Si se piensa salir con el auto a la ruta es importante no solo revisar que el vehículo no tenga ningún desperfecto técnico sino también que los papeles indispensables para circular estén en orden con lo que solicitan las autoridades.

Sin embargo, algunos conductores denunciaron irregularidades en provincias como Córdoba en lo que refiere al criterio de requisitos al volante teniendo como resultado varias multas en distintos puntos del camino.

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Una de ellas ocurrió semanas atrás y el testimonio llegó a LA NACION. El conductor, quien prefiere mantener su nombre en el anonimato, circulaba con las luces en posición automática (un modo que detecta el momento del día para establecer su intensidad y que traen la gran mayoría de autos modernos) y recibió una multa por viajar bajo esa modalidad y no con las luces bajas.

Tras recorrer unos kilómetros más, otro control policial lo detuvo y multó por viajar con las luces bajas y no las automáticas.

Además de verificar que se cuente todos los papeles en regla, hay que tener en cuenta que la reglamentación de las normas de tránsito no son uniformes en todo el país

Ante esta situación, es importante repasar lo que se expresa en la ley nacional y la aplicación que tiene en algunas de las provincias más visitadas durante la época estival.

Qué dice la ley nacional de tránsito

Según el inciso “a” del artículo 47 de la Ley Nº 27.425 sancionada en 2017 (que modificó en parte a la Ley Nº 24.449 sancionada parcialmente en 1995) es necesario circular con las luces bajas o luces diurnas (el sistema DRL: Day Time Running Light) mientras el vehículo transite por rutas nacionales, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural o de las condiciones de visibilidad que se registren, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviales. Es decir, iguala en requerimiento a las luces bajas con las del DRL.

Las luces diurnas DRL en muchos distritos sustituyen a las luces bajas durante el día

Si bien no es lo mismo el sistema automático (se activan las luces cuando el automóvil detecta la falta de luz natural; lo podemos encontrar en la posición de luces como Auto) que el de DRL (son luces mínimas que se encienden apenas se pone en marcha el motor y son completamente independientes del sistema de iluminación del vehículo) los autos que cuentan con la primera opción permanecen con las luces del DRL todo el tiempo mientras que el vehículo circule, por lo que no debería haber problemas en circular bajo esta modalidad.

Ahora bien, el carácter jurisdiccional de las normas de tránsito hace que cada provincia pueda adherir o no a la ley nacional. Por lo tanto, no en todas las jurisdicciones nacionales está equiparado el uso del sistema automático con el de las luces bajas.

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Este es el caso de Córdoba, que no se adhirió y exige en su legislación (artículo 74) que se circule con las luces bajas encendidas y consideran que las luces diurnas y sistemas similares no cumplen con la legislación, por más que se lo haga en rutas nacionales que atraviesan dicha provincia.

Otras provincias, como en el caso de Chaco (en 2018) y Mendoza (2021), por nombrar algunas, decidieron adherirse a la modificación de 2017 de la ley nacional, por lo que se puede circular con DRL sin correr el riesgo de que se aplique una multa. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la regulación establece en la Ley Nº 2148 (como complementaria de la nacional orginal) que es obligatorio circular con luces bajas durante las veinticuatro horas en la Av. Intendente Cantilo, la Av. Leopoldo Lugones, la Av. Gral. Paz y en todas las autopistas.

Sin embargo, se aclara en la ley que “los conductores de vehículos que circulen por la vía pública deben hacerlo con las luces bajas, de posición y de placa oficial de identificación de dominio encendidas cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo requieran”.