía implicara automáticamente adquirir residencia fiscal, un inversor podría quedar obligado a tributar por la totalidad de sus ingresos globales”.

La modificación, según la gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, “aporta previsibilidad y evita que la naturalización por inversión genere, en forma automática, una carga fiscal más amplia. De este modo, se fomenta y promueve la inversión extranjera, dado que quienes no configuren residencia fiscal seguirán tributando únicamente por lo que generen en Argentina”. Para la especialista, “este tipo de normativas contribuye a mejorar la competitividad dando claridad y certeza ante futuras inversiones”.

El texto del proyecto establece en su primer párrafo que “las personas humanas extranjeras que hubieran obtenido la ciudadanía argentina por naturalización en virtud de haber realizado inversiones relevantes en el país, en los términos del inciso 2 del artículo 2° de la Ley de Ciudadanía N° 346 y sus modificaciones, no serán consideradas residentes fiscales en los términos del inciso a) del presente artículo por el solo hecho de dicha naturalización”.

En el segundo párrafo aclara que, para la aplicación del inciso b), esas personas serán consideradas de nacionalidad extranjera. Solo recibirán la condición de residente fiscal quienes ya fueran residentes permanentes al momento de obtener la ciudadanía por inversión.

Martín Caranta, socio del departamento de impuestos del mismo estudio de Girardi, manifestó ciertas reservas: “Es raro. Sinceramente, no termino de entender qué fin tiene esa modificación. Lo que hace es demorar que tributen en Argentina como sujetos residentes. Es decir, por las ganancias del país y del exterior. Van a ser residentes fiscales cuando cumplan los 12 meses en el país”.

El debate se amplía con el aporte de Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios. El especialista detalló que, hasta ahora, si la persona es residente fiscal, tributa Ganancias por rentas en el país y en el exterior, mientras que los no residentes solo tributan por rentas de fuente argentina. Así, una persona de nacionalidad argentina naturalizada pasa a ser residente fiscal por obtener la ciudadanía. Pero con el cambio propuesto, podría perder la condición de residente fiscal si permanece doce meses en el exterior.

Domínguez describió el nuevo régimen: “Por el solo hecho de pasar a ser ciudadano argentino por naturalización, por haber realizado una inversión relevante, deja de estar en el inciso a) del artículo 116, deja de considerarse como si fuera un nacional argentino. Estas personas que se naturalizaron por inversión relevante, encuadran en el inciso b) y van a ser residentes fiscales si estuvieron 12 meses en el país. No es que estén exentos del impuesto a las Ganancias; ese extranjero que obtiene la ciudadanía argentina por naturalización o inversión relevante, lo que puede pasar es que no sea considerado residente y solo tributaría por la fuente de renta argentina y no las que tiene en el exterior”.

El artículo 194 pretende darles mayores beneficios a los extranjeros que realicen inversiones en Argentina respecto al impuesto a las Ganancias.

El CEO de SDC Asesores Tributarios ilustró el impacto del cambio con un ejemplo: “Podrías tener un argentino que tiene vivienda permanente en el país. Está del 1° de enero al 15 de agosto viviendo acá, y se va del 16 de agosto a fin de año a Estados Unidos, donde tiene otra propiedad. Esa persona, a los fines del impuesto a las Ganancias, es residente fiscal argentino. En cambio, supón un estadounidense que viene a la Argentina, obtiene la ciudadanía por naturalización. Hoy, es igual que si fuera un argentino nativo, sería residente fiscal argentino”.

Con la nueva normativa, esa persona sería considerada como extranjera a efectos fiscales. Si está en Argentina del 1º de enero al 15 de agosto y luego pasa el resto del año en Estados Unidos, no se lo consideraría residente fiscal argentino. Domínguez concluyó: “No hay duda de que ahí hay un tratamiento disímil, pero el objetivo de esto es fomentar las inversiones”.

De acuerdo con Domínguez, el nuevo marco legal apunta a incentivar que personas humanas extranjeras realicen inversiones relevantes para obtener la ciudadanía argentina por naturalización, sin que ello implique automáticamente tributar por sus rentas globales. Así, estos inversores solo pagarían impuesto a las Ganancias por las rentas generadas en Argentina, siempre que no permanezcan 12 meses en el país.

La reforma laboral y su vínculo con el régimen fiscal para inversores extranjeros provoca posiciones encontradas en el sector tributario, entre quienes valoran la previsibilidad y la promoción de inversiones, y quienes observan interrogantes sobre el alcance y la equidad del nuevo esquema.