
El empresario gastronómico Alberto Chinkies, propietario del restaurante Piegari, cuestionó una sentencia judicial que cree injusta, dictada en el marco de un juicio laboral iniciado por un ex empleado que se consideró despedido por falta de pago de salarios al comienzo de la pandemia.
En diálogo con Infobae, Chinkies relató que el trabajador incurrió en abandono de tareas y que tanto la registración como los sueldos se encontraban al día. “Nunca nos contestó un mensaje y como ya había pasado mucho tiempo, lo desvinculamos con causa”.
Afirmó que, ante la imposibilidad de abrir el local por las restricciones de la cuarentena, le ofreció hacer repartos a domicilio, pero no se presentó a cumplir con la nueva modalidad de trabajo.
La causa aún no está resuelta, pero el Juzgado N°49, a cargo de la jueza Lucrecia Pedrini, ordenó un embargo preventivo por $155 millones, aunque la demanda asciende a $270 millones. El monto inicial a pagar por Chinkies era de $9.429.176,61 y se elevó a esa cifra en concepto de intereses y multas.
El empresario aclaró que de todos modos el restaurante, que fue inaugurado hace tres décadas y emplea a más de 100 personas, continuará en funcionamiento. Además, precisó que está haciendo todo lo posible para resolver la situación y abonar los sueldos a fin de mes.

A su vez, apuntó contra la jueza ya que considera que la decisión es infundada. Alega que presentó documentación que refuta los argumentos de la demanda y aún así recibió una sentencia desfavorable.
“La magistrada pensó que nosotros somos unos insolventes, que vamos a perder el juicio y declararnos en quiebra”, indicó el empresario.
Consultado por intentos de mediación con el empleado que llevaba 26 años en el restaurante, Chinkies dijo: “Nunca pude hablar porque, en su mala fe y sabiendo que está mintiendo, no solo no quiso dialogar con nosotros, sino que, apenas finalizó la cuarentena, se fue a trabajar a la competencia”.
“Este señor intenta llevarse algo absolutamente inmerecido”, expresó.
Manifestó que su mayor preocupación debería ser que el local ofrezca la mejor atención y no el pago de un embargo millonario. “Nosotros somos una pyme, no una multinacional con un respaldo enorme para la cual esto sería un chiste”, señaló Chinkies.

Ahora espera la resolución de la Cámara de Apelaciones tras presentar la impugnación del fallo. Mientras tanto, el embargo bancario sigue vigente.
En relación a los juicios laborales en general, Chinkies opinó: “Lo que me está pasando a mí les está pasando a cientos de colegas y también a personas de otras actividades que no tienen la misma visibilidad.”
Qué dice el empleado
Por su parte, según consta en la sentencia, el trabajador, “en el contexto de la pandemia por COVID-19, durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio (A.S.P.O.) dispuesto por los D.N.U. 260/2020 y 297/2020 y sus sucesivas prórrogas, intimó a la parte demandada al pago de los salarios adeudados de los meses de marzo, abril y mayo de 2020, bajo apercibimiento de considerarse despedido. Añadió que ante el silencio de la empleadora, se consideró injuriado y procedió a disolver el vínculo laboral en forma indirecta con fecha 29 de junio de 2020″.
En tanto, vía intercambio postal, pidió al empleador “registrar legalmente el contrato de empleo que nos vincula” en un plazo de 30 días.
Solicitó la “extensión y entrega de recibos de haberes desde mi fecha de ingreso ocurrida el día 5 de enero de 1994” y la acreditación del “depósito de aportes previsionales y de obra social desde igual fecha”. Advirtió que, si no se cumplía este pedido, reclamaría judicialmente las sanciones correspondientes.
Describió su situación laboral afirmando: “Me desempeño como mozo de salón”, con una jornada de “seis días a la semana y 10 horas promedio diarias, con un franco semanal”.
Indicó que percibía una “remuneración de $100.000 mensuales, de los cuales $40.000 eran abonados en blanco por recibo y $60.000 en negro, denominado por la doctrina y jurisprudencia como ‘de bolsillo’ (propina)”. Comunicó que informaría a la AFIP sobre la situación.
Rechazó la carta documento enviada por la parte empleadora en junio de 2020 “por extemporánea, maliciosa e improcedente en todos sus términos y no ajustada a derecho ni a la realidad. Niego y rechazo todas y cada una de sus falsas y temerarias manifestaciones vertidas”.
Enfatizó también: “Niego categóricamente que me haya ausentado injustificadamente de mi trabajo. Como resulta de su conocimiento padezco ‘Epoc Agudo’ (Enfermedad Obstructiva pulmonar) la cual resulta enfermedad de base, que puede resultar letal en caso de contraer Covid 19, por lo que Ud. me licenció hasta que concluya pandemia y/o se reestablezca la labor por disposición del Gobierno Nacional”.
Aseguró que su “domicilio real sigue siendo el consignado oportunamente en el legajo” y que, en junio, por problemas de salud, estuvo al cuidado de su hija.
Exigió el pago de “indemnización, salarios adeudados, preaviso, integración mes de despido, SAC adeudado y vacaciones proporcionales” y requirió la “entrega en debido tiempo y forma, certificados de Ley y Servicios, bajo apercibimiento de reclamar la multa correspondiente”.