Los aumentos comenzarán a regir a partir de la publicación de Boletín Oficial (Luciano González)

El Gobierno informó a través de Boletín Oficial, cuáles serán los nuevos cuadros tarifarios para los servicios públicos de transporte automotor urbano y suburbano de pasajeros de jurisdicción nacional, que correrán a partir de este mes y del siguiente.

La medida que rige a partir de la reciente publicación, bajo la resolución 11/2026, estableció que “con la finalidad de mantener la ecuación económico-financiera que permita el sostenimiento del servicio público de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional, en condiciones de calidad y eficiencia, resulta necesario trasladar una parte de los costos de explotación de tales servicios a los cuadros tarifarios”.

Tarifas de febrero

Las Líneas Suburbanas Grupo I (SGI), las cuales conectan CABA con el primer o segundo cordón del Gran Buenos Aires, cubriendo distancias de hasta 50 km, tendrán los siguientes valores:

  • Tramo de 0 a 3 km: $650,00. Con SUBE sin Nominar: $1.033,50.
  • Tramo de 3 a 6 km: $724,09. Con SUBE sin Nominar: $1.151,30.
  • Tramo de 6 a 12 km: $779,87. Con SUBE sin Nominar: $1.239,99.
  • Tramo de 12 a 27 km: $835,71. Con SUBE sin Nominar: $1.328,78.
  • Tramo de más de 27 km: $891,16. Con SUBE sin Nominar: $1.416,94.

La medida se conoció este miércoles

Las Líneas Suburbanas Grupo II (SGII), que conectan la Ciudad de Buenos Aires con localidades fuera del conurbano bonaerense, cobrarán el boleto de la siguiente manera:

  • Concepto Terminal: $216,24. Con SUBE sin Nominar: $343,82.
  • Base Pasajero/km: $33,03. Con SUBE sin Nominar: $52,52.
  • Boleto Mínimo: $855,17. Con SUBE sin Nominar: $1.359,72.

Tarifas de marzo

Líneas Suburbanas Grupo I (SGI):

  • Tramo de 0 a 3 km: $700,00. Con SUBE sin Nominar: $1.113,00.
  • Tramo de 3 a 6 km: $779,78. Con SUBE sin Nominar: $1.239,85.
  • Tramo de 6 a 12 km: $839,86. Con SUBE sin Nominar: $1.335,38.
  • Tramo de 12 a 27 km: $899,99. Con SUBE sin Nominar: $1.430,98.
  • Tramo de más de 27 km: $959,71. Con SUBE sin Nominar: $1.525,94.

Líneas Suburbanas Grupo II (SGII):

  • Concepto Terminal: $232,88. Con SUBE sin Nominar: $370,28.
  • Base Pasajero/km: $35,57. Con SUBE sin Nominar: $56,56.
  • Boleto Mínimo: $920,96. Con SUBE sin Nominar: $1.464,33.






Entre los factores considerados, la Secretaría de Transporte consideró los planteos realizados por cámaras empresariales del transporte automotor quienes manifestaron que “la tarifa vigente en las líneas de jurisdicción nacional ha quedado muy atrasada respecto a las líneas de jurisdicción CABA y PBA, lo que genera situaciones de competencia desleal en algunos tramos de recorridos en donde líneas de estas jurisdicciones compiten, además de generar este desvío en el balance de subsidios (…) el sector no reclama más subsidios, sino más tarifa como mecanismo para ajustar estas diferencias y subestimaciones de cálculos…”.

En este sentido, añaden que “se han registrado y reconocido incrementos en los precios de insumos y servicios, incluyendo al gasoil, seguro de responsabilidad civil del parque móvil del autotransporte público de pasajeros, el precio del material rodante y el de los repuestos necesarios para efectuar el mantenimiento preventivo”.

Previo a la aprobación de los nuevos cuadros tarifarios, la Secretaría de Transporte realizó la convocatoria para la emisión de opiniones ciudadanas, y el Ministerio de Economía trató las cuestiones planteadas en ese marco “mediante la resolución 8 del 6 de febrero de 2026″.

Los valores dependerán de las distancias (Luciano González)

En el proceso participaron la Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, la Dirección de Fondos Fiduciarios, la Dirección Nacional de Implementación y Seguimiento del Sistema Único de Boleto Electrónico, la Dirección Nacional de Regulación Normativa de Transporte, la Subsecretaría de Transporte Automotor y el Servicio Jurídico Permanente del Ministerio de Economía, según la resolución.

En el cuerpo normativo, el Gobierno recordó que los cuadros tarifarios podrán ser ajustados de acuerdo con el mecanismo definido en la resolución 1017/2022 y sus modificatorias. Asimismo, la norma prevé que los servicios prestados en Unidades Administrativas podrán aplicar las nuevas tarifas mediante sus comisiones de coordinación y autorización de la Secretaría de Transporte.