A través de una orden ejecutiva firmada por el presidente Donald Trump, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) implementó una política que obliga a los extranjeros a cumplir con el proceso formal de registro. La medida se aplica en todo el país, pero tiene especial relevancia en Florida, donde reside una de las poblaciones migrantes más numerosas de Estados Unidos.

Registro obligatorio de migrantes en Florida

La medida se detalla en la sección 7 de la Orden Ejecutiva 13993. Allí se establece que el secretario de Seguridad Nacional debe “tomar las acciones apropiadas para asegurarse de que todos los extranjeros no registrados anteriormente cumplan con el registro estatutario y el requisito de huellas dactilares”.

El formulario G-325R de USCIS es obligatorio para extranjeros mayores de 14 años que residan más de 30 días en EE.UU.

Esta exigencia alcanza a toda persona extranjera de 14 años o más que no haya sido registrada ni haya brindado huellas digitales al momento de solicitar su visa y que resida en Estados Unidos durante más de 30 días. También aplica a los padres o tutores de menores de esa edad. Una vez que los adolescentes cumplen 14 años, deben reinscribirse en un plazo máximo de 30 días.

La constancia de registro, emitida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis), debe ser llevada encima por todos los extranjeros mayores de 18 años. El documento se genera únicamente a través de una cuenta en línea y no puede ser solicitado por correo.

Sanciones por no cumplir con el registro migratorio

El DHS advirtió que no cumplir con el registro obligatorio puede considerarse un delito menor. Las consecuencias legales para los extranjeros que estén en Florida incluyen una multa de hasta US$5000, una pena de hasta 30 días de prisión o ambas sanciones. Además, si el extranjero no puede justificar el incumplimiento, puede ser deportado.

Las penas por incumplimiento incluyen multas de hasta US$5000, 30 días de cárcel o ambas

La ley exige que todo extranjero mayor de 18 años lleve consigo en todo momento la constancia de registro emitida por Uscis. No portar ese documento también se considera una infracción penal.

Otro punto clave es el cambio de domicilio. Toda persona registrada debe informar a Uscis su nueva dirección dentro de los diez días posteriores a una mudanza. El trámite se realiza en línea, desde la cuenta personal del solicitante.

“Cualquier extranjero que no haya cumplido con los requisitos de notificación de cambio de dirección está sujeto a deportación, a menos que demuestre que dicho incumplimiento tuvo una excusa razonable o no fue intencionado”, indicó el organismo federal.

El formulario y la obligación de llevar el registro

Una vez que un extranjero se haya registrado y comparecido para que se le tomen sus huellas dactilares (a menos que se les exima), DHS le expedirá evidencia del registro, la cual los extranjeros mayores de 18 años deben llevar y mantener consigo en todo momento.

Están exentos del registro quienes ya tengan TPS, DACA, asilo aprobado o residencia legal

El Uscis creó un nuevo formulario, G-325R, y un proceso en línea mediante el que los extranjeros se pueden registrar y cumplir con la ley según lo requiere la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).

¿Qué extranjeros están exentos de registrarse?

Están exentos los nativos americanos nacidos en Canadá bajo la sección 289 de la INA, así como aquellos que completaron este proceso en el momento de su entrada.

Tampoco deben iniciar este procedimiento quienes estén en procesos como:

  • Permiso de residencia
  • Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)
  • Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés)
  • Refugio
  • Asilo
  • Parole humanitario