El gobierno de Dina Boluarte ha publicado el Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, que extiende el estado de emergencia e incluye la prohibición de que dos personas viajen en una motocicleta, como medida para reducir la delincuencia. Sin embargo, a dos días de su entrada en vigencia, surgen dudas sobre la fiscalización y aplicación de esta nueva disposición.

La falta de claridad en la aplicación de la norma

El general PNP Felipe Monroy, jefe de la Región Policial Lima, explicó que la Policía Nacional (PNP), en colaboración con las Fuerzas Armadas (FF.AA.), intervendrá a quienes no cumplan con la norma, pero aclaró que no se impondrán infracciones administrativas, dejando en evidencia que la implementación de la norma sigue siendo incierta.

“Se le va a intervenir policialmente, lo que no vamos a hacer es ponerle una infracción administrativa porque no la hay, pero ante la comisión de una presunción de un delito, va a ser intervenido”, mencionó para el noticiero 24 Horas.

motocicletas - dos personas

“Acá hay dos cosas: o es una infracción administrativa, que al momento no existe, o es la comisión de un delito. Si no hubiese la sanción administrativa, obviamente la Policía Nacional solo hará el registro y la identificación plena. De incorporarse una infracción administrativa, obviamente seremos drásticos”, añadió el jefe de la PNP.

Para el alcalde de Magdalena, Francis Allison, esta situación genera dudas. “Las Fuerzas Armadas están paradas en las calles, armados, pero no tienen medios de transporte ni equipos de comunicación para perseguir a los delincuentes que viajan en moto”, señaló cuestionando cómo la fuerza militar podría cumplir con la nueva medida de manera efectiva.

“Cada vez que vemos a los soldados en estado de emergencia, están parados con armas largas, pero no tienen los medios para hacer frente a las motos. En la práctica, esta medida no va a funcionar”, afirmó Allison.

Licencia para conducir motos en Perú. (Foto referencial / Andina)

Por otro lado, Felipe Castillo, alcalde de Los Olivos, cree que la medida podría funcionar si el gobierno establece un reglamento claro y preciso. “Si el gobierno delimita el reglamento y establece claramente cómo se va a aplicar, la medida podría ser efectiva. Si no, los ciudadanos se verán confundidos y no sabrán cómo reaccionar ante una intervención policial”, expresó.

Además, subrayó la importancia de que los gobiernos locales participen activamente en la fiscalización. “Necesitamos una ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima para regular la circulación de vehículos menores. Ellos son los responsables de normar y controlar estos vehículos en su jurisdicción”, agregó.

Mientras tanto, las motocicletas con dos pasajeros continúan circulando por las calles de Lima y el Callao, y las autoridades aún no tienen claro cómo van a actuar para hacer cumplir la norma.

¿Qué dice el decreto publicado en El Peruano?

El Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, que prorroga el estado de emergencia y establece la restricción para que las motocicletas transporten a dos personas, fue firmado el 13 de abril de 2025. En el artículo 4 del decreto, se establece que los conductores de motocicletas de las categorías L1 y L3 solo podrán circular con un acompañante si son miembros de las fuerzas del orden o del cuerpo de serenazgo.

El decreto también señala que la Policía Nacional, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento de esta norma. En caso de detectar indicios de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las dependencias policiales para las investigaciones correspondientes.