El borrador del proyecto de reforma laboral del Gobierno incluye modificaciones en el régimen de trabajo de casas particulares. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El último borrador de la reforma laboral que elaboró el gobierno de Javier Milei introduce cambios sustanciales en el régimen especial que regula la actividad del personal de casas particulares y de los trabajadores de reparto en plataformas digitales. El texto al que accedió Infobae detalla modificaciones en distintos aspectos de la relación laboral que afectan tanto a empleadores como a empleados.

En cuanto al personal de casas particulares, una de las principales modificaciones es la redefinición del período de prueba en contratos por tiempo indeterminado. El documento establece que cualquier contrato nuevo se considerará a prueba durante los primeros seis meses.

Los cambios para el personal doméstico

En ese plazo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin indicar motivo y, en ese caso, no corresponde el pago de indemnización. Según el borrador, el empleador no tiene permitido contratar varias veces al mismo trabajador utilizando el período de prueba, lo que busca evitar contrataciones sucesivas sin estabilidad. “El empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una (1) vez utilizando el período de prueba”, detalla el documento.

Nuevos derechos y deberes para el personal doméstico

La reforma detalla derechos para el personal, tanto para quienes residen en el domicilio laboral como para quienes cumplen tareas y se retiran. Entre los beneficios contemplados, se fija una jornada máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales, con la posibilidad de una organización desigual, siempre que el límite diario no supere las 9 horas. El descanso semanal debe ser de 35 horas continuas, iniciando el sábado a las 13 horas. Adicionalmente, la obligación de proveer ropa y elementos de trabajo al empleado se podrá cumplir mediante una suma de dinero (no remunerativa) al terminar el período de prueba, ofreciendo una alternativa flexible al beneficio en especie.

El proyecto de la reforma laboral establece un período mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas.

En relación a la alimentación, el empleador debe asegurar comidas que garanticen la correcta nutrición, adaptadas al tipo de jornada y modalidad contratada. El listado abarca desayuno, almuerzo, merienda y cena, según lo indique la relación laboral. Otra exigencia del nuevo texto es la contratación de un seguro contra riesgos del trabajo para el empleado, conforme las normas vigentes. Para el personal con retiro, se ratifica la obligación de un mínimo de 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

En cuanto a los deberes, el personal está obligado a cumplir instrucciones, cuidar los bienes de la casa, mantener la reserva sobre la vida privada de los integrantes del hogar y ser diligente en el desarrollo de todas sus funciones. La protección de la intimidad familiar recibe un lugar destacado en el articulado, que prohíbe difundir información personal, política, moral o religiosa obtenida en el ámbito laboral.

Pago electrónico y nueva formalidad documental

El proyecto prevé cambios en la práctica cotidiana de los pagos al personal doméstico. Los recibos deberán ser instrumentados electrónicamente y emitidos a través del sistema que disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El recibo bancario o la constancia que el banco entregue al empleador servirán como prueba suficiente para acreditar el pago. Esta modificación busca introducir mayor trazabilidad y formalidad en las transacciones, facilitando eventuales reclamos o controles administrativos.

Intereses y actualizaciones en juicios laborales

Si surgen reclamos judiciales de créditos provenientes de estas relaciones laborales, los montos reclamados serán actualizados y generarán intereses similares a los aplicados en el régimen de contratos laborales general, según lo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. Esta equiparación busca dotar de mayor certeza jurídica a los trabajadores de casas particulares en caso de conflicto.

El texto fija una jornada máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El texto de la reforma aclara que el personal de casas particulares no queda comprendido por la ley de contratos de trabajo general, salvo disposición expresa en sentido contrario. Se mantiene así un régimen diferenciado con reglas específicas, aunque permite algunas adaptaciones puntuales según la evolución normativa y la necesidad de cubrir vacíos legales o nuevas realidades en la prestación de servicios en el ámbito doméstico.

Qué cambia para repartidores de apps

Otro apartado del borrador establece un marco legal específico para los servicios de reparto y mensajería urbana que funcionan mediante aplicaciones tecnológicas, fijando reglas para la relación entre los repartidores y las plataformas. El objetivo detrás de la iniciativa es promover el crecimiento de la economía digital y, al mismo tiempo, dejar en claro la independencia de quienes realizan las entregas.

Definiciones del sistema y autonomía del repartidor

El régimen define a la mensajería urbana como la actividad de recoger y entregar bienes o paquetes dentro de una ciudad usando cualquier tipo de transporte, incluso a pie. Los repartidores son considerados personas independientes y no empleados en relación de dependencia de las aplicaciones. Ofrecen sus servicios a usuarios a través de plataformas tecnológicas (como apps de reparto) y reciben pago por cada servicio realizado.

La plataforma tecnológica es la empresa que administra la aplicación, que conecta personas que quieren enviar productos con repartidores dispuestos a hacer el trabajo. Los términos del acuerdo entre usuario y repartidor quedan sujetos a la negociación libre entre ambos.

Los repartidores pueden elegir cuándo conectarse a cada aplicación y cuánto tiempo trabajar. (Imagen ilustrativa Infobae)

Un punto central es la libertad dada a los repartidores: pueden elegir cuándo conectarse a cada aplicación y cuánto tiempo trabajar, sin obligación de cumplir jornadas mínimas ni de aceptar todos los pedidos ofrecidos. Los repartidores pueden decidir no aceptar pedidos cuando quieran y tampoco tienen ninguna obligación de justificación.

Además, pueden definir cómo prestar el servicio (por ejemplo, en qué medio de transporte moverse o qué trayectos tomar). Tienen derecho a conocer en lenguaje claro los criterios con los que las plataformas los agrupan, como por zonas, desempeño o antigüedad.

Obligaciones de las plataformas tecnológicas

Las empresas detrás de las aplicaciones deben entregar toda la información que el repartidor necesita para decidir si acepta un pedido; deben respetar la libertad de conexión del trabajador y no imponer condiciones que restrinjan esa autonomía.

Están obligadas a facilitar capacitación en seguridad vial, brindar información sobre normas y buenas prácticas, y asegurar acceso a elementos de seguridad como casco o chaleco si corresponde según el medio de transporte.

Los trabajadores de reparto deben estar correctamente inscritos en ARCA. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las plataformas tienen que ofrecer canales simples y accesibles para que los repartidores puedan presentar reclamos, quejas o consultas. Además, deben establecer mecanismos para que los repartidores obtengan explicaciones sobre decisiones tomadas por la aplicación que tengan impacto en su trabajo, como bloqueos o suspensiones.

Obligaciones de los repartidores independientes

Quienes trabajan como repartidores deben cumplir varias condiciones:

  • Registrar una cuenta de usuario en la plataforma.
  • Estar correctamente inscriptos ante ARCA, cumplir con el pago de aportes y tener la posibilidad de acceder a la seguridad social y al seguro de salud que establece la normativa para monotributistas sociales.
  • Informar a la plataforma la CBU o CVU de su cuenta bancaria o billetera electrónica, que es el medio por el que cobran por sus servicios realizados.
  • Cumplir con las normas de tránsito y seguridad vial durante la prestación del servicio.
  • Realizar la cantidad de viajes y para los clientes que decidan, sin tope ni obligación mínima.

Derechos que reconoce el sistema

Al dejar claro que no hay relación laboral, el régimen especifica una serie de derechos:

  • Rechazar cualquier pedido recibido sin necesidad de explicación.
  • Recibir una explicación clara en caso de suspensión o bloqueo de la cuenta, además de poder ejercer su derecho a réplica y dialogar con operadores de la plataforma.
  • Solicitar y recibir una copia de los datos acumulados por la aplicación en un formato común y reutilizable.
  • Acceder a dos tipos de capacitación: una sobre el uso de la plataforma y la interacción con usuarios y otra sobre seguridad vial, ambas sin costo para el repartidor.
  • Obtener un seguro de accidentes personales que cubra accidentes graves, muerte, salud y gastos relacionados al trabajo, cuya contratación se acuerda entre las partes (no es exclusivo de la plataforma). Tener seguros adicionales no implica relación de dependencia laboral.
  • Recibir el pago íntegro de su trabajo, así como el 100% de cualquier propina que los usuarios decidan dar (el sistema puede sugerir montos, pero el usuario los puede modificar).
  • Conectarse y trabajar el tiempo que decidan, sin ningún mínimo obligatorio de horas.
  • Darse de alta en la aplicación sin obligarse a conectarse ni aceptar pedidos.
  • Desconectarse o dejar de usar la aplicación en cualquier momento, sin aviso previo.
  • Elegir el recorrido y las herramientas de navegación para cada entrega.