En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava la transmisión de bienes, derechos y deudas entre personas, ya sea por herencia o donación. Sin embargo, la carga fiscal varía significativamente según la comunidad autónoma, debido a las competencias normativas que posee cada región en la materia. Entre las comunidades que ofrecen mayores beneficios fiscales para herederos y donatarios directos destacan Madrid y Andalucía, donde las bonificaciones permiten una tributación mínima o incluso nula en ciertos casos.
El Impuesto sobre Sucesiones, siendo un tributo progresivo, no sigue un porcentaje fijo de gravamen. En lugar de eso, su estructura implica que la cantidad a pagar aumenta proporcionalmente al valor de la herencia. El gravamen general varía entre el 7,65% y el 34%. Posteriormente, se aplican las bonificaciones establecidas por cada Comunidad Autónoma, lo que contribuye a modular el impacto fiscal y otorga cierta flexibilidad en la tributación, considerando las particularidades y políticas fiscales de cada región.
Comunidad de Madrid
Desde el 1 de enero de 2017, la Comunidad de Madrid aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para cónyuges, descendientes y ascendientes. Esto implica que, en la práctica, estos contribuyentes solo abonan el 1% del impuesto correspondiente. Esta medida ha convertido a Madrid en una de las regiones más atractivas para las transmisiones patrimoniales entre familiares directos.
Además, en septiembre de 2024, la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, anunció nuevas rebajas fiscales en este impuesto. Entre las medidas destacadas se encuentra la ampliación al 50% de la bonificación para transmisiones entre hermanos, tíos y sobrinos, y al 100% para donaciones de menos de 1.000 euros. Estas iniciativas buscan aliviar la carga fiscal de los contribuyentes y fomentar las transmisiones patrimoniales dentro del núcleo familiar.
Andalucía
En Andalucía, desde el 11 de abril de 2019, también se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II, que comprenden a descendientes, ascendientes y cónyuges. Esta medida ha supuesto una reducción drástica de la carga fiscal para las transmisiones patrimoniales entre familiares directos en la región.
Para beneficiarse de esta bonificación en donaciones, es necesario que la transmisión se formalice en documento público y que se justifique el origen de los fondos en caso de que la donación sea en metálico. Estas condiciones buscan garantizar la transparencia y legalidad de las operaciones, evitando posibles fraudes fiscales.
Contraste entre comunidades autónomas
La política fiscal de Madrid y Andalucía contrasta con la de otras comunidades autónomas donde la carga impositiva por herencias y donaciones es significativamente mayor. Por ejemplo, en Cataluña, aunque existen reducciones y bonificaciones, la tributación puede alcanzar niveles más elevados, especialmente en transmisiones de alto valor. En Asturias, los hijos menores de 21 años y cónyuges están exentos hasta 300.000 euros, pero por encima de esa cantidad la tributación aumenta considerablemente.
Estas diferencias han generado debates sobre la equidad del sistema fiscal en España y la competencia fiscal entre comunidades. Mientras algunas regiones defienden su autonomía para establecer políticas fiscales que atraigan inversión y residentes, otras abogan por una mayor armonización para evitar desigualdades entre los ciudadanos según su lugar de residencia.