El fútbol colombiano no deja de protagonizar polémicas por cuenta de las decisiones tanto de la Dimayor como la Federación Colombiana de Fútbol, que no han podido resolver temas como la violencia en los partidos, derechos de televisión, arbitraje y crisis económicas de los equipos, entre otros.
Se le sumó ahora el fallo de un juez contra la Acolfutpro, que consideró ilegal el sindicato de futbolistas profesionales y desde la entidad acusaron a la FCF y a la División Mayor de tener “intereses” con esa decisión, debido a que llevaban reuniones para mejorar las condiciones laborales de los deportistas en el calendario 2025.
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Por su parte, la Central Unitaria de Trabajadores mostró su respaldo a la asociación, que también explicó los alcances del fallo judicial y lo que pasará con el sindicato, que desde 2023 tomó un rol protagónico en el fútbol colombiano, sobre todo para mejorar las condiciones en la Liga Femenina.
Acolfutpro fue declarada ilegal
El miércoles 5 de febrero, se conoció el fallo de la jueza 12 laboral del Círculo de Bogotá, Evelia María Molina, que declaró ilegal la conformación de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales como sindicato, al mencionar que se presentaron supuestos fallos en la documentación para su conformación.
Dicha demanda contra la Acolfutpro fue presentada por la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, las mismas entidades con las que el sindicato, con intermediación del Ministerio del Trabajo, conversaba para mejorar las condiciones laborales de los deportistas.
Carlos González Puche, presidente de la asociación, habló con el periódico El País Cali y dejó claro que actuaron conforme la ley: “El artículo 38 y 39 de la Constitución, estipula el derecho a asociación, donde la Constitución dice usted se puede organizar como quiera. Los trabajadores podemos constituir asociaciones o sindicatos y el Estado no tiene por qué meterse en las determinaciones que asuman los trabajadores para constituir este tipo de organizaciones”.
“Hay unos intereses de los demandantes de la Federación Colombiana y de la Dimayor, para efectos de que las conversaciones que, en este momento, adelantamos ante el Ministerio de Trabajo no tengan validez”, añadió el dirigente al medio.
González Puche señaló que esperan que en la apelación se le mantenga la condición de sindicato: “Esperemos que se corrija la decisión en segunda instancia, esto no solo atenta contra nosotros, atenta contra los sindicatos de Colombia, porque todos somos asociaciones civiles sin ánimo de lucro”.
Pedirán vigilancia de Procuraduría
A través de un comunicado, la Acolfutpro se pronunció por el fallo de la jueza y dejó claro que “no afecta la existencia, legalidad y legitimidad como organización de trabajadores, que nació en el 2004 conforme a lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Constitución Política (derecho de asociación)”.
La asociación también añadió que desde el 2 de mayo de 2023 que tiene el registro sindical, por decisión del Ministerio del Trabajo, pues se cumplieron los requisitos exigidos para ese objetivo, empezando con la cantidad de afiliados, y que continuará “ejerciendo su actividad y desarrollando su objeto social en la defensa de los futbolistas profesionales, hombres y mujeres, en Colombia”.
“Confiamos en que el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral, admita los argumentos que sustentaron la apelación y revoque el fallo de primera instancia. Desde ya ACOLFUTPRO manifiesta que solicitará a la Procuraduría General de la Nación una vigilancia especial sobre este proceso”, añadió.
“Es un atentado al derecho de asociación”
La Central Unitaria de Trabajadores también mostró su rechazo a la decisión del Juzgado 12 del Circuito de Bogotá, explicando primero que “la reclamación de los empleadores DIMAYOR y FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL, argüían que la Asociación no se fundó con 25 afiliados, a pesar de saber que tiene más de 1100 afiliados”.
“Al ver que no prosperaría esta estratagema, la jueza introduce una discusión que no se propuso en la demanda ni se ventiló en el proceso, hasta la sentencia: la naturaleza de la asociación, que es civil, de derecho privado y sin ánimo de lucro”, añadió.
La CUT dejó claro que las organizaciones de trabajadores son de derecho privado, sin ánimo de lucro y que “abre una compuerta para demandar cualquier organización de trabajadores por el hecho de denominarse Asociación y no sindicato”.
La central terminó diciendo que el fallo “es un atentado al derecho de asociación y se suma a la sistemática persecución que sufre el movimiento sindical”, añadiendo que “la impúdica agresión de la DIMAYOR Y LA FCF y, la acogida por parte de la juez laboral deja una vez más expuesta la falta de compromiso de las autoridades para proteger los derechos de los trabajadores en el país”.