El caso salió a la luz en septiembre de 2021, cuando medios locales de Tacna difundieron imágenes de maquinaria pesada del Gobierno Regional trabajando en canteras privadas. Composición: Infobae Perú

El Gobierno Regional de Tacna (GOR Tacna) ha sido multado con 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/3.745.000, por realizar actividades de alquiler de maquinaria pesada sin contar con la debida autorización legal. Esta actividad, que se extendió por más de una década, fue considerada una infracción de competencia desleal, ya que el GOR Tacna operó de manera similar a una empresa privada, afectando directamente a las empresas del sector que cumplen con las normativas legales.

El caso salió a la luz en septiembre de 2021, cuando medios locales de Tacna difundieron imágenes de maquinaria pesada del Gobierno Regional trabajando en canteras privadas, lejos de proyectos públicos. Esta información fue confirmada por consejeros regionales durante una inspección realizada en la zona.

06/09/2022 Maquinaria pesada ECONOMIA TRAGSA

Posteriormente, en enero de 2022, la empresa Tracto Latinoamericano S.A.C., dedicada al alquiler de maquinaria pesada, presentó una denuncia ante Indecopi acusando al GOR Tacna de competencia desleal. La empresa alegó que el gobierno regional había cobrado tarifas por el alquiler de maquinaria, como lo hacen las empresas privadas, sin tener la autorización legal correspondiente.

Según la denuncia de Tracto Latino, entre 2012 y 2020, el GOR Tacna habría recaudado más de S/26 millones (S/26.281.483) por concepto del alquiler de maquinaria pesada. No obstante, al revisar los datos disponibles en el Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la empresa denunciante encontró que los ingresos totales entre 2012 y 2021 ascendían a más de S/27 millones (S/27.489.155). Esto evidenció que el GOR Tacna había generado ingresos significativos sin contar con la autorización legal para ofrecer este tipo de servicios.

Tracto Latino presentó diversas pruebas en su denuncia, incluyendo contratos, informes técnicos, órdenes de servicio y recibos de ingresos. La empresa también argumentó que esta actividad estatal afectaba directamente a la competencia, ya que el GOR Tacna tenía ventajas ilegales al operar sin los costos asociados a los impuestos y regulaciones que enfrentan las empresas privadas.

Multa pasó de 4.79 UIT al máximo permitido de 700 UIT

Con maquinaria pesada se llevaron a cabo trabajos para limpiar las carreteras afectadas por deslaves; sin embargo, los trabajos duraron más de 10 horas (DASSAEV TÉLLEZ/CUARTOSCURO.COM)

En primera instancia, en septiembre de 2023, la Comisión de Indecopi impuso una multa de 4.79 UIT (aproximadamente S/25.000) al GOR Tacna, basándose solo en los ingresos obtenidos durante 2022. Sin embargo, al revisar el caso en segunda instancia, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia elevó la sanción al máximo permitido de 700 UIT, lo que representa una multa de S/3.745.000.

El GOR Tacna, por su parte, defendió su actividad señalando que el alquiler de maquinaria se realizaba conforme a una Directiva Regional, que regula el uso y control de los equipos y vehículos del gobierno regional. Según su argumentación, los ingresos obtenidos no tenían fines de lucro, sino que servían para cubrir los costos operativos y de mantenimiento del parque automotor.

Sin embargo, Indecopi no aceptó esta justificación, ya que las normativas internas del GOR Tacna no podían reemplazar una ley expresa aprobada por el Congreso. La Comisión de Indecopi señaló que la actividad del GOR Tacna no tenía un fin social ni respondía a una función soberana del Estado, por lo que no se justificaba que el gobierno regional ofreciera estos servicios en el mercado.

Sanción definitiva y posibles acciones legales

Finalmente, en enero de 2025, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi ratificó la infracción de competencia desleal, pero modificó la sanción económica, elevándola al monto máximo permitido de 700 UIT (S/3.745.000). También ordenó el cese inmediato y definitivo del servicio de alquiler de maquinaria del GOR Tacna.

Este caso refuerza el principio constitucional de que el Estado no puede realizar actividades empresariales sin una ley que lo autorice expresamente, tal como lo establece el artículo 60 de la Constitución del Perú.

Aunque la resolución ya agotó la vía administrativa, el GOR Tacna tiene la opción de presentar una demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial para impugnar la sanción. Además, si decide pagar la multa dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación, podría obtener un descuento del 25% en el monto total, lo que reduciría la multa a aproximadamente S/2.800.000.