Algunas de las personas que fueron deportadas de Estados Unidos pueden tener una segunda oportunidad para regresar al país norteamericano de forma legal. Sin embargo, no todas son elegibles de inmediato, ya que la posibilidad de reingresar dependerá del tiempo transcurrido desde la expulsión y del cumplimiento de ciertos requisitos. Para obtener este “consentimiento para volver a solicitar la admisión” en EE.UU., el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) establece que se debe presentar el Formulario I-212.
Quiénes pueden solicitar el regreso a EE.UU. tras ser deportado
En su web oficial, el Uscis establece que las personas inadmisibles bajo la Sección 212(a)(9)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) pueden presentar el Formulario I-212 para solicitar la readmisión.
Esto aplica a:
- Quienes buscan una visa de inmigrante.
- Aquellos que desean ajustar su estatus bajo la Sección 245 de la INA.
- Personas que desean ingresar a EE.UU. como no inmigrantes sin necesidad de visa.
La Sección 212(a)(9)(A) de la INA se aplica a extranjeros que fueron expulsados, excluidos o deportados de EE.UU. y buscan volver a ese país. Se consideran inadmisibles si intentan regresar antes de los siguientes plazos establecidos:
- Primera deportación: después de cinco años.
- A partir de la segunda deportación: después de 20 años.
- En cualquier momento si tienen antecedentes por un delito grave.
En tanto, las personas con órdenes de deportación pendientes pueden solicitar el Formulario I-212 antes de salir de EE.UU., si planean tramitar una visa de inmigrante desde el extranjero.
Por otra parte, para las personas inadmisibles según la Sección 212(a)(9)(C), el trámite es más restrictivo. Solo pueden presentar el Formulario I-212 si buscan ingresar como inmigrantes o como no inmigrantes sin visa. Además, deben haber transcurrido al menos diez años desde su última salida de EE.UU. antes de poder solicitar el consentimiento.
Los extranjeros inadmisibles (que estuvieron ilegalmente en EE.UU. por más de un año o que reingresaron tras una deportación) entran en esta categoría. No pueden solicitar la readmisión a menos que hayan permanecido fuera de EE.UU. por al menos diez años y obtengan el consentimiento del secretario de Seguridad Nacional.
Cómo presentar el Formulario I-212
Las personas que cumplen con los requisitos pueden presentar el Formulario I-212 ante el Uscis o, en algunos casos, ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés). Las opciones de presentación incluyen:
- De forma electrónica a través del sistema e-SAFE si se solicita la admisión como no inmigrante.
- En persona en un puerto de entrada designado por la CBP.
- Siguiendo las instrucciones del tribunal de inmigración si la persona está en proceso de deportación.
Costo y formas de pago de la solicitud
El trámite tiene una tarifa de 1175 dólares y el pago puede realizarse mediante:
- Giro postal.
- Cheque personal o de caja.
- Tarjeta de crédito o débito utilizando el Formulario G-1450.
Si el formulario se presenta ante la CBP, se recomienda consultar directamente con la agencia para confirmar los métodos de pago y la necesidad de una cita para servicios biométricos.
Qué pasa si el formulario se presenta de modo incorrecto
Uscis solo procesa solicitudes enviadas de manera correcta. Si el trámite debe hacerse ante la CBP o la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), pero la persona lo presenta erróneamente ante el Uscis, la solicitud será rechazada.
Cada caso es evaluado individualmente y cumplir con los requisitos no garantiza la aprobación de la solicitud. Sin embargo, quienes sean elegibles y sigan el proceso adecuado tienen la posibilidad de volver legalmente a EE.UU. tras una deportación.