La Ley N° 32237 establece que los adultos que indiquen su voluntad de donar órganos y tejidos al momento de renovar o rectificar su Documentos Nacional de Identidad (DNI) estarán exonerados del pago correspondiente. Actualmente, los trámites tienen un costo de 41 soles para el DNI electrónico y de 30 soles para el DNI azul. Este beneficio aplica exclusivamente para quienes elijan la opción afirmativa sobre la donación en su documento.
El Minsa, a través de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre (Digdot), destacó que esta iniciativa es un paso crucial para aumentar la tasa de donación de órganos en el país, un aspecto en el que el Perú enfrenta desafíos significativos. Esto no solo busca eliminar barreras económicas, sino también sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia de tomar esta decisión solidaria.
Miles de personas en espera
Según datos recientes del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), el 77 % de los peruanos ha marcado “no” a la donación de órganos y tejidos en su DNI, mientras que solo un 14 % ha registrado su voluntad de donar, lo que demuestra la baja tasa en donación pese a los esfuerzos por sensibilizar a la población.
De acuerdo con la Digdot, revertir estas cifras es clave para salvar vidas. Actualmente, más de 6.000 personas se encuentran en lista de espera para recibir un trasplante, lo que representa un desafío debido a la escasez de donantes de órganos disponibles.
En el Perú, los órganos más demandados para trasplantes incluyen el corazón, pulmones, hígado y riñones, mientras que los tejidos incluyen las córneas, piel, válvulas cardíacas y huesos. Sin embargo, la baja disponibilidad de donantes voluntarios complica el acceso a estos procedimientos médicos.
¿Cómo funciona la donación de órganos?
Para que una persona fallecida pueda ser donante de órganos, es necesario que su deceso sea diagnosticado como muerte encefálica, condición en la cual se puede preservar la vitalidad de los órganos mediante máquinas especializadas. En los casos de fallecimiento por paro cardiorrespiratorio, únicamente se pueden donar tejidos.
Existen también donantes en vida, quienes pueden aportar un riñón o una porción de hígado para salvar la vida de un familiar o ser querido. Este tipo de donación está regulado por el Minsa, y solo se permite entre personas con vínculos de hasta cuarto grado de consanguinidad o, en casos excepcionales, entre no relacionados con autorización previa.
Desmitificando la donación de órganos
A pesar de los beneficios y el impacto positivo de la donación de órganos y tejidos, persisten numerosos mitos que desincentivan esta práctica. Contrario a algunas creencias, la donación no afecta la apariencia física del donante ni genera costos adicionales para su familia. Además, la asignación de órganos es responsabilidad del Minsa, que opera bajo estrictos criterios clínicos, sin discriminar por nivel socioeconómico ni relaciones personales.
La donación de órganos es un acto anónimo, voluntario y altruista, considerado por muchas religiones como un gesto de solidaridad hacia quienes más lo necesitan. A través de esta nueva ley, el gobierno peruano espera reducir los prejuicios y aumentar la aceptación de esta práctica en la sociedad.
Además, la Ley N°29471, conocida como “Ley que promueve la obtención, la donación y el trasplante de órganos y/o tejidos humanos”, señala que el personal calificado de los equipos de procura en los establecimientos de salud tiene la responsabilidad de solicitar la donación a los familiares más cercanos en caso de que la persona fallecida cumpla con las condiciones legales y de salud necesarias para ser donante. Estos equipos también se encargan del seguimiento profesional tanto de los donantes potenciales como de los reales.