La cuenta regresiva para un tipo de visa otorgada por Estados Unidos ha comenzado. Una categoría de permiso para trabajadores que solicitan empleo de la preferencia EB-4 tienen dos semanas para ingresar al país de forma legal antes de que finalice el programa.
¿Cuáles son las visas de preferencia EB-4?
El gobierno de EE.UU. otorga aproximadamente 140 mil visas de inmigrante para extranjeros (y sus cónyuges e hijos) que buscan entrar en función de sus habilidades laborales. Están basadas en el empleo y se asignan en cinco categorías de preferencia, entre ellas las EB-4.
Los inmigrantes especiales que son elegibles para la visa de cuarta preferencia:
- Trabajadores religiosos.
- Jóvenes inmigrantes especiales.
- Ciertos organismos de radiodifusión.
- Ciertos oficiales o empleados retirados de una organización internacional G4 o empleados civiles de la OTAN-6 y sus familiares.
- Ciertos empleados del gobierno de Estados Unidos que se encuentran en el extranjero y sus familiares.
- Miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos.
- Empleados del gobierno de la Compañía del Canal de Panamá o de la Zona del Canal.
- Ciertos médicos con licencia y que ejercían la medicina en un estado de EE. UU. a partir del 9 de enero de 1978.
- Extranjeros que hayan proporcionado información sobre una organización o empresa criminal o una organización, empresa u operación terrorista (no inmigrantes S).
El programa de la visa de cuarta preferencia que caduca en dos semanas
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), señala que de acuerdo a lo establecido por la ley HR 10545, firmada el 21 de diciembre de 2024, se extendió la categoría de Cuarta Preferencia de Empleo para Ciertos Trabajadores Religiosos (SR, por sus siglas en inglés) hasta el 14 de marzo de 2025.
Sin embargo, la agencia advierte que no se podrán emitir visas SR en el extranjero, ni tomar medidas finales sobre casos de ajuste de estatus, después de la medianoche del 13 de marzo de 2025.
Además, las visas emitidas antes de esa fecha serán válidas solo hasta el 13 de marzo de 2025, y todas las personas que busquen admisión en la categoría especial de inmigrantes no ministros deben ser admitidas en Estados Unidos a más tardar a la medianoche.
Finalización del programa de trabajadores religiosos
Los ministros y no ministros con vocaciones y ocupaciones religiosas pueden inmigrar o ajustar su estatus en EE.UU. con el propósito de realizar trabajo religioso en un puesto remunerado a tiempo completo.
De acuerdo con Newsweek, la medida dejaría a algunas organizaciones sin capacidad para cubrir puestos, como los de consejeros, traductores, monjas y monjes.
La ley permite que estos trabajadores inmigren o se adapten a la residencia permanente antes de la fecha establecida, también conocida como fecha de caducidad. El Uscis indica que el final del programa también se aplica a los cónyuges e hijos acompañantes.
Sin embargo, los inmigrantes especiales que ingresan a EE.UU. únicamente para ejercer la vocación de ministro, y sus cónyuges e hijos acompañantes, no se ven afectados por la fecha de expiración.
Agilización de la visa para trabajadores religiosos
Ante este panorama, el Uscis señala que la decisión de aceptar una petición de tramitación anticipada queda a discreción exclusiva de la agencia. “Una organización sin fines de lucro cuya solicitud promueva los intereses culturales o sociales de Estados Unidos puede solicitar un procesamiento acelerado”, explica.
La solicitud debe demostrar la necesidad urgente de acelerar el caso en función del papel específico del beneficiario dentro de la organización en la promoción de intereses culturales o sociales.
Para obtener esta visa, un empleador estadounidense, o el beneficiario en su propio nombre, debe presentar el formulario I-360, Petición para amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial.